Mensaje 002
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2019) 03019
Directiva (UE) 2015/1535
Traducción del mensaje 001
Notificación: 2019/0533/PL
No abre el plazo - Nezahajuje odklady - Fristerne indledes ikke - Kein Fristbeginn - Viivituste perioodi ei avata - Καμμία έναρξη προθεσμίας - Does not open the delays - N'ouvre pas de délais - Non fa decorrere la mora - Neietekmē atlikšanu - Atidėjimai nepradedami - Nem nyitja meg a késéseket - Ma’ jiftaħx il-perijodi ta’ dawmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Neotvorí oneskorenia - Ne uvaja zamud - Määräaika ei ala tästä - Inleder ingen frist - Не се предвижда период на прекъсване - Nu deschide perioadele de stagnare - Nu deschide perioadele de stagnare.
(MSG: 201903019.ES)
1. MSG 002 IND 2019 0533 PL ES 29-10-2019 PL NOTIF
2. PL
3A. Ministerstwo Przedsiębiorczości i Technologii,
Departament Obrotu Towarami Wrażliwymi i Bezpieczeństwa Technicznego,
Plac Trzech Krzyży 3/5, 00-507 Warszawa,
tel.: (+48) 22 262 93 94, e-mail: notyfikacjaPL@mpit.gov.pl
3B. Ministerstwo Cyfryzacji,
Departament Prawny,
ul. Królewska 27, 00-060 Warszawa,
tel.: (+48) 22 2455915, e-mail: sekretariat.dp@mc.gov.pl
4. 2019/0533/PL - SERV60
5. Proyecto de la Ley relativa a las entregas electrónicas
6. Servicio público de entrega electrónica certificada,
servicio cualificado de entrega electrónica certificada,
servicio público híbrido.
7. -
8. La notificación del proyecto de la Ley relativa a las entregas electrónicas hace referencia, entre otros aspectos, a disposiciones sobre:
- la creación de una dirección para las entregas electrónicas para una entidad pública, una entidad no pública que no sea una persona física o una entidad no pública que sea una persona física,
- el servicio público y cualificado de entrega electrónica certificada prestado de acuerdo con la norma mencionada en el artículo 26 bis, de la Ley, de 5 de septiembre de 2016, relativa a los servicios de confianza y la identificación electrónica,
- el servicio público híbrido.
Además, se establecen normas sobre la transformación, por parte de un operador, de un documento electrónico designado enviado por una entidad pública, en una carta. Al mismo tiempo, el Ministro competente en materia de informatización garantizará el funcionamiento de un sistema de información y comunicación, a través del cual se llevará una base de datos de direcciones electrónicas, se pondrán a disposición servicios de búsqueda en una base de datos de direcciones electrónicas y se recopilará información relativa a los prestadores cualificados de servicios de confianza que prestan servicios cualificados de entrega electrónica certificada.
9. El proyecto de Ley tiene como objetivo definir las normas de intercambio de correspondencia entre las entidades públicas y otras entidades públicas o no públicas. El método de intercambio de correspondencia predeterminado será el servicio público de entrega electrónica certificada prestado de acuerdo con las normas basadas en aquellas previstas en el Reglamento (UE) n.º 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo (Reglamento eIDAS). Este servicio se complementará con un servicio público híbrido, por lo que se permitirá a las entidades públicas enviar correspondencia en formato electrónico predeterminado también en los contactos con las personas en situación de exclusión digital. Asimismo, el proyecto de Ley sienta las bases para el funcionamiento del mercado de los servicios cualificados de entrega electrónica certificada, prestados, de conformidad con una norma definida por el Ministro competente en materia de informatización, por prestadores cualificados de servicios de confianza.
10. No existen textos de base.
11. No
12. -
13. No
14. No
15. Sí
16. Aspecto OTC
No. El proyecto no es un reglamento técnico ni un procedimiento de evaluación.
Aspecto MSF
No. El proyecto no es una medida sanitaria ni fitosanitaria.
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Comisión Europea
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