Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2024) 2560
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2024/0535/SK
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20242560.ES
1. MSG 001 IND 2024 0535 SK ES 23-09-2024 SK NOTIF
2. Slovakia
3A. Úrad pre normalizáciu, metrológiu a skúšobníctvo SR
Odbor skúšobníctva a európskych záležitostí
Centrálna jednotka pre smernicu (EÚ) 2015/1535
P. O. Box 76
Štefanovičova 3
810 05 Bratislava 15
e-mail: 2015.1535@normoff.gov.sk
3B. Ministerstvo financií SR, Sekcia daňová a colná
4. 2024/0535/SK - C50A - Productos alimenticios
5. Proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto n.º 537/2011 por el que se establecen los requisitos para la disposición de una instalación de producción de alcohol, el equipo de transformación del alcohol, el almacenamiento del alcohol, el transporte del alcohol, la retirada del almacenamiento y la aceptación del alcohol, el control de la cantidad del alcohol, la determinación de las existencias de alcohol y la forma en que se llevan los registros de alcohol (sobre el control de la producción y circulación de alcohol), en su versión modificada por el Decreto n.º 82/2013
6. Para la producción de alcohol, será posible utilizar, a efectos de la evaluación organoléptica del alcohol y de la separación de las fracciones no deseadas de la destilación, un dispositivo de muestreo de alcohol que será un medidor calibrado obligatoriamente.
7.
8. El objetivo del presente proyecto de Decreto es abordar los obstáculos técnicos relacionados con la producción de alcohol y tener en cuenta los conocimientos adquiridos por la administración tributaria al llevar a cabo la supervisión fiscal en la práctica. Al mismo tiempo, se actualizan las referencias a la legislación relacionada que rige la metrología o la evaluación de la conformidad.
9. El Decreto regula la producción del alcohol, la transformación, el almacenamiento y la circulación del alcohol, así como el control de la cantidad del alcohol producido realizado por la administración tributaria. Establece, por ejemplo, los detalles de la disposición de la instalación de producción de alcohol, las disposiciones de seguridad, los requisitos de los medidores utilizados para medir la cantidad de alcohol, los métodos para determinar la cantidad de alcohol producido, para determinar la cantidad de alcohol recibido y dispensado, así como para llevar registros del alcohol recibido y dispensado.
Las instalaciones de producción destinadas a la producción de alcohol estarán equipadas, de conformidad con el Decreto, con caudalímetros volumétricos para los líquidos utilizados para el muestreo de alcohol. Estos dispositivos están verificados o tienen una declaración de conformidad, de acuerdo con la normativa que rige el ámbito de la metrología. Actualmente, hay instalaciones de producción en el mercado que no cumplen estos requisitos. Esta situación debe adaptarse a las necesidades de la práctica, se permite utilizar un dispositivo de medición para el muestreo de alcohol, que es un medidor calibrado obligatoriamente, y al mismo tiempo determinar las condiciones de su uso.
10. Referencias a los textos de base: Los textos de base se comunicaron en el marco de dos notificaciones anteriores:
2012/0638/SK;
2011/0654/SK.
11. No.
12.
13. No.
14. No
15. No
16.
Aspecto TBT: No
Aspecto SPS: No
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
email: grow-dir2015-1535-central@ec.europa.eu