Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2024) 1321
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2024/0270/SI
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20241321.ES
1. MSG 001 IND 2024 0270 SI ES 20-05-2024 SI NOTIF
2. Slovenia
3A. Slovenski inštitut za standardizacijo, Kontaktne točka, Ulica gledališča BTC 2, SI – 1000 Ljubljana, tel: +386 1 478 3065, e-mail: contact@sist.si
3B. Ministrstvo za zdravje, Direktorat za javno zdravje, Štefanova ulica 5, 1000 Ljubljana
4. 2024/0270/SI - X60M - Tabaco
5. Normas sobre la notificación de los productos del tabaco y productos relacionados y los aromatizantes en los cigarrillos electrónicos y los envases de recarga
6. Cigarrillos electrónicos y envases de recarga, productos a base de hierbas para fumar, productos novedosos del tabaco.
7.
8. Las Normas propuestas sobre la notificación de los productos del tabaco y productos relacionados y los aromatizantes en los cigarrillos electrónicos y los envases de recarga establecen las mismas tasas para los productos novedosos del tabaco, los productos a base de hierbas para fumar y los productos a base de hierbas para calentar que se aplican a los productos tradicionales del tabaco sobre la base de las Normas sobre la notificación de los productos del tabaco y los productos relacionados (Boletín Oficial de la República de Eslovenia, n.º 9/18).
Además, las Normas propuestas, siguiendo el ejemplo de los Países Bajos, especifican dieciséis sustancias autorizadas, como aromatizantes, en el líquido o en cualquier otro componente de los cigarrillos electrónicos, los cigarrillos electrónicos sin nicotina, los envases de recarga o los envases de recarga sin nicotina.
9. Con la Ley por la que se modifica y completa la Ley de restricción del uso de productos del tabaco y productos relacionados (Boletín Oficial de la República de Eslovenia, n.º 31/24) (en adelante, «ZOUTPI-B», por su versión en esloveno) también se introdujeron tasas por la recepción, el almacenamiento, la manipulación, el análisis y la publicación de datos sobre productos novedosos del tabaco, productos a base de hierbas para fumar y productos a base de hierbas para calentar, en las mismas cantidades que se aplican a los productos del tabaco desde 2018, con el fin de abordar todos los productos del tabaco y los productos relacionados de manera exhaustiva.
Además, la ZOUTPI-B establece que los líquidos con nicotina y los líquidos sin nicotina en los cigarrillos electrónicos, los cigarrillos electrónicos sin nicotina, los envases de recarga y los envases de recarga sin nicotina no deben contener más aromatizantes que el sabor o el olor del tabaco. Según la ZOUTPI-B, las Normas establecerán condiciones más detalladas a este respecto.
Las Normas propuestas, siguiendo el ejemplo de los Países Bajos, especifican un conjunto de dieciséis sustancias que se permitirán, como aromatizantes, en cigarrillos electrónicos, cigarrillos electrónicos sin nicotina, envases de recarga o envases de recarga sin nicotina. Esto dará lugar a una prohibición de la producción y comercialización de cigarrillos electrónicos y envases de recarga con aromatizantes distintos del tabaco, que no están incluidos en el conjunto autorizado de sustancias. Los fabricantes e importadores podrán comprobar exactamente qué sustancias están autorizadas antes de comercializar estos productos. Además, en caso de duda sobre la conformidad de un producto, puede determinarse, sobre la base de un análisis químico, si existen sustancias no autorizadas presentes en los líquidos como aromatizantes.
Al limitar los aromatizantes en los cigarrillos electrónicos, queremos reducir su atractivo y proteger a todos, especialmente a los niños y a los adolescentes, del acceso a los cigarrillos electrónicos, protegiendo, así, también su salud, que puede estar en peligro por la inhalación de sustancias nocivas en el aerosol de los cigarrillos electrónicos. Los aromatizantes atractivos reducen la percepción de nocividad y aumentan la voluntad de probar el producto, hacen que el aerosol sea más agradable para inhalar, lo que facilita su inicio y uso. Cada vez son más las investigaciones que muestran que, entre los adolescentes que de otro modo no fuman, el uso de un cigarrillo electrónico aumenta significativamente la probabilidad (hasta cuatro veces) de que también empiecen a fumar cigarrillos regulares. El uso de cigarrillos electrónicos se asocia con un mayor riesgo de enfermedades cardiovasculares, enfermedades respiratorias y cáncer. Además de la irritación de la boca y la garganta, la tos, las náuseas, el dolor de cabeza y la adicción a la nicotina, los efectos a corto plazo sobre la salud incluyen ataques epilépticos y daños pulmonares. En 2019, varios miles de personas en los Estados Unidos, principalmente jóvenes, sufrieron lesiones pulmonares agudas relacionadas con el uso de cigarrillos electrónicos, con numerosas muertes y graves consecuencias para la salud respiratoria.
Al limitar los aromatizantes atractivos en los cigarrillos electrónicos, daremos un paso importante hacia la realización de la visión a largo plazo de la Estrategia para una Eslovenia sin tabaco que convierta a Eslovenia en una sociedad libre de tabaco de aquí a 2040. Esto significa que la proporción de la población de quince años o más que consumirá tabaco, productos relacionados y otros productos de nicotina no registrados como terapia de reemplazo de nicotina no superará el 5 %. Queremos contribuir a mejorar la salud de las personas y la sostenibilidad del sistema sanitario en el futuro.
10. Referencias a los textos de base: No existen textos de base.
11. No.
12.
13. No.
14. No
15. No
16.
Aspecto TBT:
El proyecto es un reglamento técnico o una evaluación de la conformidad
Aspecto SPS: No
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
email: grow-dir2015-1535-central@ec.europa.eu