Cooperativas Agro-alimentarias de España agradecemos poder realizar comentarios al proyecto de Real Decreto de Bélgica sobre la publicidad de bebidas alcohólicas
Desde Cooperativas Agro-alimentarias de España, compartimos la importancia de evitar el consumo de bebidas alcohólicas entre los menores de edad.
Es importante poner el foco en la prevención, educación y en la venta de bebidas alcohólicas que impidan tener acceso a los menores.
En todo caso, hemos de diferenciar claramente el consumo de alcohol entre menores y el consumo moderado y responsable de vino en adultos. No debemos penalizar el consumo moderado de vino entre los adultos
El proyecto de decreto notificado por las autoridades belgas está incompleto y no proporciona información sobre el contenido, el lugar, el formato del mensaje sanitario ni el ámbito de aplicación de la legislación. Tampoco indica la fecha de entrada en vigor ni la fecha de aplicación, ni si se permitirá un periodo de transición. Esta falta de información contrasta totalmente con lo dispuesto en la Directiva 2015/1535 de la UE, que garantiza que los Estados miembros y la Comisión europea dispongan de toda la información necesaria para detectar, analizar y medir los riesgos para la salud pública. Esta limitación impediría un correcto procedimiento de evaluación por parte de las instituciones responsables y un análisis equilibrado de los efectos reales que el decreto implicaría para la economía.
En el artículo 1 del proyecto de decreto, la definición de "publicidad" y especialmente su última frase "la colocación de una marca o logotipo también se considerará publicidad" puede interpretarse como aplicable a absolutamente todos los medios, plataformas y formas (etiquetado en la botella incluido). El ámbito de aplicación no está claro, lo que genera ambigüedad jurídica. Esta incertidumbre impide a las partes interesadas anticipar con precisión el impacto potencial de la próxima legislación.
El artículo 7 establece que "toda publicidad de bebidas que contengan alcohol deberá incluir un mensaje de información sanitaria, cuyo contenido y forma serán establecidos por el Ministro. Sólo los mensajes de información sanitaria establecidos por el Ministro podrán mencionarse en los anuncios; se prohíbe cualquier otro mensaje de información sanitaria, eslogan educativo u otra formulación". Esta disposición crea incertidumbre e inseguridad jurídica entre los operadores
Actualmente, la información sanitaria sobre bebidas alcohólicas aún no está regulada en la legislación de la UE. La Comisión se ha fijado el objetivo de reducir el consumo nocivo de alcohol. El plan europeo "Vencer el cáncer" menciona la posibilidad de replantear las advertencias sanitarias. Además, el Parlamento Europeo aprobó el informe "Reforzar Europa en la lucha contra el cáncer", en el que se afirma que "el Parlamento Europeo apoya que se ofrezca mejor información a los consumidores mejorando el etiquetado de las bebidas alcohólicas para que incluya información sobre el consumo moderado y responsable e introduciendo la indicación obligatoria de la lista de ingredientes y la información nutricional y, además, introduciendo el etiquetado digital".
Las iniciativas unilaterales de los Estados miembros, como el proyecto de decreto notificado por Bélgica, socavan los futuros esfuerzos de armonización a escala de la UE.
Los requisitos propuestos en el proyecto de decreto sobre la definición de publicidad impondrán obligaciones a los productores de alcohol que vendan sus productos en Bélgica. En función de la interpretación que se haga de esta normativa sobre publicidad, será necesario modificar el etiquetado para ajustarlo a la legislación belga.
Dichas adaptaciones implicarán la modificación de etiquetas que anteriormente se ajustaban a la normativa del Estado miembro exportador. Estas adaptaciones, junto con la edición y la impresión de miles de etiquetas nuevas, aumentarán aún más el coste financiero y medioambiental de la importación de bebidas alcohólicas en el mercado belga, así como la carga administrativa para las empresas, en particular las PYME.
Por lo tanto, el proyecto de decreto restringiría el acceso de productos de otros Estados miembros a Bélgica y reduciría la fluidez del mercado único. Esto constituye una medida de efecto equivalente a una restricción cuantitativa y un obstáculo al comercio, lo que está prohibido por el artículo 34 del TFUE.
Además, en caso de que se permitiera y de que otros Estados miembros siguieran su ejemplo adoptando medidas unilaterales similares, las divergencias resultantes causarían importantes obstáculos al comercio en toda la UE y conducirían a una fragmentación del mercado único.
En consecuencia, Bélgica debe retirar su proyecto de decreto.
Por lo anteriormente expuesto, desde Cooperativas Agro-alimentarias de España, consideramos incoherente el Real Decreto con los Tratados de la UE en la medida en que crea una barrera al comercio de productos dentro del Mercado Único. Además, la información incompleta de la que carece el proyecto de Real Decreto impediría a las instituciones responsables evaluar las consecuencias reales del Real Decreto para el mercado.