Mensaje 002
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2021) 01512
Directiva (UE) 2015/1535
Traducción del mensaje 001
Notificación: 2021/0248/FIN
No abre el plazo - Nezahajuje odklady - Fristerne indledes ikke - Kein Fristbeginn - Viivituste perioodi ei avata - Καμμία έναρξη προθεσμίας - Does not open the delays - N'ouvre pas de délais - Non fa decorrere la mora - Neietekmē atlikšanu - Atidėjimai nepradedami - Nem nyitja meg a késéseket - Ma’ jiftaħx il-perijodi ta’ dawmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Neotvorí oneskorenia - Ne uvaja zamud - Määräaika ei ala tästä - Inleder ingen frist - Не се предвижда период на прекъсване - Nu deschide perioadele de stagnare - Nu deschide perioadele de stagnare.
(MSG: 202101512.ES)
1. MSG 002 IND 2021 0248 FIN ES 26-04-2021 FIN NOTIF
2. FIN
3A. Työ- ja elinkeinoministeriö
Työllisyys ja toimivat markkinat -osasto
PL 32
FI-00023 VALTIONEUVOSTO
Puhelin +358 29 504 7015
maaraykset.tekniset@tem.fi
3B. Sosiaali- ja terveysministeriö
Turvallisuus ja terveys -osasto
PL 33
FI-00023 VALTIONEUVOSTO
Puhelin +358 295 16001
kirjaamo@stm.fi
4. 2021/0248/FIN - X00M
5. Propuesta del Gobierno al Parlamento sobre la modificación de la Ley del tabaco
6. Productos del tabaco, cigarrillos electrónicos, envases de recarga, líquidos que contienen nicotina, líquidos distintos de los que contienen nicotina destinados a ser utilizados en cigarrillos electrónicos.
7. - La propuesta para la armonización de las unidades de envasado se notifica también de conformidad con el artículo 24, apartado 2, de la Directiva (2014/40/UE) del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de fabricación, presentación y venta de los productos del tabaco y los productos relacionados y por la que se deroga la Directiva 2001/37/CE.
8. La Ley del tabaco se modifica para establecer que las unidades de envasado de los productos del tabaco, los cigarrillos electrónicos y los envases de recarga no deben diferir en su etiquetado u otro aspecto de las unidades de envasado de otros productos similares. Con la Ley del tabaco modificada también se prevén requisitos relativos a la apariencia de los cigarrillos, los recipientes de recarga y los líquidos que contienen nicotina. La prohibición relativa a los aromas y los sabores característicos se amplía a todos los productos del tabaco, y se prohíben los productos destinados a conferir un aroma o un sabor característico a un producto del tabaco. La Ley del tabaco modificada incluye una definición de los productos del tabaco calentados y prohíbe la exhibición de los equipos para fumar destinados al consumo de dichos productos. Las reglamentaciones en materia de importación se modifican para que se apliquen de manera más uniforme a los distintos productos contemplados en la Ley del tabaco. Los fabricantes e importadores de los productos cubiertos por la Ley del tabaco tendrán que pagar una tasa anual de supervisión a la Autoridad Nacional de Supervisión del Bienestar y la Salud (Valvira) en función de los volúmenes de ventas. Los ingresos procedentes de las tasas de supervisión se utilizarán, en particular, para mejorar la supervisión de los productos.
9. Al igual que el artículo 1 de la Ley vigente, el objetivo de la Ley del tabaco modificada consiste en poner fin al consumo de los productos del tabaco y de otros productos que contienen nicotina que son tóxicos para las personas y que causan adicción. El fin de la propuesta es contribuir al logro de este objetivo. La propuesta tiene por objeto garantizar que las unidades de envasado de los productos del tabaco y los productos similares ya no puedan utilizarse como instrumento de comercialización y que no pueda mejorarse el sabor de ningún producto del tabaco mediante la adición de aromas. De este modo, el objetivo es reducir el atractivo de los productos y apoyar, así, el cese del tabaquismo y, en particular, evitar que las personas empiecen a fumar. El propósito también consiste en prepararse para los nuevos tipos de productos del tabaco que puedan entrar en el mercado finlandés. La propuesta tiene por objeto mejorar los recursos para la supervisión de los productos y otros controles en virtud de la Ley del tabaco, de modo que Valvira pueda garantizar de manera más eficaz, entre otros aspectos, que los productos comercializados cumplan la Ley del tabaco.
10. Referencias a los textos de base: Ley (549/2016) sobre el tabaco.
Los textos de base se comunicaron en el marco de una notificación anterior: 2015/490/FIN.
11. No
12. -
13. No
14. No
15. Sí
16. Aspectos relacionados con obstáculos técnicos al comercio.
Sí
Aspecto MSF
No. El proyecto no es una medida sanitaria ni fitosanitaria.
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Comisión Europea
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