Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2026) 0555
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2026/0090/DK
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20260555.ES
1. MSG 001 IND 2026 0090 DK ES 23-02-2026 DK NOTIF
2. Denmark
3A. Erhvervsstyrelsen
3B. Miljøstyrelsen
4. 2026/0090/DK - S10E - Envasado
5. Orden sobre determinados requisitos relativos a los envases, la responsabilidad ampliada del productor en materia de envases y otros residuos recogidos con residuos de envases
6. Residuos
7.
8. Las modificaciones afectan a los artículos 102 a 105 y 107 y a los nuevos anexos 17 y 18 del apéndice adjunto.
Con la modificación de la Orden, se fijarán tasas máximas que definen el nivel de servicio en la recogida de residuos de envases de los municipios que los productores tienen que pagar. Las tasas máximas establecen un precio por tonelada para determinadas fracciones de residuos recogidas a través de sistemas de recogida dentro de tres segmentos municipales. Se indican las tasas máximas provisionales, pero estas deben ser objeto de una calificación adicional antes de que la Orden entre en vigor.
Modificación del artículo 105
El 29 de septiembre de 2025, se introdujo una solución temporal en la Orden sobre envases con el objetivo de reducir de forma inmediata los costes de los productores por la gestión municipal de los residuos de envases. Esta solución debe funcionar hasta que se diseñe y aplique una medida permanente para reducir los costes de los productores para los municipios. La medida a largo plazo para reducir los costes de los productores para los municipios es la introducción de tasas máximas, tal y como se ha descrito anteriormente. Sin embargo, con la solución temporal, los productores han pagado demasiado poco a los municipios durante el período comprendido entre el 1 de octubre de 2025 y el 1 de julio de 2026. Esto debe ajustarse. Así pues, este ajuste se ha aplicado en la Orden. Esta modificación introduce una disposición por la cual el ayuntamiento cobrará, durante un período de cuatro años, un recargo sobre las recaudaciones trimestrales. El recargo asciende al 20 %, más el tipo de interés de mercado, de la tasa cobrada por el ayuntamiento el 1 de octubre de 2025, el 1 de enero de 2026 y el 1 de abril de 2026.
El factor de densidad de los artículos 94, 97, 98, 99 y el nuevo anexo 16 «Tasas administrativas de la Agencia de Protección del Medio Ambiente y del Organismo de Responsabilidad del Productor de Dinamarca» se calcularán en relación con la cantidad notificada en kilogramos. Con el fin de evitar que los materiales pesados paguen proporcionalmente demasiado y los materiales ligeros proporcionalmente demasiado poco, se aplica una compensación de peso para cada categoría de materiales. La igualación del peso entre los diferentes materiales de envasado se llevará a cabo utilizando una tabla de factores de densidad. Los factores de densidad aún no se han calculado, razón por la cual no se incluyen en la consulta.
Compensación por residuos comerciales: artículos 65 a 67 y 120
En virtud de la Orden sobre envases vigente, una empresa generadora de residuos tiene derecho a solicitar a los productores el pago de los costes de recogida, transporte y tratamiento de los residuos de envases comerciales, véanse los artículos 65 y 66. La próxima modificación estipulará en la Orden que la empresa productora de residuos, mediante autorización escrita, tiene derecho a permitir que el recolector de residuos solicite el pago en nombre de la empresa productora de residuos. Además, el artículo 3 especifica otros requisitos de contenido para la solicitud de pago (véase el artículo 66).
Obligación de proporcionar información en virtud del artículo 26, apartado 3.
Con la modificación de la Orden, se introducirá la obligación de facilitar información para las empresas que puedan estar sujetas a registro (véase el artículo 21 de la Orden sobre envases). Por lo tanto, estas empresas estarán obligadas, a petición de la Agencia de Protección del Medio Ambiente, a facilitar la información necesaria para que el Organismo de Responsabilidad del Productor de Dinamarca pueda decidir si la empresa está cubierta por las normas en materia de responsabilidad ampliada del productor y, por lo tanto, está obligada a inscribirse en el registro de productores.
Actualización de las claves de distribución en el anexo 8
Además, se ha actualizado el anexo 8 de la Orden sobre envases, que contiene las claves de distribución de la proporción de residuos de envases con claves de distribución para tres nuevos grupos: atención sanitaria y servicios sociales, agricultura y construcción, respectivamente.
9. Las modificaciones se refieren a la aplicación de medidas nacionales por parte del Gobierno para reducir los costes administrativos y financieros de las empresas asociados a la responsabilidad del productor en materia de envases.
10. Referencias a los textos de base: No existen textos de base
11. No.
12.
13. No.
14. No
15. Sí
16.
Aspecto TBT: No
Aspecto SPS: No
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
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