Mensaje 002
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2021) 02633
Directiva (UE) 2015/1535
Traducción del mensaje 001
Notificación: 2021/0448/F
No abre el plazo - Nezahajuje odklady - Fristerne indledes ikke - Kein Fristbeginn - Viivituste perioodi ei avata - Καμμία έναρξη προθεσμίας - Does not open the delays - N'ouvre pas de délais - Non fa decorrere la mora - Neietekmē atlikšanu - Atidėjimai nepradedami - Nem nyitja meg a késéseket - Ma’ jiftaħx il-perijodi ta’ dawmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Neotvorí oneskorenia - Ne uvaja zamud - Määräaika ei ala tästä - Inleder ingen frist - Не се предвижда период на прекъсване - Nu deschide perioadele de stagnare - Nu deschide perioadele de stagnare.
(MSG: 202102633.ES)
1. MSG 002 IND 2021 0448 F ES 12-07-2021 F NOTIF
2. F
3A. Ministères économiques et financiers
Direction générale des entreprises
SQUALPI
Bât. Sieyès -Teledoc 151
61, Bd Vincent Auriol
75703 PARIS Cedex 13
d9834.france@finances.gouv.fr
3B. Ministère de la Transition écologique
Direction Générale de la Prévention des Risques – Service des risques en santé environnement, déchets et pollutions diffuses – Sous-direction santé environnement, produits chimiques et agriculture
1 Place Carpeaux – 92800 Puteaux - France
sdsepca.srsedpd.dgpr@developpement-durable.gouv.fr
4. 2021/0448/F - C40A
5. Proyecto de decreto sobre la protección de las abejas y otros insectos polinizadores y la preservación de los servicios de polinización cuando se utilicen productos fitosanitarios
6. Productos fitosanitarios:
7. -
8. El objetivo de este proyecto de decreto es regular la autorización y el uso de productos fitosanitarios en cultivos que sean atractivos para los polinizadores durante el periodo de floración, con el fin de proteger a los polinizadores de estos productos. Deroga y sustituye el Decreto de 28 de noviembre de 2003 sobre las condiciones de uso de insecticidas y acaricidas para uso agrícola para proteger a las abejas y otros insectos polinizadores.
El proyecto de decreto prevé una evaluación ad hoc por parte de la Agencia Nacional de Salud y Seguridad Alimentaria, Ambiental y Laboral (Anses) cuando se reclame su uso durante la floración. También regula los tiempos de tratamiento de los productos autorizados para tales usos con el fin de evitar la presencia de abejas en la medida de lo posible. Establece excepciones para tener en cuenta las condiciones de trabajo y la necesidad de un tratamiento de emergencia o el tratamiento de plagas reguladas. Por último, prevé también un período transitorio para la entrada en vigor de las disposiciones, en particular en lo que respecta a la presentación de los datos necesarios para la evaluación por Anses.
9. Durante varias décadas, ha habido una preocupante disminución de los insectos polinizadores silvestres y un aumento de las pérdidas de colonias de abejas. Diversos factores influyen en su supervivencia y desarrollo: la capacidad de acogida de las zonas (proporcionando hábitats y recursos alimentarios), los peligros biológicos que causan enfermedades, depredadores, parásitos, pesticidas, cambio climático, actividades humanas y la antropización de los entornos, la forma en que se gestionan y utilizan los territorios, en particular las zonas agrícolas, forestales y urbanas.
Las medidas notificadas se basan en las recomendaciones del Organismo Nacional de Salud y Seguridad Alimentaria, Ambiental y Laboral (Anses) y en el trabajo en el que participan representantes de las profesiones agrícola y apícola, institutos técnicos y científicos, asociaciones y administraciones de protección del medio ambiente.
10. Referencia/s al/a los texto/s de base: El Código de Pesca Rural y Marítima, en particular los artículos L. 201-4, L. 251-3, L. 253-1, L. 253-7, D. 253-8, R. 253-43 y R. 253-45
11. No.
12. -
13. No.
14. No.
15. -
16. Aspecto OTC
NO. El proyecto no tiene un impacto significativo sobre el comercio internacional.
Aspecto SPS
NO. El proyecto no tiene un impacto significativo sobre el comercio internacional.
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Comisión Europea
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Fax: +32 229 98043
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