Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2025) 1997
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2025/0406/BG
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20251997.ES
1. MSG 001 IND 2025 0406 BG ES 25-07-2025 BG NOTIF
2. Bulgaria
3A. Министерство на икономиката и индустрията
дирекция "Европейски въпроси и законодателство на ЕС за стоки и услуги"
ул. "Славянска" № 8, 1052 София
Tel.: +359 2 940 7336; +359 2 940 7522
E-mail: infopointBG@mi.government.bg
3B. 51-во Народно събрание на Република България
София 1169, пл. „Княз Александър I“ №1
тел. +359 2 939 39
4. 2025/0406/BG - X60M - Tabaco
5. Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley sobre el tabaco, los productos del tabaco y los productos relacionados
6. Tabaco, productos del tabaco y productos relacionados.
7.
8. En el marco del procedimiento concluido por la Comisión Europea con la notificación 2025/0362/BG, se ha elaborado un proyecto de Ley por la que se modifica la Ley sobre el tabaco, los productos del tabaco y los productos relacionados.
La creciente popularidad de productos distintos de los productos del tabaco, los productos del tabaco sin humo, los productos del tabaco novedosos y los productos del tabaco calentado plantea un grave riesgo para la salud pública. La prohibición limitará la comercialización cada vez mayor de cigarrillos electrónicos de un solo uso, con o sin nicotina, cuyos líquidos contienen aromas o aditivos que confieren un sabor y un olor que se asemejan a frutas, productos de confitería, como postres y pasteles, u otros alimentos dulces, o cualquier bebida que sea especialmente atractiva y seductora para niños y adolescentes.
El proyecto también se notifica de conformidad con la Directiva 2014/40/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de fabricación, presentación y venta de los productos del tabaco y los productos relacionados y por la que se deroga la Directiva 2001/37/CE.
9. La iniciativa legislativa está relacionada con la necesidad de garantizar un alto nivel de protección de la salud pública para los ciudadanos, especialmente los niños, mediante la introducción de una prohibición total de la comercialización de cigarrillos electrónicos de un solo uso que contengan o no nicotina: «vápers».
La comercialización cada vez mayor de cigarrillos electrónicos cuyos líquidos contienen aromas o aditivos aromatizantes que confieren un sabor y un olor que se asemejan a frutas, productos de confitería, como postres y pasteles, u otros alimentos dulces, o cualquier bebida, resultan especialmente atractivos y seductores para niños y adolescentes. Esta tendencia es especialmente peligrosa dados los riesgos para la salud asociados al uso de estos productos debido al potencial de exposición a altos niveles de nicotina y otras sustancias de origen poco claro, incluidos los estupefacientes y sus análogos. Los datos más recientes sobre las intoxicaciones agudas inducidas tras el uso de estos productos por parte de los niños, incluidos aquellos con consecuencias mortales, son extremadamente alarmantes.
La OMS y STOP publicaron el 22 de mayo de 2024 el informe «Adicción de la próxima generación» en el que se observa que, a pesar de los avances significativos en la reducción global del tabaquismo en el mundo, el uso de los cigarrillos electrónicos está aumentando, especialmente entre los jóvenes, casi el triple.
Los cigarrillos electrónicos desechables y recargables, contengan nicotina o no, se asemejan a los productos del tabaco y, por lo tanto, generan hábitos y percepciones en los jóvenes de que fumar es un hábito inofensivo y agradable. Cualquier producto que se parezca a un producto para fumar distinto de un producto del tabaco, independientemente de su composición y modo de consumo, generará en los niños y adolescentes una actitud positiva hacia estos productos, incluidos los productos del tabaco. Los daños de dichos productos son tanto directos como indirectos. Además de la formación de hábitos nocivos, también es cuestionable la composición de nuevos productos que se introducen diariamente y que son ampliamente utilizados tanto por adultos como por niños. La aparente «falta de sustancias nocivas» o «reducción de los daños» anima a las personas a utilizar estos productos en cantidades no medidas y durante un período prolongado de tiempo sin interrupción, y, por lo tanto, también aumenta su daño a la salud. El cambio legislativo se realiza en cumplimiento del deber constitucional del Estado de proteger la salud de los ciudadanos, en particular la de los niños.
Asimismo, las modificaciones propuestas de la Ley de protección de la infancia introducen una prohibición sobre el uso, la comercialización y la venta a los niños de todos los productos que contienen nicotina y las bebidas energéticas.
Según el dictamen de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, al consumir dos o más bebidas energéticas al día, debido al aumento de la ingesta a través de ellas de cafeína en combinación con otros ingredientes con un efecto estimulante, son posibles efectos adversos en el cuerpo: aumento del nerviosismo, ansiedad, temblor, insomnio, dolor de cabeza, palpitaciones, trastornos respiratorios, cambios erosivos de la membrana mucosa del tracto gastrointestinal, deshidratación debido a la pérdida de agua y sales del cuerpo. Los niños y adolescentes son un grupo de mayor riesgo debido a la aparición de los efectos adversos de la cafeína en dosis mucho más bajas en ellos en comparación con su aparición en adultos.
La taurina y la d-glucuronolactona son sustancias biológicamente activas, a menudo incluidas en la composición de las bebidas energéticas, que son ingredientes naturales de los alimentos y son metabolitos normales del metabolismo en el organismo. Con una ingesta elevada, la taurina puede tener efectos adversos principalmente en la actividad cerebral, y la d-glucuronolactona en la actividad renal. Su efecto energizante no está asociado con un alto valor energético, sino con un efecto estimulante sobre las funciones del cuerpo de las sustancias biológicamente activas, vitaminas y extractos de plantas incluidas en su composición.
10. Referencias a los textos de base: 2021/0650/BG, 2025/0362/BG.
Los textos de base se comunicaron en el marco de dos notificaciones anteriores:
2021/0650/BG;
2025/0362/BG.
11. No.
12.
13. No.
14. No
15. No
16.
Aspecto TBT: No
Aspecto SPS: No
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
email: grow-dir2015-1535-central@ec.europa.eu