Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2026) 0502
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2026/0079/LU
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20260502.ES
1. MSG 001 IND 2026 0079 LU ES 18-02-2026 LU NOTIF
2. Luxembourg
3A. ILNAS
1, avenue du Swing
L-4367 Belvaux
Tél : (+352) 247-74340
E-mail : notification@ilnas.etat.lu
3B. Ministère de l’Agriculture, de l’Alimentation et de la Viticulture
Administration des services techniques de l'agriculture (ASTA)
16, rte d'Esch L-1470 Luxembourg
Tél : (+352) 457172-200
E-mail : paul.reding@asta.etat.lu
4. 2026/0079/LU - S60E - Fauna y flora
5. Proyecto de Ley sobre medidas de protección contra las plagas de los vegetales y sobre controles oficiales y otras actividades oficiales en el ámbito fitosanitario
6. Medidas de protección contra las plagas de los vegetales y controles oficiales y otras actividades oficiales en el ámbito fitosanitario.
7.
8. El objetivo principal de este proyecto de Ley es aplicar, en Luxemburgo, el marco y las medidas necesarios establecidos en el Reglamento (UE) 2016/2031 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016, relativo a las medidas de protección contra las plagas de los vegetales.
El Reglamento (UE) 2016/2031 establece un marco para la investigación y detección de infracciones y fija medidas de prevención y correctivas, así como medidas administrativas y sanciones penales en caso de incumplimiento.
Además, el presente proyecto de Ley también tiene por objeto adoptar las disposiciones complementarias exigidas por el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios.
El Reglamento (UE) 2017/625 establece un conjunto de normas armonizadas para prevenir, eliminar o reducir los riesgos para la salud de las personas, los animales y las plantas que puedan surgir en la «cadena agroalimentaria».
El Reglamento (UE) 2017/625 también exige la designación de las autoridades competentes responsables de la correcta aplicación de la legislación, el establecimiento de un sistema de medidas administrativas y sanciones penales eficaces, disuasorias y proporcionadas, aplicables en caso de incumplimiento de los requisitos de la legislación europea. Además, los Estados miembros están obligados a prever la posibilidad de recaudar tasas para garantizar la financiación de los controles oficiales de plantas, productos vegetales y otros objetos.
En consecuencia, este proyecto de Ley define, entre otras cosas, las competencias relativas a los controles oficiales, las entidades competentes responsables de dichos controles oficiales, determina las facultades de inspección de los funcionarios e introduce nuevas tasas destinadas a financiar los controles oficiales.
Este proyecto de Ley también está armonizado con las disposiciones de otros proyectos de ley sectoriales relativos a los controles oficiales de los productos alimenticios, los piensos, las enfermedades transmisibles de los animales y los productos fitosanitarios.
9. El objetivo principal de este proyecto de Ley es aplicar, en Luxemburgo, el marco y las medidas necesarios establecidos en el Reglamento (UE) 2016/2031 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016, relativo a las medidas de protección contra las plagas de los vegetales.
El Reglamento (UE) 2016/2031 establece un marco para la investigación y detección de infracciones y fija medidas de prevención y correctivas, así como medidas administrativas y sanciones penales en caso de incumplimiento.
De hecho, las plagas cuarentenarias deben estar sujetas a medidas oficiales de vigilancia y control.
Una vez que una plaga de este tipo se ha establecido en una nueva región, es muy difícil, si no prácticamente imposible, combatirla de manera efectiva, por lo que las principales medidas son de naturaleza preventiva y tienen como objetivo evitar la introducción de tales plagas o, en su caso, limitarlas a la zona más pequeña posible.
Por lo tanto, el transporte y la introducción de plagas por parte de los seres humanos desempeñan un papel particular en su propagación. Por este motivo, deben reforzarse los controles en los puntos de importación. En Luxemburgo, el aeropuerto sirve como puerta de entrada a toda la Unión Europea. De hecho, la mayoría de las mercancías entrantes se transportan posteriormente a otros Estados miembros, y es responsabilidad del primer punto de entrada en la Unión Europea garantizar que las mercancías no contengan plagas.
Además, el presente proyecto de Ley también tiene por objeto adoptar las disposiciones complementarias exigidas por el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios.
El Reglamento (UE) 2017/625 establece un conjunto de normas armonizadas para prevenir, eliminar o reducir los riesgos para la salud de las personas, los animales y las plantas que puedan surgir en la «cadena agroalimentaria».
También propone un enfoque más armonizado y coherente de los controles oficiales, así como de las medidas de ejecución a lo largo de la cadena agroalimentaria, y refuerza aún más el principio de los controles para evaluar los riesgos.
El Reglamento (UE) 2017/625 exige la designación de las autoridades competentes responsables de la correcta aplicación de la legislación, el establecimiento de un sistema de control eficaz, el establecimiento de un sistema de medidas administrativas y sanciones penales eficaces, disuasorias y proporcionadas, aplicables en caso de incumplimiento de los requisitos de la legislación europea. Además, los Estados miembros están obligados a prever la posibilidad de recaudar tasas para garantizar la financiación de los controles oficiales de plantas, productos vegetales y otros objetos.
En consecuencia, este proyecto de Ley define, entre otras cosas, las competencias relativas a los controles oficiales, las entidades competentes responsables de dichos controles oficiales, determina las facultades de inspección de los funcionarios e introduce nuevas tasas destinadas a financiar los controles oficiales.
Por último, este proyecto de Ley tiene por objeto derogar la Ley, de 14 de julio de 1971, relativa a la protección de las plantas y los productos vegetales contra las plagas.
10. Referencias a los textos de base:
11. No.
12.
13. No.
14. No
15. Sí
16.
Aspecto TBT: No
Aspecto SPS:
El proyecto es una medida sanitaria o fitosanitaria
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
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