Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2024) 2360
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2024/0492/DK
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20242360.ES
1. MSG 001 IND 2024 0492 DK ES 04-09-2024 DK NOTIF
2. Denmark
3A. Erhvervsstyrelsen
Langelinie allé 17
2100 København Ø
Danmark
+45 35 29 10 00
notifikationer@erst.dk
3B. Sorsigvej 30
6760 Ribe
Danmark
+45 72 21 88 99
info@fstyr.dk
4. 2024/0492/DK - T40T - Transporte urbano y por carretera
5. Orden por la que se establecen normas detalladas sobre el acondicionamiento, equipamiento y uso de vehículos
6. Automóviles (M1, M2, M3), camiones (N1, N2, N3), motocicletas (2 y 3 ruedas), ciclomotores, tractores, maquinaria de trabajo motorizada, remolques (O1, O2, O3, O4) y remolques de tractores, etc.
Los tipos de vehículos en cuestión corresponden a los especificados en el Reglamento (UE) 2018/858.
7.
8. Automóviles (M1, M2, M3), camiones (N1, N2, N3), motocicletas (2 y 3 ruedas), ciclomotores, tractores, maquinaria de trabajo, remolques (O1, O2, O3, O4) y remolques de tractores, etc.
Los tipos de vehículos en cuestión corresponden a los mencionados en los Reglamentos (UE) 2018/858, (UE) 167/2013 y (UE) 168/2013.
La Orden contiene normas sobre el acondicionamiento y equipamiento de los vehículos cuando los vehículos hayan obtenido o vayan a obtener una homologación individual nacional. Por lo tanto, los vehículos no modificados con homologación de tipo UE no están sujetos a esto. Además, la Orden contiene normas similares para los vehículos reacondicionados que deben ser homologados, independientemente de que fueran o no vehículos originalmente con homologación de tipo UE.
La Orden también contiene disposiciones sobre el uso de vehículos sujetos a la Ley de circulación vial.
El anexo 1 contiene los requisitos técnicos básicos aplicables a los vehículos nuevos, así como los requisitos aplicables a los vehículos reacondicionados cuyo reacondicionamiento no se describe en el anexo 2.
El anexo 2 contiene los requisitos técnicos aplicables a los vehículos reacondicionados, independientemente del tipo de homologación. Esto significa que los vehículos con homologación de tipo UE que se reacondicionan también están sujetos a los requisitos del anexo 2.
El anexo 3 contiene una visión general de los reglamentos, las directivas y la normativa de las Naciones Unidas a que se refieren los anexos 1 y 2.
9. Se han realizado pequeños ajustes como resultado de la Orden recientemente emitida sobre normas detalladas sobre el acondicionamiento, equipamiento y uso de vehículos, que entró en vigor el 1 de julio de 2024.
Además, la Orden se ha adaptado a las nuevas disposiciones de la Orden n.º 1663, de 11 de diciembre de 2023, sobre la anchura, la longitud, la altura, el peso y la carga por eje máximos de los vehículos (en adelante, «la Orden sobre dimensiones») y al proyecto de Orden sobre dimensiones en curso de elaboración, cuya entrada en vigor está prevista para el 1 de enero de 2025. Esto se ha hecho con el fin de crear coherencia entre las normas que rigen la homologación de vehículos y las normas que rigen el uso de vehículos (en la Orden sobre dimensiones).
Referencias a los textos de base: artículo 33 bis, apartado 2, artículo 35, apartado 1, segunda frase, artículo 68, apartados 1 y 4, artículo 68 quinquies, apartado 1, artículo 68 septies, apartado 1, artículo 69, apartado 2,
artículo 70, apartado 3, artículo 83, artículo 84, apartado 1, artículo 85, apartado 1, artículo 118, apartado 1, puntos 2 y 13, primera frase, y artículo 134 sexies de la Ley sobre circulación vial, véase la Ley consolidada n.º 168, de 14 de febrero de 2023.
10. Referencias a los textos de base:
11. No.
12.
13. No.
14. No
15. No
16.
Aspecto TBT:
El proyecto es un reglamento técnico o una evaluación de la conformidad
Aspecto SPS: No
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
email: grow-dir2015-1535-central@ec.europa.eu