Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2025) 1051
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2025/0204/CZ
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20251051.ES
1. MSG 001 IND 2025 0204 CZ ES 09-04-2025 CZ NOTIF
2. Czechia
3A. Úřad pro technickou normalizaci, metrologii a státní zkušebnictví
Biskupský dvůr 1148/5
110 00 Praha 1
tel: 221 802 216
e-mail: eu9834@unmz.cz
3B. Oddělení Legislativa správy daní a celnictví
Odbor Daňová legislativa
Ministerstvo financí
Letenská 15, 118 10 Praha 1
4. 2025/0204/CZ - C60A - Etiquetado
5. Proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto n.º 334/2013 por el que se aplican determinadas disposiciones de la Ley sobre el marcado obligatorio del alcohol, en su versión modificada por el Decreto n.º 610/2020.
6. Marcado del alcohol en los envases de venta.
7.
8. La modificación del Decreto n.º 334/2013 por el que se aplican determinadas disposiciones de la Ley sobre el marcado obligatorio del alcohol, en su versión modificada por el Decreto n.º 610/2020, se deriva de la autorización legal prevista en el artículo 75 de la Ley n.º 307/2013 sobre el marcado obligatorio del alcohol, en su versión modificada (en lo sucesivo, «la Ley sobre el marcado obligatorio del alcohol»).
En relación con las modificaciones introducidas en la Ley sobre el marcado obligatorio del alcohol aplicada en el proyecto de Ley por la que se modifican determinadas leyes en el ámbito de la administración tributaria y la competencia de la administración aduanera de la República Checa, el Decreto abordará, en particular, lo siguiente:
• modificación del método de pedido, recepción y venta de los sellos de inspección [artículo 75, letra d), de la Ley sobre el marcado obligatorio del alcohol];
• fijación del precio de venta de los sellos de inspección [artículo 75, letra j), de la Ley sobre el marcado obligatorio del alcohol].
El cambio en el método de pedido, aceptación y venta de los sellos de inspección consiste en que las personas obligadas a marcar el alcohol podrán recibir los sellos de inspección en persona o a través de una persona inscrita en el registro de operadores de servicios postales. Ellas mismas propondrán el método de entrega y recepción de los sellos de inspección.
El proyecto de Decreto también modificará la fijación del precio de los sellos de inspección, que se basa en el cambio de autoridad en la Ley sobre el marcado obligatorio del alcohol, por la que el Decreto puede fijar directamente el precio de venta de los sellos de inspección, o ahora también la forma en la que se fijará este precio de venta.
Textos de base: Ley n.º 307/2013 sobre el marcado obligatorio del alcohol;
Decreto n.º 334/2013 por el que se aplican determinadas disposiciones de la Ley sobre el marcado obligatorio del alcohol.
Notificaciones anteriores: 2020/0529/CZ;
2024/0443/CZ.
Palabras clave: sello de inspección
9. Con arreglo a la legislación vigente, el Ministerio de Hacienda, las autoridades de la administración aduanera de la República Checa y la comunidad profesional han detectado algunas deficiencias de carácter material y legislativo, lo que ha dado lugar a la modificación del proyecto de Ley por la que se modifican determinadas leyes en el ámbito de la administración tributaria y la competencia de la administración aduanera de la República Checa. Esta modificación dio lugar a la concentración de competencias de la autoridad en relación con el pedido, la venta o la devolución de los sellos de inspección únicamente a la Oficina de Aduanas de la Región de Bohemia Central (el administrador tributario designado). Así pues, el proyecto de Decreto especifica el método de pedido, recepción y venta de los sellos de inspección. Una persona obligada a marcar alcohol podrá recibir la entrega de los sellos de inspección en persona o a través de una persona inscrita en el registro de operadores de servicios postales de conformidad con la Ley n.º 212/2013 por la que se modifica la Ley n.º 29/2000 sobre servicios postales y por la que se modifican determinadas leyes (la Ley de servicios postales), en su versión modificada, y la persona obligada a marcar alcohol propondrá por sí misma el método para la entrega y recepción de los sellos de inspección. En la actualidad, esta opción solo existe para los titulares de licencias postales, por lo que se aplica a un abanico más limitado de entidades.
La legislación actual fija el precio de los sellos de inspección expresando numéricamente una cantidad específica. El proyecto de Ley supone que el precio de venta de los sellos de inspección corresponderá a la suma de los costes asociados a su producción y a los costes asociados a su transporte antes de su entrega al cliente. Los costes del administrador tributario autorizado que entregue sellos de inspección a una persona obligada a marcar el alcohol a través del titular de la licencia postal de conformidad con la Ley que regula los servicios postales se añadirán al precio de venta. Por lo tanto, este precio reflejará mejor los costes reales asociados a la producción y distribución de los sellos de inspección.
10. Referencias a los textos de base: 2020/0529/CZ; 2024/0443/CZ.
Los textos de base se comunicaron en el marco de dos notificaciones anteriores:
2020/0529/CZ;
2024/0443/CZ.
11. No.
12.
13. No.
14. Sí
15. No
16.
Aspecto TBT: No
Aspecto SPS: No
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
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