Mensaje 002
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2020) 00437
Directiva (UE) 2015/1535
Traducción del mensaje 001
Notificación: 2020/0043/PL
No abre el plazo - Nezahajuje odklady - Fristerne indledes ikke - Kein Fristbeginn - Viivituste perioodi ei avata - Καμμία έναρξη προθεσμίας - Does not open the delays - N'ouvre pas de délais - Non fa decorrere la mora - Neietekmē atlikšanu - Atidėjimai nepradedami - Nem nyitja meg a késéseket - Ma’ jiftaħx il-perijodi ta’ dawmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Neotvorí oneskorenia - Ne uvaja zamud - Määräaika ei ala tästä - Inleder ingen frist - Не се предвижда период на прекъсване - Nu deschide perioadele de stagnare - Nu deschide perioadele de stagnare.
(MSG: 202000437.ES)
1. MSG 002 IND 2020 0043 PL ES 05-02-2020 PL NOTIF
2. PL
3A. Ministerstwo Rozwoju,
Departament Obrotu Towarami Wrażliwymi i Bezpieczeństwa Technicznego,
Plac Trzech Krzyży 3/5, 00-507 Warszawa,
tel.: (+48) 22 411 93 94, e-mail: notyfikacjaPL@mr.gov.pl
3B. Ministerstwo Zdrowia,
Departament Zdrowia Publicznego i Rodziny
Miodowa 15, 00-952 Warszawa,
tel. (+48) 22 53 00 318, e-mail: dep-zp@mz.gov.pl
4. 2020/0043/PL - C50A
5. Proyecto de Ley por la que se modifican determinadas leyes para fomentar las decisiones saludables de los consumidores
6. Tasa para las bebidas con azúcares añadidos (monosacáridos o disacáridos), así como sobre los productos alimenticios que contienen esas sustancias, así como edulcorantes, cafeína o taurina;
tasa para las bebidas alcohólicas en envases de hasta 300 ml.
7. -
8. El proyecto propone someter a una tasa adicional las bebidas con azúcares añadidos (monosacáridos o disacáridos), así como los productos alimenticios que contienen esas sustancias, así como edulcorantes, cafeína o taurina. Los ingresos procedentes de la tasa para las bebidas se destinarán en un 96,5 % al Fondo Nacional de la Salud, el cual destinará los fondos obtenidos a las iniciativas de carácter educativo y preventivo, así como a las prestaciones de asistencia sanitaria relacionadas con el mantenimiento y la mejora del estado de salud de los beneficiarios que padezcan enfermedades desarrolladas a causa de decisiones y hábitos de salud inadecuados, sobre todo el sobrepeso y la obesidad. El 3,5 % restante se destinará al presupuesto estatal (para cubrir los gastos de recaudación y ejecución de esas tasas).
En la categoría de las tasas de la licencia de comercio al por mayor de las bebidas alcohólicas, se añadirá una tasa relativa al suministro de bebidas alcohólicas en un volumen nominal no superior a 300 ml a los empresarios titulares de una licencia de venta al por menor de bebidas alcohólicas. La tasa propuesta es de 25 PLN por cada litro de alcohol 100 % en los envases mencionados, suministrados al minorista en cuestión. Los ingresos procedentes de la tasa constituirán en un 50 % los ingresos propios de los municipios (que los destinarán a las iniciativas cuyo fin será la realización de una política local intersectorial contra los efectos negativos del consumo de alcohol), el 50 % restante constituirá los ingresos del Fondo Nacional de la Salud (que se destinará a las acciones preventivas y a las prestaciones de asistencia sanitaria relacionada con la atención psiquiátrica, el tratamiento de adicciones, así como otras consecuencias para la salud del consumo de alcohol).
9. El objetivo principal de la introducción de la tasa es fomentar las decisiones saludables en materia de alimentos, así como mejorar la calidad de la dieta mediante la limitación del consumo de bebidas azucaradas. Una alimentación adecuada constituye el factor medioambiental más importante, que influye en el desarrollo del organismo y garantiza un buen estado de salud. La implantación de una política fiscal relativa a la producción y comercialización de los productos alimenticios cuyo consumo excesivo es perjudicial para la salud favorece la disminución del consumo de estos.
Desde el punto de vista de la salud, el consumo de alcohol no es conveniente para el organismo. En la actualidad, existe una tendencia entre diversos grupos sociales de consumir bebidas alcohólicas en envases de hasta 300 ml, en particular por parte de personas en el trabajo, lo cual tiene un impacto negativo en los modelos sociales.
La aplicación de una política fiscal relativa a la producción y comercialización de los productos alimenticios cuyo consumo excesivo es perjudicial para la salud favorece la documentación de la disminución del consumo de estos.
10. Referencias a los textos de base: - Ley, de 26 de octubre de 1982, relativa a la educación en sobriedad y prevención del alcoholismo (Boletín Oficial de la República de Polonia de 2019, punto 2277),
- Ley, de 11 de septiembre de 2015, sobre la salud pública (Boletín Oficial de la República de Polonia de 2019, punto 2365).
11. No
12. -
13. No
14. Sí
15. Sí
16. Aspecto OTC
No. El proyecto no es un reglamento técnico ni un procedimiento de evaluación.
No. El proyecto no tiene efectos significativos en el comercio internacional.
Aspectos MSF.
No. El proyecto no tiene efectos significativos en el comercio internacional.
No. El proyecto no es una medida sanitaria ni fitosanitaria.
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Comisión Europea
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