Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2024) 1402
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2024/0289/BE
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20241402.ES
1. MSG 001 IND 2024 0289 BE ES 30-05-2024 BE NOTIF
2. Belgium
3A. SPF Economie, PME, Classes moyennes et Energie
Direction générale Qualité et Sécurité - Service Bureau de Liaison - BELNotif
NG III – 2ème étage
Boulevard du Roi Albert II, 16
B - 1000 Bruxelles
be.belnotif@economie.fgov.be
3B. SPF Santé publique, Sécurité de la Chaîne alimentaire et Environnement
Direction générale Animaux, Végétaux et Alimentation
Service Denrées alimentaires, Aliments pour animaux et autres Produits de consommation
4. 2024/0289/BE - C50A - Productos alimenticios
5. Real Decreto por el que se modifican los Reales Decretos, de 30 de mayo de 2021, sobre la comercialización de nutrientes y productos alimenticios a los que se han añadido nutrientes, y de 29 de agosto de 2021, sobre la fabricación y el comercio de complementos alimenticios
6. Complementos alimenticios.
7.
Reglamento (CE) n.º 1925/2006 sobre la adición de vitaminas, minerales y otras sustancias determinadas a los alimentos: Artículo 12
Modificación técnica del procedimiento de notificación existente
Reglamento (UE) n.º 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor: artículos 40, 43, 44 y 45.
Base jurídica para el etiquetado.
8. El proyecto de Real Decreto propuesto tiene por objeto modificar, armonizar y aclarar el actual procedimiento de notificación de complementos alimenticios y productos alimenticios enriquecidos previsto, a nivel nacional, por tres reales decretos relativos a los nutrientes, las plantas y otras sustancias.
A escala europea, el principio de notificación está previsto en la Directiva 2002/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de junio de 2002, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de complementos alimenticios, y en el Reglamento (CE) n.º 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, sobre la adición de vitaminas, minerales y otras sustancias determinadas a los alimentos.
9. En la actualidad, la comercialización de nutrientes, plantas y otras sustancias está regulada por la legislación belga mediante tres reales decretos. A saber, los Reales Decretos, de 30 de mayo de 2021, sobre la comercialización de nutrientes y productos alimenticios a los que se han añadido nutrientes, y de 29 de agosto de 2021, sobre la fabricación y el comercio de complementos alimenticios que contengan sustancias distintas de los nutrientes y de plantas o preparados vegetales, y de 31 de agosto de 2021, sobre la fabricación y el comercio de productos alimenticios compuestos por plantas o preparados vegetales o que los contengan.
Con el fin de dar seguimiento a una decisión dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Consejo de Estado belga, así como a la constatación de usos fraudulentos y con fines contrarios a los previstos por la legislación belga de los acuses de recibo comunicados en el marco de los procedimientos de notificación, se decidió aclarar el ámbito de aplicación de los textos citados, modificar las definiciones incluidas en estos textos de acuerdo con los textos europeos aplicables en la materia y actualizar, de manera armonizada, el procedimiento de notificación en el marco de los tres reales decretos sobre nutrientes, plantas y otras sustancias.
El presente proyecto no añade ninguna carga administrativa adicional para los operadores económicos. En efecto, el procedimiento de introducción de los productos en cuestión sigue siendo idéntico y los documentos relacionados incluyen la misma información que la prevista actualmente en el procedimiento aplicable con arreglo al Derecho belga.
10. Referencias a los textos de base: 2022/0532/B, 2016/0615/B, 2005/0453/B.
Los textos de referencia se comunicaron en el marco de tres notificaciones anteriores:
2022/0532/B;
2016/0615/B;
2005/0453/B.
11. No.
12.
13. No.
14. No
15. No
16.
Aspecto TBT: No
Aspecto SPS: No
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
email: grow-dir2015-1535-central@ec.europa.eu