Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2024) 1673
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2024/0344/HU
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20241673.ES
1. MSG 001 IND 2024 0344 HU ES 27-06-2024 HU NOTIF
2. Hungary
3A. Európai Uniós Ügyek Minisztériuma
EU Jogi Megfelelésvizsgálati Főosztály - Műszaki Notifikációs Központ
H-1054 Budapest, Báthory u. 10.
E-mail: technicalnotification@eum.gov.hu
3B. Miniszterelnöki Kabinetiroda
Jogi Ügyekért Felelős Helyettes Államtitkárság
4. 2024/0344/HU - SERV30 - Medios
5. Proyecto de Ley por la que se restringe el acceso a contenidos pornográficos en internet para la protección de los niños y por la que se modifican determinados actos relativos a los servicios de comercio electrónico y la publicidad
6. Regulación de la publicidad.
Restricción de los servicios de acceso a internet.
7.
8. El proyecto establece que el proveedor de servicios estará obligado a utilizar en su sitio web un sistema electrónico de fácil acceso, transparente y de fácil uso, con el fin de facilitar la denuncia y la eliminación de todo contenido que infrinja los derechos de la personalidad de los menores.
Según el proyecto, los proveedores de servicios de internet estarán obligados a proporcionar un servicio de detección en internet para filtrar sitios pornográficos, a petición de los padres. Los proveedores de servicios de internet informarán previamente al abonado de la posibilidad de un servicio seguro (que se presta a los usuarios menores de edad) y de que es gratuito para los abonados individuales.
El proyecto establece que el proveedor de servicios también estará obligado a prestar un servicio no filtrado, además de un acceso seguro a internet (que se presta con respecto a los usuarios menores) en el caso de los servicios fijos (a domicilio).
El cribado se realizará sobre la base de una lista negra que se actualice de manera constante, elaborada por la Autoridad Nacional de Medios de Comunicación e Infocomunicaciones, de los sitios web más visitados dedicados específicamente a los contenidos pornográficos.
Con la modificación de las normas de publicidad, el proyecto establece que, en el caso de la publicidad a través de un proveedor de aplicaciones o de un prestador de plataformas de intercambio de vídeos, deberá indicarse claramente la naturaleza del anuncio, teniendo también en cuenta las actividades de los influyentes. Queda prohibida la publicidad de mercancías o productos o su uso dirigida a niños o menores de manera perjudicial o peligrosa para la vida, la salud o la integridad física.
Existe una disposición específica sobre la publicidad de bebidas alcohólicas que, por ejemplo, prohíbe dicha publicidad inmediatamente antes, durante e inmediatamente después de la publicación de cualquier contenido, a través de un proveedor de aplicaciones o de un proveedor de servicios de intercambio de vídeos a través de la Ley CVIII de 2001 sobre determinados aspectos de los servicios de comercio electrónico y los servicios de la sociedad de la información, que se dirige a niños o menores.
9. Con el proyecto de Ley se adoptan medidas para garantizar que los niños utilicen internet de forma segura.
La modificación facilitará la notificación y la eliminación de todo contenido que constituya ciberacoso.
El proyecto tiene por objeto ampliar las prohibiciones de publicidad y replantearse la regulación de la publicidad a través de los proveedores de aplicaciones y los prestadores de plataformas de intercambio de vídeos, teniendo también en cuenta las actividades de los líderes de opinión que influyen en una amplia gama de jóvenes.
La modificación establece que se hará referencia clara a la naturaleza del anuncio en el caso de la publicidad a través de un proveedor de aplicaciones o de un prestadores de plataformas de intercambio de vídeos.
Los efectos nocivos de los contenidos pornográficos en los menores son ampliamente conocidos. La mayoría de los menores tienen un dispositivo inteligente, un acceso a internet o una red wifi en casa.
Conviene exigir a los proveedores de servicios de internet que garanticen, mediante una solución técnica adecuada, que el usuario del servicio de acceso a internet no pueda acceder a ningún contenido pornográfico incluido en la lista negra de la Autoridad Nacional de Medios de Comunicación e Infocomunicaciones, cuando así lo soliciten los abonados (incluidos los padres que compran abonos a internet para sus hijos). Esto se facilitará de forma gratuita a los abonados individuales.
La legislación se introduce en un sistema de eliminación gradual y progresivamente a través del proyecto de Ley.
La modificación también tiene por objeto prohibir la publicidad de bebidas alcohólicas inmediatamente antes, a lo largo e inmediatamente después de que los proveedores de aplicaciones en línea o los prestadores de plataformas de intercambio de vídeos publiquen contenidos para niños o menores.
10. Referencias a los textos de base: Los textos de base se comunicaron en el marco de dos notificaciones anteriores:
2019/0029/HU
11. No
12.
13. No
14. No
15. No
16.
Aspecto TBT: No
Aspecto SPS: No
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
email: grow-dir2015-1535-central@ec.europa.eu