Mensaje 002
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2021) 02091
Directiva (UE) 2015/1535
Traducción del mensaje 001
Notificación: 2021/0337/A
No abre el plazo - Nezahajuje odklady - Fristerne indledes ikke - Kein Fristbeginn - Viivituste perioodi ei avata - Καμμία έναρξη προθεσμίας - Does not open the delays - N'ouvre pas de délais - Non fa decorrere la mora - Neietekmē atlikšanu - Atidėjimai nepradedami - Nem nyitja meg a késéseket - Ma’ jiftaħx il-perijodi ta’ dawmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Neotvorí oneskorenia - Ne uvaja zamud - Määräaika ei ala tästä - Inleder ingen frist - Не се предвижда период на прекъсване - Nu deschide perioadele de stagnare - Nu deschide perioadele de stagnare.
(MSG: 202102091.ES)
1. MSG 002 IND 2021 0337 A ES 10-06-2021 A NOTIF
2. A
3A. Bundesministerium für Digitalisierung und Wirtschaftsstandort
Abteilung III/8
A-1010 Wien, Stubenring 1
Telefon +43-1/71100-805436
Telefax +43-1/71100-8045436
E-Mail: not9834@bmdw.gv.at
3B. Bundesministerium für Klimaschutz, Umwelt, Energie, Mobilität, Innovation und Technologie
Abteilung V/2
A-1010 Wien, Stubenbastei 5
Telefon +43 1 711 62-61 3436
E-Mail: v2@bmk.gv.at
4. 2021/0337/A - S10E
5. Decreto del Ministerio Federal de Protección del Clima, Medio Ambiente, Energía, Movilidad, Innovación y Tecnología por el que se modifica el Decreto de envases de 2014
6. Concierne a todo tipo de envases.
7. - Directiva 94/62/CE relativa a los envases y residuos de envases.
8. La modificación del Decreto incorpora esencialmente a la legislación nacional los requisitos de la Directiva (UE) 2018/852 por la que se modifica la Directiva 94/62/CE relativa a los envases y residuos de envases y la Directiva (UE) 2019/904, concretamente en lo que respecta a los envases.
Además, se transponen los requisitos de la Directiva (UE) 2018/851 por la que se modifica la Directiva 2008/98/CE sobre los residuos en relación con los regímenes de responsabilidad ampliada del productor en materia de envases.
Asimismo, se transponen partes sustanciales de la Directiva (UE) 2019/904 relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente (Directiva SUP).
También se están realizando algunas actualizaciones, ajustes y cambios para simplificar y mejorar la aplicación.
9. La Directiva (UE) 2019/904 relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente entró en vigor el 2 de julio de 2019. El objetivo de la Directiva es reducir la generación de residuos plásticos con el fin de prevenir y reducir el impacto de los residuos plásticos en el medio ambiente, especialmente en el medio marino. Los productos afectados por esta Directiva son los productos de plástico de un solo uso que se encuentran más frecuentemente en las playas europeas, así como a los artes de pesca que contienen plástico y los plásticos oxodegradables. Se prevén diversas medidas para los distintos grupos de productos plásticos, en particular la ampliación de la responsabilidad del productor y los objetivos mínimos de reciclado.
Los nuevos objetivos de reciclado establecidos en la Directiva (UE) 2018/852 ya se cumplen en gran medida en Austria. Solo se requiere un esfuerzo adicional para alcanzar el objetivo de envases de plástico, que se ha duplicado con creces. Con este fin se prevén algunas medidas:
• por lo que respecta a la recogida doméstica, todos los envases de plástico se recogerán por separado en el futuro en toda Austria,
• los sitios de eliminación de residuos comerciales deberán recolectar los envases acumulados por separado y entregar el envase autorizado a los sistemas de recolección y reciclaje,
• los sistemas de recogida y reciclado deberán garantizar la existencia de suficientes medidas de clasificación y reciclado,
• los envases de plástico deberán ser reutilizables o reciclables a partir de 2030.
La Directiva (UE) 2018/851 por la que se modifica la Directiva 2008/98/CE, sobre los residuos, introduce varias inclusiones a la responsabilidad ampliada del productor, por ejemplo en el artículo 8 bis. El objetivo del proyecto es incorporar al Derecho austriaco los requisitos derivados del artículo 8 bis, en particular en lo que se refiere a los envases. Esto también incluye permitir el nombramiento de representantes autorizados en Austria para los productores extranjeros o los comerciantes que venden a distancia.
10. Los textos de base se comunicaron en el marco de una notificación anterior: 2013/567/A.
11. No.
12. -
13. No.
14. No.
15. Sí.
16. Aspecto OTC
No. El proyecto no tiene ningún impacto significativo sobre el comercio internacional.
Acuerdo MSF
No. El proyecto no es una medida sanitaria ni fitosanitaria.
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
Fax: +32 229 98043
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