Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2024) 3449
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2024/0706/RO
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20243449.ES
1. MSG 001 IND 2024 0706 RO ES 19-12-2024 RO NOTIF
2. Romania
3A. Ministerul Economiei, Antreprenoriatului si Turismului - Directia Afaceri Europene si Relatii Internationale
Calea Victoriei nr.152, sector 1 , Bucuresti
Tel: +40372492634
Email: reglementari_tehnice@economie.gov.ro
3B. Ministerul Dezvoltării, Lucrărilor Publice și Administrației - Direcția Urbanism și Construcții - Serviciul Reglementări în Construcții
Bd. Libertății nr. 16, Latura Nord, Sector 5, București, cod 050706
Telefon 004 0372114599, 004 0372114574, Fax 004 0372114533
E-mail: carmen.iliescu@mdlpa.gov.ro , elena.calarasu@mdlpa.gov.ro
4. 2024/0706/RO - B00 - Construcción
5. Código de diseño sísmico. Parte I: Disposiciones para el diseño de edificios, número de referencia P 100-1/2025
6. Código de diseño sísmico. Parte I: Disposiciones para el diseño de edificios, número de referencia P 100-1/2025
7.
8. El Código de diseño sísmico. Parte I: Disposiciones para el diseño de edificios, número de referencia P 100-1/2025, se aplicará al diseño sísmico de edificios. El Código de diseño sísmico P 100-1 contiene disposiciones sobre el diseño de edificios, específicas del requisito de calidad «resistencia mecánica y estabilidad» establecido por la Ley n.º 10/1995 sobre calidad en la construcción, republicada, en su versión modificada y complementada posteriormente, a saber, requisitos básicos, requisitos de prestaciones y requisitos prescriptivos para el diseño de edificios para acciones sísmicas, estructurados en capítulos y anexos de carácter normativo o informativo. Las disposiciones de la reglamentación técnica se aplicarán al diseño de edificios nuevos y al diseño de obras de intervención en edificios existentes realizadas para reducir la susceptibilidad de sufrir daños por acciones sísmicas. Las disposiciones del Código P 100-1 están armonizadas con las disposiciones de la norma rumana SR EN 1998-1 y se utilizan junto con las demás reglamentaciones técnicas en la construcción. La estructura del Código P 100-1 es la siguiente: 1. Generalidades, 2. Requisitos básicos, 3. Acción sísmica de diseño, 4. Diseño sísmico, 5. Estructuras de hormigón, 6. Estructuras de acero, 7. Estructuras compuestas, 8. Estructuras de mampostería, 9. Estructuras de madera, 10. Componentes no estructurales, 11. Dispositivos sísmicos, anexo A - Acción sísmica. Definiciones y disposiciones adicionales, anexo B - Observaciones. Los capítulos 1 a 11 y el anexo A son de carácter normativo, mientras que el anexo B es de carácter informativo.
9. La revisión del Código de diseño sísmico P100-1/2013, la edición en vigor del Código, tiene como objetivo aumentar el nivel de seguridad de los edificios reduciendo su susceptibilidad a sufrir daños por acción sísmica. La revisión fue necesaria ya que la práctica de construir estructuras sismorresistentes ha cambiado, particularmente para edificios de altura media y alta de varios pisos, desde la revisión anterior. Además, la evolución de las soluciones de «software» de análisis estructural y de detalle hace necesario normalizar los procedimientos de modelado y la interpretación de los resultados cuando se utilizan métodos de complejidad superior. Esta normalización no se aborda exhaustivamente en la edición actual del Código. La revisión de la reglamentación técnica tendrá en cuenta lo siguiente:
- redefinir los requisitos básicos para el diseño sísmico de los edificios,
- redefinir la acción sísmica de diseño en todo el territorio nacional, de acuerdo con la práctica internacional actual, con una reducción en la probabilidad de superar la aceleración sísmica de diseño en 50 años del 20 % al 10 % (el intervalo de recurrencia promedio de la aceleración sísmica de diseño aumenta de 225 años a 475 años),
- revisar determinadas disposiciones basadas en las innovaciones realizadas en todo el mundo en los últimos 10 años en materia de ingeniería sísmica, como se refleja en la evolución de los documentos normativos de diseño,
- introducir limitaciones en las soluciones diseñadas de acuerdo con las observaciones sobre daños o colapso de edificios a raíz de fuertes terremotos que han afectado a países con ingeniería sísmica avanzada en los últimos 15 años (Nueva Zelanda, Chile, Italia, Turquía). Se prevé fomentar el uso de edificios regulares en planta y elevación, teniendo en cuenta que las irregularidades estructurales fueron la principal causa de los graves daños o colapso de edificios durante estos terremotos,
- aclarar las disposiciones sobre la inspección sísmica de los edificios en el estado límite de servicio, con el fin de controlar su degradación durante terremotos relativamente frecuentes,
- aclarar los requisitos de diseño sísmico para los componentes no estructurales para los que no existe una base reguladora amplia para el diseño. Reforzar las disposiciones destinadas a limitar la degradación de muros de mampostería no estructurales en estructuras de hormigón o acero,
- perfeccionar las disposiciones normativas que afectan al equilibrio entre la inversión inicial para la construcción de la estructura del edificio y los costes previstos para la reparación posterior al terremoto, con el fin de reducir los costes de reparación,
- regular la manera en que pueden utilizarse soluciones innovadoras en el diseño sísmico sobre la base de homologaciones técnicas específicas que contengan disposiciones sobre la idoneidad para el uso de productos en condiciones de tensión sísmica,
- disociar clara y sistemáticamente las disposiciones normativas e informativas para mejorar la uniformidad de las prácticas de diseño sísmico de los edificios. Reducir el número de disposiciones que contengan recomendaciones o normas de buenas prácticas,
- revisar la redacción de las disposiciones para desalentar las prácticas desleales en el diseño o la verificación técnica en detrimento de la seguridad de los edificios frente a las acciones sísmicas,
aumentar la proporción de disposiciones normativas cuyo cumplimiento sea fácilmente verificable por un especialista independiente, sobre la base de criterios geométricos simples.
Las disposiciones de esta reglamentación técnica reflejan el nivel de conocimiento en el momento de su elaboración sobre las acciones, los principios y las reglas de cálculo y composición de las construcciones, así como las prestaciones y los requisitos para la construcción y los productos de construcción que se utilizaron. A medida que la investigación teórica y los programas experimentales obtengan datos e información adicionales sobre el comportamiento de los edificios durante los terremotos y los supuestos de cálculo utilizados, estos constituirán la base para fundamentar las modificaciones técnicas de este Código, de conformidad con la ley y el procedimiento de revisión de las reglamentaciones técnicas.
10. Referencias a los textos de base: Los textos de base se comunicaron en el marco de una notificación anterior:
2018/0415/RO.
11. No.
12.
13. No.
14. No
15. No
16.
Aspecto TBT: No
Aspecto SPS: No
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
email: grow-dir2015-1535-central@ec.europa.eu