Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2024) 0887
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2024/0181/BE
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20240887.ES
1. MSG 001 IND 2024 0181 BE ES 28-03-2024 BE NOTIF
2. Belgium
3A. SPF Economie, PME, Classes moyennes et Energie
Direction générale Qualité et Sécurité - Service Bureau de Liaison - BELNotif
NG III – 2ème étage
Boulevard du Roi Albert II, 16
B - 1000 Bruxelles
be.belnotif@economie.fgov.be
3B. Service public régional de Bruxelles
Bruxelles Mobilité
Direction Mobilité et Sécurité routière
Service Planification
4. 2024/0181/BE - T00T - Transporte
5. Proyecto de Orden del Gobierno de la Región de Bruselas-Capital sobre el Código de circulación vial de Bruselas
6. Señalización de la carga del vehículo.
7.
8. Esta notificación se refiere, en particular, al artículo 18, apartado 1, del proyecto de Orden:
«1. Cuando no se requiera iluminación del vehículo, las cargas que se extienden más de un metro desde el extremo trasero del vehículo se indicarán mediante una señal cuadrada, fijada en el saliente más prominente de la carga de manera que esté constantemente en un plano vertical perpendicular al plano longitudinal medio del vehículo. Esta señal medirá 0,50 metros cuadrados y estará pintada a rayas rojas y blancas alternas. Una diagonal del cuadrado será roja y cada franja roja o blanca tendrá aproximadamente 75 mm de ancho. Las franjas rojas deberán estar provistas de material retrorreflectante.».
9. Como parte de la regionalización del Código de circulación vial, las regiones son responsables de las cuestiones relacionadas con la velocidad fuera de las autopistas, la carga de vehículos, el transporte de mercancías peligrosas y los convoyes excepcionales. Hasta ahora, todas las disposiciones regionalizadas pueden encontrarse en el Código de circulación vial, es decir, la Real Orden, de 1 de diciembre de 1975, sobre el Reglamento general que rige las normas de circulación vial y el uso de la vía pública. Esta Real Orden ha sido modificada en varias ocasiones por el Gobierno federal y cada una de las tres regiones (por ejemplo, la Región de Bruselas-Capital cambió la velocidad en el área urbana a 30 km/h).
Por lo tanto, resulta conveniente dividir el Código de circulación vial en el Código federal y un código por región, que cada región puede modificar posteriormente según lo estime oportuno. Esta es la razón por la cual se le ha presentado al Gobierno este primer Código de circulación vial de Bruselas.
10. Referencias a los textos de base:
11. No.
12.
13. No.
14. No
15. No
16.
Aspecto TBT: No
Aspecto SPS: No
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
email: grow-dir2015-1535-central@ec.europa.eu