Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2025) 2247
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2025/0458/AT
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20252247.ES
1. MSG 001 IND 2025 0458 AT ES 22-08-2025 AT NOTIF
2. Austria
3A. Bundesministerium für Wirtschaft, Energie und Tourismus
Abteilung II/8
A-1010 Wien, Stubenring 1
Telefon +43-1/71100-805433
E-Mail: not9834@bmwet.gv.at
3B. Bundesministerium für Wirtschaft, Energie und Tourismus
Abteilung III/A/1
A-1010 Wien, Stubenring 1
E-Mail: gewerbe@bmwet.gv.at
4. 2025/0458/AT - S70E - Sustancias y preparados peligrosos
5. Ordenanza sobre el gas licuado de petróleo de 2025 - FGV 2025
6. La Ordenanza prevista se refiere al almacenamiento, llenado, recarga y uso de gas licuado de petróleo (propano, butano, propeno y buteno, así como mezclas de estos gases) en instalaciones de producción comercial, lugares de trabajo y locales ferroviarios.
7.
8. La FGV prevista para 2025 tiene por objeto sustituir a la actual Ordenanza sobre el gas licuado de petróleo de 2002 (FGV, Boletín Oficial Federal, parte II, n.º 446/2002). Tiene por objeto regular el almacenamiento, el llenado, la recarga y la utilización de gas licuado de petróleo. Se ven afectados el Derecho mercantil, el Derecho de protección de los trabajadores y el Derecho ferroviario.
En la medida de lo posible, la FGV 2025 tiene por objeto racionalizar el sistema, manteniendo al mismo tiempo reglamentos probados. Además, los periodos de inspección de las instalaciones eléctricas deben adaptarse a la reglamentación actual y debe conseguirse flexibilidad en el proceso en lo que respecta al grado necesario de atmósferas potencialmente explosivas.
Se prevé un aumento de las pequeñas cantidades y, por lo tanto, una flexibilización para el almacenamiento. Debe ser posible el almacenamiento de pequeñas cantidades de gas licuado de petróleo junto con otras sustancias y mezclas peligrosas en salas de almacenamiento.
9. La actual FGV ha estado en vigor durante más de veinte años y contiene algunos reglamentos que se remontan a la anterior Ordenanza sobre el gas licuado de petróleo de 1971. En interés de las partes interesadas, la nueva Ordenanza debe ser más estricta y tener en cuenta las condiciones técnicas actuales.
10. Referencias a los textos de base: Los textos de base se comunicaron en el marco de una notificación anterior:
2002/0024/A
11. No.
12.
13. No.
14. No
15. Sí
16.
Aspecto TBT: No
Aspecto SPS: No
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
email: grow-dir2015-1535-central@ec.europa.eu