Mensaje 002
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2021) 03990
Directiva (UE) 2015/1535
Traducción del mensaje 001
Notificación: 2021/0703/DK
No abre el plazo - Nezahajuje odklady - Fristerne indledes ikke - Kein Fristbeginn - Viivituste perioodi ei avata - Καμμία έναρξη προθεσμίας - Does not open the delays - N'ouvre pas de délais - Non fa decorrere la mora - Neietekmē atlikšanu - Atidėjimai nepradedami - Nem nyitja meg a késéseket - Ma’ jiftaħx il-perijodi ta’ dawmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Neotvorí oneskorenia - Ne uvaja zamud - Määräaika ei ala tästä - Inleder ingen frist - Не се предвижда период на прекъсване - Nu deschide perioadele de stagnare - Nu deschide perioadele de stagnare.
(MSG: 202103990.ES)
1. MSG 002 IND 2021 0703 DK ES 10-11-2021 DK NOTIF
2. DK
3A. Erhvervsstyrelsen
Langelinie allé 17
2100 København Ø
Danmark
+45 35 29 10 00
notifikationer@erst.dk
3B. Skatteministeriet
Nicolai Eigtveds gade 28
1402 København K
e-mail: EC@skm.dk
4. 2021/0703/DK - X40M
5. Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley relativa a varios impuestos al consumo y la Ley de recaudación tributaria (introducción del impuesto sobre los productos con nicotina y agregación de los tipos impositivos para el tabaco sin humo, etc.)
6. La propuesta se refiere a la introducción de un impuesto sobre los productos con nicotina y a la agregación de los tipos impositivos para el tabaco sin humo, así como la propuesta de un sistema de sellos para los paquetes de venta al por menor de productos con nicotina y tabaco sin humo.
7. -
8. En el articulo 1 de la propuesta legislativa adjunta, se propone introducir un impuesto sobre los productos con nicotina y agregar los tipos impositivos para el tabaco sin humo con el correspondiente sistema de sellos. Se trata, en parte, de un nuevo impuesto, que se propone introducir en la Ley relativa a varios impuestos al consumo; véase la Ley consolidada n.º 1445, de 21 de junio de 2021, en su versión modificada por el artículo 8 de la Ley n.º 1728, de 27 de diciembre de 2018, el artículo 1 de la Ley n.º 1182, de 8 de junio de 2021, y el artículo 11 de la Ley n.º 1240, de 11 de junio de 2021, y por la que se modifica un impuesto existente en el artículo 13 de la Ley de impuestos al consumo.
El artículo 1, apartado 2, de la propuesta legislativa propone agregar los tipos impositivos para el tabaco sin humo (artículo 13), de modo que a partir del 1 de julio de 2022 el impuesto será de 461 DKK y 37 øre por kg para todos los tipos de tabaco sin humo. El artículo 1, apartado 3, de la propuesta legislativa (el artículo 13 «bis» propuesto) propone introducir un impuesto sobre los productos con nicotina. Se propone que el impuesto consista en un tipo de 5,5 øre por mg de nicotina. Se propone introducir el impuesto a partir del 1 de julio de 2022; véase el artículo 4, apartado 2, de la propuesta legislativa. Además, por razones técnicas, se propone derogar el impuesto ya adoptado sobre los líquidos que contienen nicotina (véase la Ley n.º 1182, de 8 de junio de 2021); véase el artículo 3 de la propuesta legislativa restablecido como el artículo 13 «ter» propuesto en el artículo 1, apartado 3, de la propuesta legislativa. Cabe señalar que esta Ley se notificó como proyecto con número de notificación 2021/243/DK.
Con el artículo 1, apartado 3, de la propuesta legislativa, los artículos 13 «quinquies» a 13 «nonies» propuestos plantean la introducción de un sistema de sellos en virtud del cual el envasado al por menor de productos con nicotina, tabaco sin humo y líquidos que contienen nicotina deberá estar provisto de un sello. El sistema para los líquidos que contienen nicotina es, en general, el mismo que el ya adoptado (pero no en vigor) descrito en la Ley n.º 1182 de 8 de junio de 2021. Por lo tanto, este sistema también se notificó como un proyecto con el número de notificación 2021/243/DK.
9. El Gobierno ha presentado un plan de acción sobre requisitos más estrictos y controles reforzados del comercio de tabaco, en el que se afirma que se estudiarán las posibilidades de gravar los productos de nicotina, incluidas las bolsas de nicotina. La propuesta legislativa constituye una continuación de esto. Además, cabe señalar que el impuesto sobre los líquidos que contienen nicotina, incluido en la propuesta legislativa por razones técnicas, se acordó como parte de la Ley de finanzas para el ejercicio económico de 2020 (véase la notificación 2021/243/DK).
Sin embargo, la nicotina es adictiva y dañina para la salud, independientemente de su forma. Por tanto, el Gobierno desea imponer impuestos a los productos con nicotina. Se propone combinar las dos categorías fiscales para el tabaco sin humo en una sola, con el fin de lograr una legislación más sencilla y transparente en la que las empresas ya no tendrán que distinguir entre las diferentes categorías fiscales, lo que no se considera profesionalmente justificado mantener.
El motivo de la introducción propuesta de un sistema de sellos es garantizar el mejor control posible del impuesto para la administración tributaria y ofrecer a los consumidores la mejor posición para saber si se ha pagado el impuesto sobre los productos que compran.
10. Los textos de base se remitieron en el marco de una notificación anterior: 2021/243/DK.
11. No.
12. -
13. No.
14. Sí.
15. Se espera que el impuesto se traslade por completo a los consumidores en forma de precios más elevados. Por lo tanto, se espera que la propuesta conduzca a una disminución de las ventas en el mercado interior.
La propuesta legislativa tiene consecuencias administrativas para el sector empresarial. Las consecuencias administrativas se deben principalmente al sistema de sellos.
16. Aspecto OTC
No. El proyecto no tiene ningún impacto significativo sobre el comercio internacional.
Aspecto MSF
No. El proyecto no tiene ningún impacto significativo sobre el comercio internacional.
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Comisión Europea
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