Mensaje 002
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2021) 04521
Directiva (UE) 2015/1535
Traducción del mensaje 001
Notificación: 2021/0845/B
No abre el plazo - Nezahajuje odklady - Fristerne indledes ikke - Kein Fristbeginn - Viivituste perioodi ei avata - Καμμία έναρξη προθεσμίας - Does not open the delays - N'ouvre pas de délais - Non fa decorrere la mora - Neietekmē atlikšanu - Atidėjimai nepradedami - Nem nyitja meg a késéseket - Ma’ jiftaħx il-perijodi ta’ dawmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Neotvorí oneskorenia - Ne uvaja zamud - Määräaika ei ala tästä - Inleder ingen frist - Не се предвижда период на прекъсване - Nu deschide perioadele de stagnare - Nu deschide perioadele de stagnare.
(MSG: 202104521.ES)
1. MSG 002 IND 2021 0845 B ES 09-12-2021 B NOTIF
2. B
3A. SPF Economie, PME, Classes moyennes et Energie
Direction générale Qualité et Sécurité - Service Normalisation et Compétitivité - BELNotif
NG III – 2ème étage
Boulevard du Roi Albert II, 16
B - 1000 Bruxelles
Tel: 02/277.53.36
be.belnotif@economie.fgov.be
3B. Service des infractions et procédures particulières
Direction Droit pénal
Direction générale de la Législation,des Libertés et des Droits fondamentaux
SPF Justice
Boulevard de Waterloo, 115
1000 Bruxelles
4. 2021/0845/B - H10
5. Proyecto de Real Decreto por el que se establecen las modalidades de consulta del Registro central de crédito individual por parte del Comité del Juego y se modifican las disposiciones relativas a la limitación de los juegos de azar en línea
6. Juegos de azar y apuestas operados a través de instrumentos de la sociedad de la información.
7. -
8. El objetivo del proyecto consiste, en primer lugar, en aplicar el artículo 55/1 de la Ley, de 7 de mayo de 1999, sobre los juegos de azar, las apuestas, los establecimientos de juegos de azar y la protección de los jugadores. Establece las modalidades con arreglo a las cuales el Comité puede consultar al Banco Nacional de Bélgica si una persona figura como morosa en el Registro central de crédito individual del Banco Nacional de Bélgica.
Asimismo, prevé una modificación y una aclaración del artículo 6, apartado 1, punto 1, del Real Decreto, de 25 de octubre de 2018, sobre los procedimientos de explotación de los juegos de azar y las apuestas operados a través de instrumentos de la sociedad de la información.
9. La notificación a la Comisión Europea se refiere únicamente al artículo 9 del proyecto de Real Decreto por el que se modifica el artículo 6, apartado 1, punto 1, del Real Decreto, de 25 de octubre de 2018, sobre los procedimientos de explotación de los juegos de azar y las apuestas operados a través de instrumentos de la sociedad de la información.
El artículo 6, apartado 1, punto 1, letra a), del Real Decreto de 25 de octubre de 2018 establece que «un jugador podrá ingresar en sus cuentas de jugador en línea un máximo de 500 EUR por semana en todos los juegos de azar y las apuestas en los que participe». El importe del límite predeterminado del juego se revisa a la baja y se fija en 200 EUR para mejorar la protección del jugador. Además, se suprimen las palabras «en todos los juegos de azar y las apuestas en los que participe». Resulta que un límite global del juego (válido para todos los sitios), que no se ha aplicado en la práctica desde la entrada en vigor del Real Decreto en 2018, es técnicamente poco realista. Asimismo, presenta muchos inconvenientes. Por lo tanto, es preferible eliminar el carácter global del límite y atenerse a un límite por sitio web, al tiempo que se reduce el límite por defecto. Esto protege mejor a los jugadores y, sobre todo, a los más vulnerables.
10. Referencias a los textos de base: Ley, de 7 de mayo de 1999, sobre los juegos de azar, las apuestas, los establecimientos de juegos de azar y la protección de los jugadores;
Real Decreto, de 25 de octubre de 2018, sobre los procedimientos de explotación de los juegos de azar y las apuestas operados a través de instrumentos de la sociedad de la información.
11. No.
12. -
13. No.
14. No.
15. Sí.
16. Aspecto OTC
No. El proyecto no constituye una reglamentación técnica ni un procedimiento de evaluación de la conformidad.
Aspecto MSF
No. El proyecto no es una medida sanitaria ni fitosanitaria.
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
Fax: +32 229 98043
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