Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2024) 3092
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2024/0627/AT
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20243092.ES
1. MSG 001 IND 2024 0627 AT ES 19-11-2024 AT NOTIF
2. Austria
3A. Bundesministerium für Arbeit und Wirtschaft
Abteilung V/8
A-1010 Wien, Stubenring 1
Telefon +43-1/71100-805433
E-Mail: not9834@bmaw.gv.at
3B. Amt der Wiener Landesregierung
Magistratsabteilung 36
A-1200 Wien, Dresdner Straße 73-75
Telefon +43-1/4000-36110
E-Mail: post@ma36.wien.gv.at
4. 2024/0627/AT - X00M - Mercancías y productos diversos
5. Ley por la que se modifica la Ley de eventos de Viena de 2020 (Wr. VG
6. 1. Máquinas tragaperras recreativas;
2. aparatos y generadores de calor a base de diésel o gasolina en eventos;
3. envases reutilizables y materiales ecológicos en eventos.
7.
Requisitos para reservar el acceso a una serie de prestadores concretos.
El artículo 15 de la Ley de eventos de Viena impone restricciones a la instalación de máquinas tragaperras recreativas. A través de la modificación, la apuesta por juego no debe exceder la cantidad de 1 EUR, y la suma de las recompensas prometidas no debe exceder los 5 EUR o una mera extensión automática del juego de hasta cinco partidas gratis. No se permite dinero o vales como beneficio financiero. En el caso de las máquinas tragaperras recreativas que no prometen ninguna recompensa, la apuesta no puede exceder de 2 EUR por juego.
Este requisito no es discriminatorio, ya que se aplica por igual a todos los operadores y usuarios de máquinas tragaperras recreativas, independientemente de su nacionalidad, sexo, edad u otras características personales. La reglamentación se aplica de manera uniforme a todos los afectados, garantizando la igualdad de trato de todos los participantes en el mercado.
La medida es necesaria para garantizar la protección de los jugadores y los menores. Si la recompensa por la cantidad utilizada fuera mayor, entonces el incentivo para jugar aumentaría y, por lo tanto, el potencial adictivo sería mayor.
La medida es proporcionada, ya que el límite de apuestas de 1 EUR para las máquinas tragaperras recreativas con recompensa por ronda de juego es adecuado para ayudar a garantizar que los jugadores no pierdan cantidades excesivas en un corto período de tiempo. Este objetivo no puede alcanzarse en la misma medida con otra medida comparable. La limitación de la recompensa a 5 EUR es apropiada y está destinada a evitar que los jugadores esperen beneficios poco realistas y, por lo tanto, se sientan tentados a un comportamiento de juego arriesgado. En el caso de las máquinas tragaperras recreativas sin recompensa, el riesgo para la protección de los jugadores y la protección de los menores es menor, por lo que una apuesta de 2 EUR es apropiada en vista de la inflación en los últimos años. Por lo tanto, la medida es proporcionada, ya que los beneficios para la protección de los jugadores superan las restricciones para los operadores de máquinas tragaperras recreativas.
Directiva 2006/123/CE relativa a los servicios en el mercado interior.
Directiva 94/62/CE relativa a los envases y residuos de envases.
Para los eventos en Viena es necesario elaborar un concepto de medio ambiente que incluya, entre otras cosas, medidas para una distribución de alimentos y bebidas que ahorre recursos (por ejemplo, no distribuir envases en porciones ni sistemas de cápsulas). Los eventos suelen ofrecer productos como kétchup, mayonesa, mostaza, mermelada o crema de café; sin embargo, estos también podrían distribuirse de manera respetuosa con el medio ambiente sin envases individuales. Esto evitaría el material de envasado para porciones individuales. Se hace referencia a la portada y a las notas explicativas del artículo I, puntos 37 y 38.
8. 1. Requisitos aplicables a las máquinas tragaperras recreativas (artículo 15, apartado 2):
la apuesta por juego está limitada a 1 EUR; a cambio, solo pueden ofrecerse como recompensa bienes con un valor máximo de 5 EUR o cinco partidas gratis (no se permite dinero ni vales). En el caso de las máquinas tragaperras recreativas que no prometen ninguna recompensa, la apuesta no puede exceder de 2 EUR por juego.
2. Evitar el uso de aparatos generadores de gases de escape (por ejemplo, aparatos, generadores de calor) al organizar eventos en el Estado federado de Viena (artículo 32, apartado 1). Solo podrán seguir utilizándose en eventos si la conexión a una red eléctrica da lugar a un esfuerzo técnico desproporcionado en comparación con los beneficios medioambientales o no es razonable desde el punto de vista económico.
3. Obligación de utilizar envases reutilizables, materiales ecológicos, obsequios respetuosos con el medio ambiente, etc., en determinados eventos en el territorio del Estado federado de Viena (artículo 32, apartados 3 y 4):
Para eventos con más de 2 000 personas, debe elaborarse un concepto de residuos y medio ambiente. Este concepto debe incluir aspectos pertinentes para el medio ambiente y relacionados con los residuos (por ejemplo, medidas para el uso de materiales ecológicos y obsequios respetuosos con el medio ambiente; medidas para la distribución de alimentos y bebidas que ahorren recursos, como no distribuir envases en porciones ni sistemas de cápsulas; medidas de prevención de residuos, como el uso de grandes contenedores, la reutilización, como los envases reutilizables, la recogida separada y el tratamiento.
9. Las medidas notificadas se refieren únicamente al Estado federado de Viena y, por lo tanto, no a una gran parte de Austria [artículo 1, apartado 1, letra f), primera mitad de la frase de la Directiva (UE) 2015/1535]. Por lo tanto, se trata únicamente de una medida regional.
1. En la Ley de eventos de Viena de 2020, las reglamentaciones solo pueden realizarse para máquinas tragaperras recreativas, pero no para dispositivos de apuestas (estos están sujetos a la Ley federal de juegos de azar). En el presente proyecto, la actual restricción aplicable de 1 EUR de participación en las máquinas tragaperras recreativas se ha aumentado a 2 EUR. La restricción sirve para proteger a jugadores y menores. La restricción a 5 EUR como recompensa se mantiene, ya que las máquinas de juego con una recompensa tienen un potencial particular para inducir un comportamiento adictivo.
2. Los aparatos generadores de gases de escape y los generadores de calor en los eventos son una fuente de molestia para los visitantes y, a menudo, también un riesgo para la seguridad (por ejemplo, publicidad inflable o arcos de meta en eventos de carreras o generadores de calor en en tiendas de campaña). Si es razonable desde un punto de vista técnico y económico, estos dispositivos deberían conectarse en el futuro a la red eléctrica en eventos en Viena.
3. El requisito de utilizar envases reutilizables, materiales ecológicos, obsequios respetuosos con el medio ambiente, etc., en eventos más grandes en el territorio del Estado federado de Viena sirve para la protección del medio ambiente y la prevención de residuos y, por lo tanto, contribuye a la gestión segura de eventos.
10. Referencias a los textos de base: Los textos de base se comunicaron en el marco de una notificación anterior:
2020/0016/A.
11. No.
12.
13. No.
14. No
15. Sí
16.
Aspecto TBT: No
Aspecto SPS: No
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
email: grow-dir2015-1535-central@ec.europa.eu