Mensaje 002
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2021) 04818
Directiva (UE) 2015/1535
Traducción del mensaje 001
Notificación: 2021/0904/F
No abre el plazo - Nezahajuje odklady - Fristerne indledes ikke - Kein Fristbeginn - Viivituste perioodi ei avata - Καμμία έναρξη προθεσμίας - Does not open the delays - N'ouvre pas de délais - Non fa decorrere la mora - Neietekmē atlikšanu - Atidėjimai nepradedami - Nem nyitja meg a késéseket - Ma’ jiftaħx il-perijodi ta’ dawmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Neotvorí oneskorenia - Ne uvaja zamud - Määräaika ei ala tästä - Inleder ingen frist - Не се предвижда период на прекъсване - Nu deschide perioadele de stagnare - Nu deschide perioadele de stagnare.
(MSG: 202104818.ES)
1. MSG 002 IND 2021 0904 F ES 28-12-2021 F NOTIF
2. F
3A. Ministères économiques et financiers
Direction générale des entreprises
SQUALPI
Bât. Sieyès -Teledoc 151
61, Bd Vincent Auriol
75703 PARIS Cedex 13
d9834.france@finances.gouv.fr
3B. Direction générale de l'Énergie et du Climat
Service du Climat et de l'Efficacité Énergétique
Département de lutte contre l'effet de serre
Tour Esplanade, 1 Place Carpeaux,
92800 Puteaux
4. 2021/0904/F - X40M
5. Decreto sobre la compensación de carbono y la reivindicación de neutralidad de carbono en la publicidad
6. Marco de requisitos y métodos de comunicación por parte de los anunciantes de los elementos que justifican la reivindicación de neutralidad climática en la publicidad de sus productos o servicios.
7. -
8. Este proyecto de Decreto establece los procedimientos de comunicación para los anunciantes en relación con la neutralidad de carbono de sus productos o servicios. Supedita estas reivindicaciones a la elaboración de un balance de emisiones de gases de efecto invernadero que cubra todo el ciclo de vida del producto o servicio anunciado. Este balance se elaborará de conformidad con los requisitos de la norma de referencia ISO 14067, relativa a la huella de carbono de los productos, o cualquier otra norma compatible con los requisitos de dicha norma.
Las declaraciones de que se trata figuran en correspondencias publicitarias dirigidas a particulares, publicidad impresa distribuida al público, carteles publicitarios, anuncios en publicaciones de prensa, anuncios difundidos en cines, anuncios emitidos por televisión o mediante servicios de radiodifusión o por medio de servicios de comunicación al público en línea, o en el embalaje de los productos.
Este balance, que se requiere en caso de tal reivindicación, se incluirá en un informe en el que también se expondrá la trayectoria de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero asociadas con el producto o servicio anunciado, así como las disposiciones para compensar las emisiones residuales (la naturaleza, la descripción y, en la medida de lo posible, el coste de los proyectos de compensación ejecutados).
Dicho informe se actualizará anualmente a lo largo del período de comercialización del producto o servicio y se publicará en el sitio web del anunciante o, en su defecto, en su aplicación móvil. El enlace web o código de respuesta rápida (código QR) para acceder a esta publicación se indicará en el anuncio o embalaje con la reivindicación de neutralidad de carbono.
El proyecto de Decreto prevé también un sistema de sanciones por incumplimiento de las obligaciones antes mencionadas.
9. El artículo 12 de la Ley n.º 2021-1104, de 22 de agosto de 2021, sobre la lucha contra el cambio climático y el refuerzo de la resiliencia a sus efectos, establece un marco para la publicidad de los productos y servicios presentados como neutros en carbono. Prevé un decreto de ejecución para que los anunciantes formulen reivindicaciones de neutralidad medioambiental para los productos y servicios con el fin de garantizar la transparencia frente al público y evitar cualquier riesgo de «ecoblanqueo» («greenwashing»).
10. Referencias a los textos de base: Artículo 12 de la Ley n.º 2021-1104, de 22 de agosto de 2021, sobre la lucha contra el cambio climático y el refuerzo de la resiliencia a sus efectos
11. No.
12. -
13. No.
14. No.
15. -
16. Aspecto OTC
No - El proyecto no tiene un impacto significativo sobre el comercio internacional.
Aspecto MSF
No. El proyecto no es una medida sanitaria ni fitosanitaria.
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
Fax: +32 229 98043
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