Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2025) 2590
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2025/0531/CZ
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20252590.ES
1. MSG 001 IND 2025 0531 CZ ES 23-09-2025 CZ NOTIF
2. Czechia
3A. Úřad pro technickou normalizaci, metrologii a státní zkušebnictví
Biskupský dvůr 1148/5
110 00 Praha 1
tel: +420 221 802 216
e-mail: eu9834@unmz.gov.cz
3B. Státní úřad pro jadernou bezpečnost
Senovážné náměstí 9,
110 00 Praha 1
Tel.:+420 221 624 746
e-mail: pravni.oddeleni@sujb.gov.cz
4. 2025/0531/CZ - B20 - Seguridad
5. Proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto n.º 358/2016 sobre los requisitos para garantizar la calidad y la seguridad técnica y la evaluación y verificación de la conformidad de los equipos seleccionados
6. Equipo seleccionado (en el ámbito de los usos pacíficos de la energía nuclear), embalaje para el transporte, almacenamiento o eliminación de sustancias radiactivas o fisibles
7.
8. La modificación del Decreto n.º 358/2016 está motivada por la necesidad de adaptar la práctica actual al despliegue previsto de nuevas fuentes nucleares. Propuestas de modificación:
• Formal y materialmente, existe una distinción entre los procesos de «reparación» y «mantenimiento», que, especialmente en la operación de equipos seleccionados, no siempre se ha delimitado de forma clara y precisa en la práctica.
• Aplicación del concepto de «parte del equipo seleccionado» introducido por la modificación de la Ley n.º 83/2025.
• Adición de medidas para prevenir los denominados artículos falsificados o fraudulentos. Se trata de equipos para los que no se evaluó adecuadamente el cumplimiento de los requisitos técnicos, se realizaron pruebas inadecuadas con diversos grados de planificación o intención, se elaboraron documentos inadecuados y, posteriormente, estos equipos se entregaron y desplegaron en la explotación de la instalación nuclear como equipos seleccionados de pleno derecho y plenamente conformes con la legislación.
• Cambios en los procedimientos de evaluación de la conformidad (por ejemplo, el operador de la instalación nuclear, y por tanto del equipo seleccionado, es aceptado como organismo de evaluación de la conformidad para sus propias necesidades. Este concepto fue introducido por la mencionada enmienda a la Ley de energía atómica y se desarrolla en mayor medida en el Decreto).
• Requisitos marco recientemente establecidos para las personas que realizan evaluaciones de la conformidad.
• Modificaciones de los anexos del Decreto, concretamente en ámbitos específicos de los requisitos técnicos, en los que se aclaran los requisitos individuales, así como en procedimientos específicos de evaluación de la conformidad, en los que se introducen en parte nuevos procedimientos de evaluación de la conformidad, por ejemplo, para evaluar la conformidad de partes de equipos seleccionados por el operador. Al mismo tiempo, se están introduciendo algunos cambios en los procedimientos de evaluación de la conformidad existentes, tal como exige la práctica.
La cláusula de reconocimiento mutuo se establece en la Ley atómica (Ley n.º 263/2016).
Palabras clave: seguridad técnica, garantía de calidad, evaluación de la conformidad, equipos seleccionados, embalaje para transporte, almacenamiento o eliminación de materiales radiactivos o fisibles.
9. El Decreto n.º 358/2016 es la legislación de ejecución, en particular para los artículos 57, 58 y 59 de la Ley de energía atómica. En estas disposiciones, la Ley de energía atómica regula el ámbito de la denominada seguridad técnica, es decir, los requisitos para el equipo seleccionado que tiene un impacto particularmente significativo en la garantía de la seguridad nuclear porque contribuye al desempeño de las funciones de seguridad. En las instalaciones nucleares, este equipo seleccionado es de vital importancia, ya que su correcto funcionamiento y el correcto cumplimiento de las características requeridas contribuyen a garantizar la seguridad nuclear. El Decreto establece no solo los requisitos técnicos para determinados tipos de este equipo seleccionado, sino que, en particular, en relación con la Ley atómica, regula la forma en que se evalúa la conformidad de este equipo con los requisitos técnicos que se le imponen durante el diseño, la producción, el montaje y la puesta en servicio de este equipo seleccionado.
Esta evaluación de la conformidad es realizada por personas acreditadas, personas autorizadas o, en su caso, el fabricante o importador de este equipo seleccionado. El Decreto establece tanto el alcance como los métodos de evaluación de la conformidad en función de las clases de seguridad en las que se clasifiquen los equipos seleccionados. Por último, pero no por ello menos importante, el Decreto regula los denominados ensayos técnicos de seguridad o conformidad, lo que significa que, en una situación en la que un equipo seleccionado ya está siendo utilizado en la explotación de una instalación nuclear, su conformidad permanente con los requisitos técnicos debe evaluarse continuamente.
Sobre la base de la experiencia práctica, actualmente es necesario complementar el Decreto en varios aspectos. A raíz de la modificación de la Ley atómica n.º 83/2025, se están ampliando algunos conceptos, se están flexibilizando algunos requisitos en el caso de partes del equipo seleccionado y también se están introduciendo una serie de nuevas posibilidades relacionadas con la participación del operador del equipo seleccionado en los procedimientos de evaluación de la conformidad.
10. Referencias a los textos de base: 2016/0299/CZ
Los textos de base fueron remitidos en del marco de una notificación anterior:
2016/0299/CZ
11. No
12.
13. No
14. No
15. Sí
16.
Aspecto TBT:
El proyecto es un reglamento técnico o una evaluación de la conformidad
Aspecto SPS: No
**********
Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
email: grow-dir2015-1535-central@ec.europa.eu