Mensaje 002
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2022) 04403
Directiva (UE) 2015/1535
Traducción del mensaje 001
Notificación: 2022/0852/B
No abre el plazo - Nezahajuje odklady - Fristerne indledes ikke - Kein Fristbeginn - Viivituste perioodi ei avata - Καμμία έναρξη προθεσμίας - Does not open the delays - N'ouvre pas de délais - Non fa decorrere la mora - Neietekmē atlikšanu - Atidėjimai nepradedami - Nem nyitja meg a késéseket - Ma’ jiftaħx il-perijodi ta’ dawmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Neotvorí oneskorenia - Ne uvaja zamud - Määräaika ei ala tästä - Inleder ingen frist - Не се предвижда период на прекъсване - Nu deschide perioadele de stagnare - Nu deschide perioadele de stagnare.
(MSG: 202204403.ES)
1. MSG 002 IND 2022 0852 B ES 12-12-2022 B NOTIF
2. B
3A. SPF Economie, PME, Classes moyennes et Energie
Direction générale Qualité et Sécurité - Service Normalisation et Compétitivité - BELNotif
NG III – 2ème étage
Boulevard du Roi Albert II, 16
B - 1000 Bruxelles
be.belnotif@economie.fgov.be
3B. SPF Santé publique, Sécurité de la Chaîne alimentaire et Environnement
Direction générale Environnement - Division Politique des Produits et Produits chimiques - Service Produits biocides
Avenue Galilée 5/2
B-1210 Bruxelles
helmut.devos@health.fgov.be
4. 2022/0852/B - C00C
5. Real Decreto por el que se regulan las fumigaciones y defumigaciones
6. Esto se refiere a los biocidas (TP 14, 18) y a los productos fitosanitarios.
7. -
8. El objetivo de este proyecto de Real Decreto es, en primer lugar, sustituir el actual Real Decreto, de 14 de enero de 1992, por el que se regulan las fumigaciones (Boletín Oficial del Reino de Bélgica de 5 de febrero de 1992) por una nueva versión actualizada, ya que la reglamentación en materia de fumigaciones debía adaptarse a la nueva legislación sobre biocidas y productos fitosanitarios, y sobre bienestar en el trabajo (Código de bienestar en el trabajo).
Así, el antiguo Decreto de 14 de enero de 1992 aún determina expresamente las sustancias activas con las que pueden llevarse a cabo las fumigaciones (artículo 1). Muchas de estas sustancias activas están prohibidas actualmente, como el bromuro de metilo. Por esta razón, el nuevo proyecto de Decreto establece que las fumigaciones no pueden llevarse a cabo con biocidas y productos fitosanitarios autorizados en virtud de la legislación pertinente vigente (artículo 3 del proyecto).
También se establece que a partir de ahora, las fumigaciones y las defumigaciones solo pueden ser realizadas por un director de fumigación que posea una licencia profesional específica en materia fitosanitaria para la sustancia activa en cuestión, siempre que se trate de fumigación con un producto fitosanitario, o que sea un usuario registrado, en la medida en que se trate de fumigación con un biocida.
Cada fumigación o defumigación debe cumplimentarse en la base de datos que ya existe y cuyo enlace ha sido incluido en el propio Decreto (artículo 5 del proyecto).
Las medidas generales de seguridad antes y durante la fumigación permanecen inalteradas (artículos 6 a 17 del proyecto). Por otra parte, todas las disposiciones relativas a la protección de los trabajadores se han adaptado de conformidad con la legislación más reciente en materia de bienestar en el trabajo (artículos 18 a 31 del proyecto).
Las disposiciones específicas para determinadas fumigaciones y excepciones a las disposiciones generales han estado sujetas a modificaciones mínimas o permanecen inalteradas. Por otra parte, tras la prohibición del bromuro de metilo, las disposiciones relativas a la desinfección del suelo en la agricultura se han adaptado en consecuencia (artículos 52 y siguientes del proyecto). Posteriormente se adoptaron algunas disposiciones nuevas sobre fumigaciones en lonas (artículo 55 del proyecto) y defumigación (artículo 57 del proyecto).
Por último, queda derogado el actual Real Decreto de 14 de enero de 1992.
En los anexos se especifican las condiciones de funcionamiento de una zona de fumigación y las disposiciones del plan de fumigación.
9. Los objetivos de interés público que el proyecto pretende perseguir: este proyecto regula el uso de agentes de fumigación (biocidas y productos fitosanitarios) para proteger la salud pública y la seguridad de los trabajadores.
10. Referencias a los textos de base: Real Decreto, de 14 de enero de 1992, por el que se regulan las fumigaciones.
11. No.
12. -
13. No.
14. No.
15. -
16. Aspecto OTC
No. El proyecto no tiene un impacto significativo sobre el comercio internacional.
Aspecto MSF
No. El proyecto no es una medida sanitaria ni fitosanitaria.
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Comisión Europea
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