Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2023) 2992
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2023/0608/CZ
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20232992.ES
1. MSG 001 IND 2023 0608 CZ ES 24-10-2023 CZ NOTIF
2. Czechia
3A. Úřad pro technickou normalizaci, metrologii a státní zkušebnictví
Odbor mezinárodních vztahů
oddělení notifikací technických předpisů
Biskupský dvůr 1148/5 110 00 Praha 1
Telefon: +420 221 802 216
E-mail: eu9834@unmz.cz
3B. Ministerstvo průmyslu a obchodu
Odbor stavebnictví a stavebních hmot
Na Františku 32
110 15 Praha 1
Telefon: 224853129
Email: cpr@mpo.cz
4. 2023/0608/CZ - B10 - Materiales de construcción
5. Reglamento del Gobierno por el que se modifica el Reglamento del Gobierno n.º 163/2002 por el que se establecen requisitos técnicos para determinados productos de construcción, en su versión modificada
6. Productos de construcción.
7.
8. La propuesta de Reglamento del Gobierno por el que se modifica el Reglamento del Gobierno n.º 163/2002 por el que se establecen requisitos técnicos para determinados productos de construcción, en su versión modificada, aplica la legislación de la Ley n.º 22/1997 relativa a los requisitos técnicos de los productos y por la que se modifican determinados actos, en su versión modificada.
Palabras clave: productos de construcción, no armonizados
Las referencias a las normas solo figuran en el anexo 2 del Reglamento del Gobierno n.º 163, que actualmente no está en fase de modificación, en las notas explicativas:
ČSN 73 0810 «Seguridad contra incendios de los edificios. Disposiciones comunes, número de catálogo 500067».
ČSN 13501-1 «Clasificación contra incendios de productos y estructuras de construcción. Parte 1: Clasificación según los resultados de los ensayos de reacción al fuego, número de catálogo 508247».
ČSN 13501-2 «Clasificación contra incendios de productos y estructuras de construcción. Parte 2: Clasificación según los resultados de los ensayos de resistencia al fuego, excluidos los equipos de manipulación de aire, número de catálogo 517785».
Referencia a la notificación previa: 2016/0005/CZ.
La base de datos contiene el texto de la Ley n.º 22/1997, de 24 de enero de 1997, relativa a los requisitos técnicos de los productos y por la que se modifican determinados actos, en su versión modificada, con efecto fraccionado (hasta el 31 de diciembre de 2023 y a partir del 1 de enero de 2024). También se ha cargado el texto del Reglamento del Gobierno n.º 163/2002, de 6 de marzo de 2002, por el que se establecen requisitos técnicos para determinados productos de construcción, en su versión modificada.
9. La propuesta de Reglamento del Gobierno por el que se modifica el Reglamento del Gobierno n.º 163/2002 por el que se establecen requisitos técnicos para determinados productos de construcción, en su versión modificada, aplica la legislación de la Ley n.º 22/1997 relativa a los requisitos técnicos de los productos y por la que se modifican determinados actos, en su versión modificada.
El motivo de la presentación del proyecto es la necesidad de garantizar mejor el cumplimiento de los requisitos aplicables a las obras de construcción con arreglo al artículo 156 de la Ley de construcción en lo que respecta a los productos de construcción no cubiertos por la armonización de la legislación europea [Reglamento (UE) n.º 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo]. El diseñador de una estructura debe tener a su disposición la misma prueba exhaustiva y creíble de las características del producto, como es el caso en el ámbito armonizado. Por lo tanto, se propone acercar el contenido de la declaración de conformidad emitida por el fabricante a su equivalente armonizado: la declaración de prestaciones. Además, se propone que los productos de construcción se marquen ahora con la marca de conformidad checa «CCZ», similar al marcado CE europeo. Estos cambios contribuirán a lograr una mayor calidad y seguridad de los edificios.
10. Referencias a los textos de base:
11. No.
12.
13. No.
14. No
15. Sí
16.
Aspecto TBT: No
Aspecto SPS: No
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
email: grow-dir2015-1535-central@ec.europa.eu