Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2026) 1935
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2026/0379/DE
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20261935.ES
1. MSG 001 IND 2026 0379 DE ES 14-07-2026 DE NOTIF
2. Germany
3A. Bundesministerium für Wirtschaft und Energie, Referat EB3
3B. Bundesministeriums für Umwelt, Klimaschutz, Naturschutz und nukleare Sicherheit, Referat N II 3
4. 2026/0379/DE - C00A - Agricultura, pesca y productos alimenticios
5. Reglamento por el que se aplica la Directiva (UE) 2023/2413 relativa a los requisitos para la producción sostenible de biomasa destinada a la generación de electricidad y de biocombustibles para la propulsión
6. El ámbito de aplicación abarca la biomasa líquida, la biomasa sólida y los biocombustibles gaseosos, así como la electricidad generada a partir de biocombustibles líquidos y combustibles de biomasa, incluidos también los biocombustibles para la propulsión.
7.
8. El proyecto notificado incluye modificaciones de la Ordenanza sobre la sostenibilidad de la electricidad procedente de biomasa (BioSt-NachV, por su versión en alemán) y de la Ordenanza sobre la sostenibilidad de los biocombustibles (Biokraft-NachV, por su versión en alemán). Sirve para aplicar a nivel nacional los requisitos de sostenibilidad, en su versión modificada por la Directiva sobre fuentes de energía renovables [Directiva (UE) 2023/2413, RED III], así como los objetivos de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, que son requisitos previos para la financiación del uso de biomasa para la generación de electricidad y la producción de biocombustibles.
También incluye medidas para mejorar la prevención del fraude y las adaptaciones derivadas de las modificaciones introducidas en el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/996.
9. Las modificaciones de las Ordenanzas BioSt-NachV y Biokraft-NachV tienen por objeto transponer la Directiva (UE) 2023/2413 (RED III), el artículo 2, apartado 44 bis, el artículo 29, apartado 1, párrafo cuarto, y los apartados 3 a
6 y 7 bis, el apartado 10, párrafo primero, letras d) a h), el apartado 15, y el artículo 30, apartados 1 a
3, el apartado 6, párrafo cuarto, y el apartado 9, el artículo 31, apartados 1 a 4, el artículo 31 bis,
apartado 2, párrafos primero, tercero y cuarto, y el apartado 5, párrafos primero, tercero y cuarto, para el ámbito de aplicación relativo a la electricidad y los biocombustibles para la propulsión. Además, las disposiciones del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/196, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/996 en lo que respecta a la acreditación de los organismos de certificación, se incorporarán a las Ordenanzas BioSt-NachV y Biokraft-NachV, y se introducirán medidas para mejorar la prevención del fraude en el marco de las opciones jurídicas previstas en la legislación alemana.
9 bis. Los requisitos en materia de sostenibilidad y reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero para la producción de biomasa destinada a la generación de electricidad y de biocombustibles para la propulsión, establecidos en la Directiva (UE) 2023/2413 (RED III) (véase más arriba), se transpondrán mediante modificaciones de las Ordenanzas BioSt-NachV y Biokraft-NachV. Las adaptaciones de las Ordenanzas BioSt- y Biokraft-NachV con respecto al Reglamento de Ejecución (UE) 2022/996 garantizan la aplicación en Alemania del procedimiento de acreditación establecido en la legislación europea. Las medidas destinadas a mejorar la prevención del fraude contribuyen a la aplicación efectiva de los requisitos de sostenibilidad de la Directiva RED III y de los objetivos de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, al ofrecer mejores alternativas para el seguimiento y el cumplimiento de la normativa.
9 ter. El proyecto notificado aplica los requisitos establecidos en la Directiva (UE) 2023/2413 (RED III), y es necesario transponer el requisito de acreditación recientemente introducido al Derecho alemán. Las medidas destinadas a mejorar la prevención del fraude son necesarias para prevenir y sancionar de manera eficaz las infracciones de la normativa, garantizando al mismo tiempo la seguridad jurídica. Estas medidas también tienen en cuenta la experiencia práctica adquirida en la aplicación de disposiciones similares.
9 quater. No se generan cargas excesivas. En la medida en que la Directiva RED III conceda a los Estados miembros un margen de maniobra en su aplicación, dicho margen deberá ejercerse de manera que contribuya de forma adecuada y eficaz al objetivo de la producción sostenible de biomasa para la generación de electricidad y de biocombustibles para la propulsión, teniendo en cuenta al mismo tiempo los intereses legítimos del sector energético.
10. Referencias a los textos de base: Los textos de base se comunicaron en el marco de una notificación anterior:
2021/0545/D
11. No.
12.
13. No.
14. No
15. No
16.
Aspecto TBT: No
Aspecto SPS: No
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
email: grow-dir2015-1535-central@ec.europa.eu