Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2026) 0987
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2026/0167/IT
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20260987.ES
1. MSG 001 IND 2026 0167 IT ES 01-04-2026 IT NOTIF
2. Italy
3A. Ministero delle Imprese e del Made in Italy
Dipartimento Mercato e Tutela
Direzione Generale Consumatori e Mercato
Divisione II. Normativa tecnica - Sicurezza e conformità dei prodotti, qualità prodotti e servizi
00187 Roma - Via Molise, 2
3B. Ministero dell’Ambiente e della Sicurezza Energetica
Ufficio Legislativo
4. 2026/0167/IT - S10E - Envasado
5. Propuesta de Reglamento técnico por el que se establecen los requisitos de biodegradabilidad y compostabilidad para determinados envases de plástico de un solo uso
6. Envases de plástico
7.
8. La legislación propuesta modifica las disposiciones del Decreto legislativo n.º 152, de 3 de abril de 2006, con el objetivo de introducir el requisito de que determinados envases sean biodegradables y compostables, en consonancia con la opción concedida a los Estados miembros en virtud del artículo 9, apartado 2, letra b), del Reglamento (UE) 2025/40.
El proyecto de ley consta de un solo artículo, que comprende un párrafo dividido en dos apartados.
Apartado 1, letra a): prevé la inserción de un nuevo artículo en la cuarta parte del Decreto Legislativo n.º 152, de 3 de abril de 2006, que establece la obligación de que los envases enumerados en dicho artículo sean biodegradables y compostables.
Asimismo, se incluye:
— haber establecido las obligaciones relativas al cumplimiento de la normativa sobre el uso de materiales destinados a entrar en contacto con alimentos y las disposiciones pertinentes sobre gestión de residuos;
— establecer los procedimientos para determinar las exenciones previstas de conformidad con el anexo V, punto 2, y el artículo 25, apartado 4, del Reglamento (UE) 2025/40 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 2024, relativo a los envases y residuos de envases.
Apartado 1, letra b): prevé la inserción de un nuevo apartado en el artículo 261 del Decreto legislativo n.º 152, de 3 de abril de 2006, con el fin de establecer sanciones administrativas adecuadas por incumplimiento de las obligaciones a que se refiere la letra a) de la propuesta.
9. Al imponer el requisito de que determinados envases de plástico de un solo uso sean biodegradables y compostables, la medida permite su producción como excepción al requisito general de reciclabilidad establecido en el Reglamento (UE) 2025/40, garantizando así que sigan fabricándose productos de plástico biodegradables y compostables, que representan soluciones respetuosas con el medio ambiente.
10. Referencias de los textos de base:
11. No.
12.
13. No.
14. No
15. Sí
16.
Aspecto TBT:
El proyecto es un reglamento técnico o una evaluación de la conformidad
Aspecto SPS: No
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
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