Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2024) 1800
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2024/0379/FR
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20241800.ES
1. MSG 001 IND 2024 0379 FR ES 03-07-2024 FR NOTIF
2. France
3A. Ministère de l'économie, des finances et de la souveraineté industrielle et numérique
Direction générale des entreprises
SCIDE/SQUALPI - Pôle Normalisation et réglementation des produits
Bât. Sieyès -Teledoc 143
61, Bd Vincent Auriol
75703 PARIS Cedex 13
3B. Direction générale des entreprises
Service de la compétitivité et de l'innovation des entreprises
Sous-direction du développement des entreprises (SDDE)
Droit des affaires
61, boulevard Vincent Auriol
75703 PARIS Cedex 13
Direction générale de la consommation, de la concurrence et de la répression des fraudes
Service de la protection des consommateurs et de la régulation des marchés
Sous-direction services, réseaux et numérique
Bât. Condorcet - Télédoc 213
59 boulevard Vincent Auriol
75703
4. 2024/0379/FR - SERV60 - Servicios de internet
5. Proyecto de Ordenanza por la que se modifica la Ley n.º 2023-451, de 9 de junio de 2023, destinada a regular la influencia comercial y luchar contra los abusos de los influyentes en las redes sociales
6. Proveedores de servicios de la sociedad de la información (en este caso, personas que ejercen actividades de influencia comercial por medios electrónicos).
7.
8. La Ordenanza contiene un único artículo.
El apartado I modifica el artículo 1 de la Ley n.º 2023-451, de 9 de junio de 2023, con el fin de cumplir la regla del principio del país de origen que se impone en la Directiva sobre el comercio electrónico y en la Directiva de servicios de comunicación audiovisual, así como recordar las excepciones a esta regla permitidas por dichas Directivas.
El apartado II reproduce el artículo 4 de la Ley n.º 2023-451, de 9 de junio de 2023, que establece las prohibiciones y las directrices sectoriales de la publicidad realizada por los influyentes con el fin de permitir a la Comisión controlar su conformidad con el Derecho de la Unión.
El apartado III reproduce el artículo 5 de la Ley n.º 2023-451, de 9 de junio de 2023, y reformula las disposiciones relativas a la exhibición de la intención comercial, con el fin de adaptarlas a la Directiva 2005/29/CE relativa a las prácticas comerciales desleales.
El apartado IV reproduce el artículo 9 de la Ley n.º 2023-451, de 9 de junio de 2023, en lo que respecta a los requisitos de representación legal de las personas que ejercen actividades de influencia comercial establecidas en otro territorio de un Estado miembro de la Unión Europea, de la Confederación Suiza o del Espacio Económico Europeo.
9. El objeto del presente proyecto de Ordenanza es notificar a la Comisión Europea el proyecto de Ordenanza que reproduce los artículos 1, 4, 5 y 9 de la Ley n.º 2023-451, de 9 de junio de 2023, con el fin de garantizar el pleno cumplimiento de dicha Ley con los textos de la legislación de la Unión Europea que le sean aplicables.
En efecto, el artículo 3 de la Ley n.º 2024-364, de 22 de abril de 2024, que contiene diversas disposiciones para adaptar los ámbitos de la economía, las finanzas, la transición ecológica, el Derecho penal, el Derecho social y en materia agrícola al Derecho de la Unión (DDADUE, por su versión en francés), autorizó al Gobierno a modificar, en un plazo de nueve meses a partir de su promulgación, mediante una ordenanza (artículo 38 de la Constitución), la Ley n.º 2023-451, de 9 de junio de 2023, sobre la influencia comercial, con el fin, en particular, de adaptar los artículos 1, 4, 5 y 9 de dicha Ley a:
a) las normas europeas aplicables a los servicios de la sociedad de la información derivadas de la Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2000, relativa a determinados aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información, en particular el comercio electrónico en el mercado interior (Directiva sobre el comercio electrónico) y de la Directiva (UE) 2015/1535 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de septiembre de 2015, por la que se establece un procedimiento de información en materia de reglamentaciones técnicas y de reglas relativas a los servicios de la sociedad de la información;
b) las normas europeas aplicables al mercado único de los servicios digitales derivadas del Reglamento (UE) 2022/2065 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de octubre de 2022, relativo a un mercado único de servicios digitales y por el que se modifica la Directiva 2000/31/CE (Reglamento de Servicios Digitales);
c) las normas europeas aplicables a los servicios de comunicación audiovisual derivadas de la Directiva (UE) 2018/1808 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de noviembre de 2018, por la que se modifica la Directiva 2010/13/UE sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas a la prestación de servicios de comunicación audiovisual (Directiva de servicios de comunicación audiovisual), habida cuenta de la evolución de las realidades del mercado;
d) las normas europeas aplicables a las prácticas comerciales desleales derivadas de la Directiva 2005/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2005, relativa a las prácticas comerciales desleales de las empresas en sus relaciones con los consumidores en el mercado interior, que modifica la Directiva 84/450/CEE del Consejo, las Directivas 97/7/CE, 98/27/CE y 2002/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (CE) n.º 2006/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo (Directiva sobre las prácticas comerciales desleales).
La finalidad de la notificación de este proyecto de Ordenanza es permitir su puesta en conformidad.
Por último, el artículo 3 de la DDADUE mencionada derogó los artículos 10, 12, 15, 11 y 18 de la Ley de 9 de junio de 2023.
10. Referencias a los textos de base:
11. No.
12.
13. No.
14. No
15. No
16.
Aspecto TBT: No
Aspecto SPS: No
**********
Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
email: grow-dir2015-1535-central@ec.europa.eu