Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2024) 1763
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2024/0368/ES
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20241763.ES
1. MSG 001 IND 2024 0368 ES ES 03-07-2024 ES NOTIF
2. Spain
3A. Subdirección General de Asuntos Industriales, Energéticos, de Transportes y Comunicaciones y
de Medio Ambiente.
Plaza del Marqués de Salamanca, 8,
28006. Madrid
Email: d83-189@maec.es
3B. Agencia Estatal de la Administración Tributaria
Calle Infanta Mercedes, 37
28020 Madrid
Tel.: +34 91 583 12 42
E-mail: internacional@correo.aeat.es
4. 2024/0368/ES - SERV - Servicios de la sociedad de la información
5. Proyecto de Orden por la que se desarrollan las especificaciones técnicas, funcionales y de contenido referidas en el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos
6. Los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación.
7.
8. El proyecto de orden detalla los aspectos técnicos, funcionales y de contenido recogidos en el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, al que, en adelante, se hará referencia simplemente como el Reglamento.
En relación a las especificaciones técnicas y funcionales de las características y requisitos de los sistemas informáticos de facturación se contiene información sobre los siguientes aspectos:
- Particularidades en el caso de sistemas informáticos VERI*FACTU. Estos sistemas enviarán de forma inmediata la información a la Administración tributaria.
- Requisitos para la remisión de información a la Administración Tributaria que debe realizar un sistema informático de facturación.
- Características que deben ser garantizadas por los sistemas informáticos para que se garanticen los principios de integridad, inalterabilidad, trazabilidad, conservación, accesibilidad y legibilidad de los registros de facturación.
- Características de los registros de eventos que deben tener los sistemas informáticos de facturación.
Asimismo se detalla el formato y la codificación, así como la estructura, el contenido y el formato de los registros de facturación de alta y de anulación.
Por último, se concretan las especificaciones técnicas y funcionales que debe tener la huella o «hash» y la firma electrónica de los registros de facturación.
9. El objetivo perseguido es el desarrollo de las especificaciones de carácter técnico que no han podido ser reguladas en detalle por el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, aprobado por Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre. También especifica el contenido del apartado 5 del artículo 6 del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, para establecer las especificaciones técnicas y funcionales de formación del código «QR» y, en su caso, de la frase que lo acompaña.
Este Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre fue en su momento objeto de un procedimiento de información en materia de normas y reglamentaciones técnicas y de reglamentos relativos a los servicios de la sociedad de la información, previsto en la Directiva (UE) 2015/1535 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de septiembre de 2015.
10. Referencias de los textos de base: 2022/0432/E
Los textos de base fueron remitidos en del marco de una notificación anterior:
2022/0432/E
11. No
12.
13. No
14. No
15. Sí
16.
Aspecto TBT: No
Aspecto SPS: No
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
email: grow-dir2015-1535-central@ec.europa.eu