Mensaje 002
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2020) 03742
Directiva (UE) 2015/1535
Traducción del mensaje 001
Notificación: 2020/0647/PL
No abre el plazo - Nezahajuje odklady - Fristerne indledes ikke - Kein Fristbeginn - Viivituste perioodi ei avata - Καμμία έναρξη προθεσμίας - Does not open the delays - N'ouvre pas de délais - Non fa decorrere la mora - Neietekmē atlikšanu - Atidėjimai nepradedami - Nem nyitja meg a késéseket - Ma’ jiftaħx il-perijodi ta’ dawmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Neotvorí oneskorenia - Ne uvaja zamud - Määräaika ei ala tästä - Inleder ingen frist - Не се предвижда период на прекъсване - Nu deschide perioadele de stagnare - Nu deschide perioadele de stagnare.
(MSG: 202003742.ES)
1. MSG 002 IND 2020 0647 PL ES 13-10-2020 PL NOTIF
2. PL
3A. Ministerstwo Rozwoju,
Departament Obrotu Towarami Wrażliwymi i Bezpieczeństwa Technicznego,
Plac Trzech Krzyży 3/5, 00-507 Warszawa,
tel.: (+48) 22 411 93 94, e-mail: notyfikacjaPL@mr.gov.pl
3B. Sejm Rzeczypospolitej Polskiej
ul. Wiejska 4/6/8, 00-902 Warszawa
poseł Waldemar Buda
+ 48 606-458-888
waldemar.buda@gmail.com
4. 2020/0647/PL - C00A
5. Ley, de 18 de septiembre de 2020, por la que se modifica la Ley sobre la protección de los animales y otras leyes
6. Producción ganadera de determinados animales criados para aprovechar su piel.
Sacrificio de animales sin practicar aturdimiento con otro fin que no sea únicamente para cubrir las necesidades de los miembros de las asociaciones religiosas regularizadas existentes en el territorio de la República de Polonia.
7. - Obligación de adoptar una forma jurídica, el artículo 1, punto 6, por el que se modifica el artículo 11 de la Ley de 1997 relativa a la protección de los animales.
8. La Ley, de 18 de septiembre de 2020, por la que se modifica la Ley sobre la protección de los animales y otras leyes contempla, entre otros:
- la prohibición de la producción ganadera de los animales de piel (excepto el conejo) criados para aprovechar su piel,
- la prohibición del sacrificio sin aturdimiento de animales, excepto el sacrificio para cubrir las necesidades de los miembros de los municipios y de las asociaciones religiosas registradas en Polonia.
9. La necesidad de introducir las propuestas de soluciones legislativas está relacionada, entre otros, con la necesidad de mejorar el bienestar de los animales, garantizar un mejor tratamiento y el confort de los animales.
La prohibición de la producción ganadera de animales para aprovechar sus pieles se debe a que la producción ganadera de animales realizada con ese fin contribuye a un sufrimiento innecesario de animales y además, algunas granjas tienen un impacto negativo en el medioambiente.
El objetivo de la prohibición del sacrificio de animales sin aturdimiento es eliminar la exportación comercial de la carne de los animales sacrificados de esta forma. El sacrificio sin aturdimiento será admitido únicamente para cubrir las necesidades de los miembros de los municipios y de las asociaciones religiosas registradas en Polonia.
10. Referencias a los textos de base: Ley de 21 de agosto de 1997, sobre la protección de los animales (Boletín Oficial de la República de Polonia de 2020, punto 638).
11. No
12. -
13. No
14. No
15. Exposición de motivos del proyecto de Ley
16. Aspectos OTC
NO. El proyecto no tiene efectos significativos en el comercio internacional.
Aspectos MSF
No. El proyecto no es una medida sanitaria ni fitosanitaria.
**********
Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
Fax: +32 229 98043
email: grow-dir2015-1535-central@ec.europa.eu