Mensaje 002
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2022) 03726
Directiva (UE) 2015/1535
Traducción del mensaje 001
Notificación: 2022/0703/GR
No abre el plazo - Nezahajuje odklady - Fristerne indledes ikke - Kein Fristbeginn - Viivituste perioodi ei avata - Καμμία έναρξη προθεσμίας - Does not open the delays - N'ouvre pas de délais - Non fa decorrere la mora - Neietekmē atlikšanu - Atidėjimai nepradedami - Nem nyitja meg a késéseket - Ma’ jiftaħx il-perijodi ta’ dawmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Neotvorí oneskorenia - Ne uvaja zamud - Määräaika ei ala tästä - Inleder ingen frist - Не се предвижда период на прекъсване - Nu deschide perioadele de stagnare - Nu deschide perioadele de stagnare.
(MSG: 202203726.ES)
1. MSG 002 IND 2022 0703 GR ES 20-10-2022 GR NOTIF
2. GR
3A. ΕΛΟΤ, ΚΕΝΤΡΟ ΠΛΗΡΟΦΟΡΗΣΗΣ ΟΔΗΓΙΑΣ 98/34/Ε.Ε, ΚΗΦΙΣΟΥ 50, 121 33 ΠΕΡΙΣΤΕΡΙ, ΑΘΗΝΑ, Τ/Φ: + 30210 2120104, Τ/Ο: + 30210 2120131
3B. Ανεξάρτητη Αρχή Δημοσίων Εσόδων, Γενική Διεύθυνση Γενικού Χημείου του Κράτους
Διεύθυνση Αλκοόλης και Τροφίμων, Αν. Τσόχα 16, Αθήνα 11521, Τηλ. 210 6479244, 2106479230, αρμ. Ε Μπανιά-Γεωργοπούλου,email: axs@aade.gr
4. 2022/0703/GR - N40E
5. Proyecto de Decisión del Consejo Superior de Química titulado «Transposición al Derecho nacional de la Decisión de Ejecución (UE) 2022/197 de la Comisión, de 17 de enero de 2022, por la que se establece ACCUTRACETM PLUS como marcador fiscal común para el gasóleo de calefacción, el gasóleo para uso marítimo y el combustible diésel para uso marítimo, así como el queroseno doméstico (queroseno de calefacción), los métodos de ensayo para su determinación y los requisitos técnicos conexos»
6. Gasóleo de calefacción, gasóleo para uso marítimo y combustible diésel para uso marítimo, así como queroseno doméstico (queroseno de calefacción).
7. -
8. El presente proyecto de Decisión del Consejo Superior de Química transpone al Derecho nacional la Decisión de Ejecución (UE) 2022/197 de la Comisión, de 17 de enero de 2022, por la que se establece ACCUTRACETM PLUS como marcador fiscal común para el gasóleo de calefacción, el gasóleo para uso marítimo y el combustible diésel para uso marítimo, así como el queroseno doméstico (queroseno de calefacción), los métodos de ensayo para su determinación y los requisitos técnicos conexos.
9. El objetivo de la presente Decisión es establecer el marcador fiscal europeo común previsto en la Directiva 95/60/CE relativa al marcado de los productos petrolíferos.
La presente Decisión regula lo siguiente:
1) el nombre químico de la molécula trazadora según IUPAC;
2) el porcentaje añadido a los productos energéticos;
3) el método y el equipo de laboratorio validados para la determinación cuantitativa del trazador en productos energéticos;
4) las características de calidad de este método;
5) El método y el equipo utilizados en los controles «in situ» para la determinación del trazador.
10. No hay textos de base disponibles.
11. No.
12. -
13. No.
14. No.
15. -
16. Aspectos OTC
NO. El proyecto no tiene ningún impacto significativo sobre el comercio internacional.
Aspectos MSF
No. El proyecto no constituye una medida sanitaria ni fitosanitaria.
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Comisión Europea
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Fax: +32 229 98043
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