Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2023) 2474
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2023/0511/DK
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20232474.ES
1. MSG 001 IND 2023 0511 DK ES 24-08-2023 DK NOTIF
2. Denmark
3A. Erhvervsstyrelsen
Langelinie allé 17
2100 København Ø
Danmark
+45 35 29 10 00
notifikationer@erst.dk
3B. Færdselsstyrelsen
Sorsigvej 30
6760 Ribe
Danmark
+45 72 21 88 99
info@fstyr.dk
4. 2023/0511/DK - T40T - Transporte urbano y por carretera
5. Orden por la que se modifica la Orden sobre reglamentaciones detalladas para los accesorios y el equipamiento de los vehículos
6. Camiones N2/N3, remolques/semirremolques O3/O4 y conjuntos de vehículos utilizados para el transporte nacional de mercancías por carretera.
7.
8. El proyecto contiene las siguientes modificaciones de las normas nacionales relativas a la homologación de vehículos:
1. Aumento de la longitud para semirremolques y conjuntos de semirremolques
El proyecto de Orden establece que la longitud de los semirremolques y los conjuntos de semirremolques se incrementa en 1,38 m, siempre que se cumplan los requisitos aplicables en el círculo de giro.
2. Aumento de la longitud de la combinación de vehículos para conjuntos de semirremolques con grúas de carga
El proyecto de Orden establece que la longitud combinada del vehículo para los conjuntos de semirremolques con grúas de carga superiores a 8 tm se incremente hasta en 2 m, siempre que se cumplan los requisitos aplicables en el círculo de giro y no se aumente la longitud del área de carga.
3. Aumento de la longitud de la combinación de vehículos para conjuntos de semirremolques, cuando el camión esté propulsado por tecnología de cero emisiones o combustibles que constituyan una alternativa al diésel
El proyecto de Orden establece que la longitud combinada del vehículo para los conjuntos de semirremolques en las que el camión esté propulsado por tecnología de cero emisiones o combustibles alternativos al diésel se incremente hasta en 2 m, siempre que se cumplan los requisitos aplicables en el círculo de giro y no se aumente la longitud del área de carga.
4. Aumento de la longitud de la combinación de vehículos para camiones con remolques con grúas de carga superiores a 8 tm
El proyecto de Orden establece que la longitud combinada del vehículo con remolques con grúas de carga superiores a 8 tm se incremente hasta en 2 m, siempre que se cumplan los requisitos aplicables en el círculo de giro y no se aumente la longitud del área de carga.
5. Aumento del peso máximo admisible para camiones con cuatro ejes
El proyecto de Orden establece que el peso máximo admisible para los camiones con cuatro ejes se incremente de 32 000 kg a 36 000 kg, dependiendo de la configuración del eje y del espaciado entre ejes.
6. Aumento del peso máximo admisible para camiones con cinco ejes
El proyecto de Orden establece que el peso máximo admisible para camiones con cinco ejes se incremente de 32 000 kg a 42 000 kg, dependiendo de la configuración del eje y del espaciado entre ejes.
7. Aumento del peso máximo admisible para conjuntos de vehículos con tres ejes
El proyecto de Orden establece que el peso máximo admisible para los camiones con dos ejes se incremente de 18 000 kg a 20 000 kg cuando el camión forme parte de un conjunto de vehículos.
8. Aumento del peso máximo admisible para conjuntos de vehículos con cuatro ejes
El proyecto de Orden establece que el peso máximo admisible para los camiones con dos ejes se incremente de 18 000 kg a 20 000 kg cuando el camión forme parte de un conjunto de vehículos.
9. Aumento del peso admisible para conjuntos de vehículos con cinco ejes
El proyecto de Orden prevé un aumento del peso combinado de vehículos permitido para conjuntos de vehículos con cinco ejes de 44 000 kg a 47 000 kg. Al mismo tiempo, el peso máximo admisible para los remolques con tres ejes y la carga máxima total por eje en un grupo de tres ejes para remolques se incrementará de 24 000 kg a 27 000 kg, dependiendo de la separación entre ejes.
10. Aumento del peso máximo admisible para conjuntos de vehículos con seis ejes cuando el camión tenga cuatro ejes
El proyecto de Orden establece que el peso combinado de vehículos permitido para conjuntos de vehículos con seis ejes, en los que el camión tenga cuatro ejes, se incremente de 50 000 kg a 52 000 kg.
11. Aumento del peso máximo admisible para conjuntos de vehículos con seis ejes, cuando el camión tenga tres ejes
El proyecto de Orden establece que el peso combinado de vehículos permitido para conjuntos de vehículos con seis ejes, en los que el camión tenga tres ejes, se incremente de 50 000 kg a 53 000 kg.
9. Se modifica la Orden sobre la reglamentación detallada de los vehículos
sobre la base de un acuerdo político sobre la introducción de peajes basados en kilómetros en Dinamarca.
El objetivo de las modificaciones es iniciar una serie de medidas sobre el aumento del peso y la longitud de los camiones y conjuntos de vehículos para el transporte de mercancías por carretera.
Las medidas permitirán un transporte de mercancías más eficiente con conjuntos individuales de vehículos, con vistas a reducir las emisiones de CO2 por carga transportada.
Además, las medidas contienen una serie de cambios que apoyan la transición a un funcionamiento de bajas emisiones y cero emisiones, al proporcionar más espacio para la tecnología de bajas emisiones y cero emisiones (por ejemplo, baterías, sistemas de refrigeración de tanques, etc.).
10. Referencias a los textos de base: No hay textos de base disponibles.
11. No.
12.
13. No.
14. No
15. No
16.
Aspecto TBT: No
Aspecto SPS: No
**********
Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
email: grow-dir2015-1535-central@ec.europa.eu