Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2025) 3008
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2025/0635/EE
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20253008.ES
1. MSG 001 IND 2025 0635 EE ES 20-10-2025 EE NOTIF
2. Estonia
3A. Majandus- ja Kommunikatsiooniministeerium, aadress Suur-Ameerika 1, 10122 Tallinn
Ettevõtluskeskkonna ja tööstuse osakond, ettevõtluskeskkonna talitus, karl.stern@mkm.ee
3B. Regionaal- ja Põllumajandusministeerium, aadress Suur-Ameerika 1, 10122 Tallinn
Toiduohutuse osakond
info@agri.ee
4. 2025/0635/EE - C90A - Bienestar de animales y mascotas
5. Ley por la que se modifican la Ley de veterinaria y otras leyes relacionadas
6. Requisitos de rastreabilidad para perros, gatos y hurones (implantación de microchip y registro).
7.
8. El proyecto de Ley especifica los requisitos para la rastreabilidad de los animales de compañía, incluidos los animales de compañía mantenidos con fines comerciales y especiales, haciendo obligatoria la identificación de los perros, gatos y hurones mantenidos en Estonia con un medio de identificación electrónica inyectable (en lo sucesivo, «microchip») y la inscripción de los datos pertinentes sobre los animales y los propietarios de animales en el registro estatal (en lo sucesivo, «registro»). A tal fin, se crea una nueva sección del registro de animales de compañía y propietarios de animales de compañía (en lo sucesivo, «el registro nacional de animales de compañía») en el registro de animales de granja del Consejo de Registros e Información Agrícola de Estonia (en lo sucesivo, «el Consejo de Registros»), y el registro de animales de granja pasa a denominarse «Registro de Animales». Se establecerá una tasa estatal, que se abonará por la inscripción de un animal de compañía en el registro de animales y por la modificación de los datos en caso de cambio de propietario del animal de compañía. El proyecto especifica el procedimiento para la aprobación de un microchip para la identificación de un animal de compañía y las obligaciones y el alcance de la responsabilidad del veterinario, de la persona responsable de mantener a los animales vagabundos en un refugio y del propietario del animal de compañía para el suministro y la actualización de los datos.
9. En Estonia no existe un enfoque uniforme para el marcado de perros, gatos y hurones, ni tampoco existe un registro uniforme para registrar los datos de estos animales y sus propietarios. Esto dificulta la identificación de los propietarios de los animales que llegan al refugio, reduce la probabilidad de devolver el animal a su propietario y prolonga el tiempo en que los animales permanecen en el refugio. Esto, a su vez, tiene un impacto negativo en el bienestar de los animales. También existen obstáculos a la cooperación entre los gobiernos locales (en lo sucesivo, «GL») a la hora de encontrar un enfoque común y compartir los datos necesarios, lo que significa que no puede garantizarse una rastreabilidad adecuada de los animales. Esto, a su vez, aumenta los costes en que incurren los gobiernos locales para organizar la captura y el mantenimiento de animales vagabundos, así como la carga de trabajo y de animales en los refugios.
10. Referencias a la legislación relacionada:
11. No.
12.
13. No.
14. No
15. Sí
16.
Aspecto TBT: No
Aspecto SPS: No
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
email: grow-dir2015-1535-central@ec.europa.eu