Mensaje 002
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2021) 02767
Directiva (UE) 2015/1535
Traducción del mensaje 001
Notificación: 2021/0481/F
No abre el plazo - Nezahajuje odklady - Fristerne indledes ikke - Kein Fristbeginn - Viivituste perioodi ei avata - Καμμία έναρξη προθεσμίας - Does not open the delays - N'ouvre pas de délais - Non fa decorrere la mora - Neietekmē atlikšanu - Atidėjimai nepradedami - Nem nyitja meg a késéseket - Ma’ jiftaħx il-perijodi ta’ dawmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Neotvorí oneskorenia - Ne uvaja zamud - Määräaika ei ala tästä - Inleder ingen frist - Не се предвижда период на прекъсване - Nu deschide perioadele de stagnare - Nu deschide perioadele de stagnare.
(MSG: 202102767.ES)
1. MSG 002 IND 2021 0481 F ES 20-07-2021 F NOTIF
2. F
3A. Direction générale des entreprises
SQUALPI
Bât. Sieyès -Teledoc 151
61, Bd Vincent Auriol
75703 PARIS Cedex 13
d9834.france@finances.gouv.fr
3B. Direction des affaires juridiques des ministères sociaux
14 avenue Duquesne
75350 Paris SP 07
DAJ-SEC@sg.social.gouv.fr
4. 2021/0481/F - C10C
5. Orden relativa a la aplicación del artículo R. 5132-86 del Código de Salud Pública para el cannabis
6. Variedades de «Cannabis sativa» L.
7. -
8. El objetivo de este proyecto de Orden consiste en regular el cultivo, la importación, la exportación y el uso industrial y comercial en Francia de todas las partes de la planta de cáñamo.
Más concretamente, el proyecto de Orden prevé que la autorización para el cultivo, la importación, la exportación y el uso industrial y comercial del cáñamo se extienda, en determinadas condiciones, a todas las partes de la planta de cáñamo.
Por otra parte, queda prohibida la venta a los consumidores de flores u hojas crudas en todas sus formas, solas o en combinación con otros ingredientes, en particular, como productos para fumar, infusiones o popurrí, así como su posesión por parte de los consumidores y su consumo. Esta restricción se justifica sobre todo por razones de orden público.
9. Mediante este proyecto de Orden relativa a la aplicación del artículo R. 5132-86 del Código de Salud Pública para el cannabis, las autoridades francesas prevén cumplir la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19 de noviembre de 2019, en la que el Tribunal de Justicia, refiriéndose a una cuestión prejudicial planteada a un órgano jurisdiccional francés, consideró que las disposiciones relativas a la libre circulación de mercancías eran aplicables a los productos a base de CDB y dedujo de ello que una medida nacional que prohíba la comercialización de CDB procedente de la planta en su totalidad, tal como la Orden de 22 de agosto de 1990, constituye un obstáculo a la libre circulación. No obstante, aclaró que una medida de este tipo podía justificarse por un objetivo de protección de la salud pública, siempre que fuera necesaria y proporcionada (TJUE, 19 de noviembre de 2019, Kanavape, C-663/18).
El propósito de esta Orden es permitir el desarrollo de nuevos canales en Francia, proteger a los consumidores y mantener la capacidad de las fuerzas de seguridad interna para combatir el narcotráfico.
10. Referencias a los textos de base: - Reglamento (CE) n.º 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria, en particular los artículos 14 y 15,
- Reglamento (CE) n.º 767/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre la comercialización y la utilización de los piensos, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 1831/2003 y se derogan las Directivas 79/373/CEE del Consejo, 80/511/CEE de la Comisión, 82/471/CEE del Consejo, 83/228/CEE del Consejo, 93/74/CEE del Consejo, 93/113/CE del Consejo y 96/25/CE del Consejo y la Decisión 2004/217/CE de la Comisión,
- Directiva 2002/53/CE del Consejo, de 13 de junio de 2002, referente al catálogo común de las variedades de las especies de plantas agrícolas.
11. No
12. -
13. No
14. No
15. -
16. Aspecto OTC
No. El proyecto no es una reglamentación técnica ni una evaluación de la conformidad.
NO. El proyecto no tiene un impacto significativo sobre el comercio internacional.
Aspecto MSF
NO. El proyecto no tiene un impacto significativo sobre el comercio internacional.
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
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