Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2025) 3289
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2025/0694/BE
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20253289.ES
1. MSG 001 IND 2025 0694 BE ES 19-11-2025 BE NOTIF
2. Belgium
3A. FOD Economie, KMO, Middenstand en Energie
Algemene Directie Kwaliteit en Veiligheid - Dienst Verbindingsbureau - BELNotif
NG III – 2de verdieping
Koning Albert II-laan, 16
B - 1000 Brussel
be.belnotif@economie.fgov.be
3B. Interregionale Verpakkingscommissie
Directie
4. 2025/0694/BE - S20E - Residuos
5. ACUERDO DE COOPERACIÓN DE [XXX] POR EL QUE SE MODIFICA EL ACUERDO DE COOPERACIÓN DE 4 DE NOVIEMBRE DE 2008 SOBRE LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN DE RESIDUOS DE ENVASES
6. Residuos de envases
7.
8. Este Acuerdo de cooperación es un instrumento con fuerza legal, que se aplicará a todo el territorio de Bélgica. El objetivo de la legislación es modificar el Acuerdo de Cooperación de 4 de noviembre de 2008 sobre la prevención y gestión de los residuos de envases, que regula la responsabilidad ampliada del productor en materia de residuos de envases. Estos cambios son necesarios debido al Reglamento sobre envases (UE) 2025/40 y adaptan la legislación belga al Reglamento sobre envases.
Consideramos que las disposiciones de este Acuerdo de Cooperación no contienen ninguna nueva reglamentación técnica, ni de jure ni de facto.
Sin embargo, este Acuerdo de Cooperación también modifica las disposiciones introducidas en el Acuerdo de Cooperación de 4 de noviembre de 2008 por el Acuerdo de Cooperación sobre el marco de responsabilidad ampliada del productor en cuanto a determinados flujos de residuos y basura, que fue notificado anteriormente (Notificación: 2023/0490/BE).
Las disposiciones introducidas por el Acuerdo de Cooperación sobre el marco de la responsabilidad ampliada del productor en cuanto a determinados flujos de residuos y basura constituían una transposición y aplicación parciales de la Directiva (UE) 2019/904 relativa a los plásticos de un solo uso. Sin embargo, por lo que se refiere a la responsabilidad ampliada del productor por la basura procedente de los residuos de envases, las regiones han ampliado el ámbito de aplicación de la Directiva sobre plásticos de un solo uso a las latas y los envases de cigarrillos. La tasa por el cumplimiento colectivo de la responsabilidad ampliada del productor por la basura procedente de los residuos de envases se impuso formalmente a todos los residuos de envases domésticos, en lo que respecta a los diferentes flujos de residuos de envases domésticos, pero el cálculo de la tasa se basó únicamente en los siguientes subflujos: envases incluidos en el ámbito de aplicación de la Directiva sobre plásticos de un solo uso, latas y envases de cigarrillos.
En la versión finalmente aprobada del Acuerdo de cooperación sobre el marco para la responsabilidad ampliada del productor en cuanto a determinados flujos de residuos y basura, en comparación con la versión notificada en 2023, se realizaron algunas aclaraciones adicionales del texto en lo que respecta a los subflujos pertinentes para el cumplimiento individual de la responsabilidad ampliada del productor en relación con la basura procedente de los residuos de envases y el cumplimiento colectivo de los mismos a través de la opción organizativa y financiera. Sin embargo, estas aclaraciones tienen poco o ningún impacto en la práctica.
Como se ha mencionado anteriormente, ya se ha notificado el Acuerdo de cooperación sobre el marco para la responsabilidad ampliada del productor en cuanto a determinados flujos de residuos y basura. Esto se debió a la ampliación del ámbito de aplicación de la responsabilidad ampliada del productor por la basura procedente de los residuos de envases con respecto a la Directiva sobre plásticos de un solo uso. En consecuencia, como medida cautelar y en aras de la coherencia, también se notifica el actual Acuerdo de Cooperación.
La notificación se realiza a pesar de que, como se ha indicado, las disposiciones del actual Acuerdo de Cooperación no constituyen, en nuestra opinión, nuevos reglamentos técnicos, ni de iure ni de facto.
Además, en el marco del actual Acuerdo de Cooperación, no se introducirán cambios o aclaraciones sustanciales adicionales en relación con la responsabilidad ampliada del productor por la basura procedente de los residuos de envases. Se trata exclusivamente de ajustes de forma.
9. La modificación de la legislación es necesaria para adaptar la legislación nacional a la legislación europea modificada, en virtud de la cual una Directiva (94/62/CE) fue sustituida por un Reglamento [Reglamento (UE) 2025/40].
10. Números o títulos de los textos de base: 2023/0490/BE
Los textos de base se comunicaron en el marco de una notificación anterior:
2023/0490/BE
11. No.
12.
13. No.
14. No
15. No
16.
Aspecto TBT: No
Aspecto SPS: No
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
email: grow-dir2015-1535-central@ec.europa.eu