Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2024) 0325
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2024/0060/EE
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20240325.ES
1. MSG 001 IND 2024 0060 EE ES 07-02-2024 EE NOTIF
2. Estonia
3A. Majandus- ja Kommunikatsiooniministeerium, aadress Suur-Ameerika 1, 10122 Tallinn
Ettevõtluse osakond,
el.teavitamine@mkm.ee
3B. Rahandusministeerium
4. 2024/0060/EE - T40T - Transporte urbano y por carretera
5. Impuesto estonio sobre vehículos de motor
6. Vehículos de las categorías M y N con una masa en vacío no superior a 3 500 kg o L3e, L4e, L5e, L6e, L7e, MS2, T1b, T3 o T5.
7.
8. Tipos del impuesto sobre los vehículos de motor:
El impuesto sobre los vehículos de motor estará comprendido entre 30 EUR y 90 EUR para los vehículos de motor de las categorías L3e, L4e, L5e, L6e y L7e, los vehículos de motor de la categoría MS2 con una masa en vacío no superior a 1 000 kilogramos, los vehículos de motor de la categoría T3 y los vehículos de motor de las categorías T1b y T5 con una masa en vacío no superior a 1 000 kilogramos, para los que hayan transcurrido hasta diez años desde la fecha de matriculación inicial hasta la fecha de inicio del período impositivo.
El impuesto sobre los vehículos de motor estará comprendido entre 30 EUR y 75 EUR para los vehículos de motor de las categorías L3e, L4e, L5e, L6e y L7e, los vehículos de motor de la categoría MS2 con una masa en vacío no superior a 1 000 kilogramos, los vehículos de motor de la categoría T3 y los vehículos de motor de las categorías T1b y T5 con una masa en vacío no superior a 1 000 kilogramos, para los cuales hayan transcurrido más de diez años pero no más de veinte años desde la fecha de matriculación inicial hasta la fecha de inicio del período impositivo.
El tipo del impuesto sobre los vehículos de motor de la categoría M1 se calculará como la suma de los tres componentes siguientes:
1) la parte base de 50 EUR por vehículo de motor;
2) el componente de las emisiones específicas de CO2 multiplicando cada gramo de CO2 entre 118 y 150 gramos por kilómetro por 3 EUR, multiplicando entre 151 y 200 gramos por kilómetro por 3,5 EUR y multiplicando entre 201 y más gramos por kilómetro por 4 EUR;
3) la proporción del peso de tal manera que cada kilogramo que exceda de la masa máxima de un vehículo de motor de 2 000 kilogramos se multiplique por 0,40 EUR hasta el importe de 400 EUR o, en el caso de un vehículo de de motor con capacidad de carga externa con la indicación «OVC-HEV» en el registro de tráfico, de tal manera que cada kilogramo que exceda de la masa máxima de 2 200 kilogramos del vehículo de motor se multiplique por 0,40 EUR hasta el importe de 400 EUR.
El tipo impositivo del impuesto sobre los vehículos de motor de un vehículo de motor para el que se disponga en el registro de tráfico de datos sobre las emisiones específicas de CO2 calculadas sobre la base del Nuevo Ciclo de Conducción Europeo (en lo sucesivo, «método NEDC») se calculará como la suma de los tres componentes siguientes:
1) la parte base especificada en el punto 1 de esta sección;
2) la parte de masa;
3) el componente de las emisiones específicas de CO2 multiplicando primero las emisiones específicas de CO2 por el factor 1,21 y después por cada gramo de CO2 de conformidad con lo dispuesto en el punto 2 de la subsección 1 de esta sección.
El valor de referencia del método WLTP para las emisiones específicas de CO2 de un vehículo de motor para el que no se disponga de datos sobre emisiones específicas de CO2 en el registro de tráfico se calculará como la suma de los tres componentes siguientes:
1) la potencia del motor en kilovatios se multiplica por 0,29;
2) la masa en vacío en kilogramos del vehículo de motor se multiplica por 0,07;
3) la antigüedad del vehículo de tracción mecánica en años en la fecha de inicio del período impositivo a partir de la fecha de la primera matriculación se multiplica por 4,92.
El tipo impositivo de un vehículo de motor totalmente eléctrico se calculará como la suma de los dos componentes siguientes:
1) la parte base de 50 EUR por vehículo de motor;
2) la proporción del peso, de forma que cada kilogramo que exceda de la masa máxima de 2 400 kilogramos del vehículo de motor se multiplique por 0,40 EUR hasta el importe de 440 EUR.
Un vehículo de motor de categoría M1 que, según el registro de tráfico, esté clasificado como vehículo con espacio habitable y cuya longitud supere los 5 100 milímetros estará sujeto al tipo del impuesto sobre vehículos de motor aplicado a los vehículos de motor de categoría N1, sin aplicar un multiplicador del tipo del impuesto sobre vehículos de motor en función de la antigüedad del vehículo de motor.
Tipos impositivos de los vehículos de motor de la categoría N1
El tipo del impuesto sobre los vehículos de motor de la categoría N1 se calculará como la suma de los dos componentes siguientes:
1) la parte base de 50 EUR por vehículo de motor;
2) el componente de las emisiones específicas de CO2 multiplicando cada gramo de CO2 entre 205 y 250 gramos por kilómetro por 3 EUR, multiplicando entre 251 y 300 gramos por kilómetro por 3,5 EUR, y entre 301 y más gramos por kilómetro multiplicado por 4 EUR.
Si en el registro de tráfico solo están disponibles los datos sobre las emisiones específicas de CO2 utilizando el método NEDC o si los datos no están presentes en absoluto, el tipo del impuesto sobre vehículos de motor se calculará del mismo modo que para la categoría M.
El tipo del impuesto sobre los vehículos de motor de un vehículo con una indicación «OVC-HEV» en el registro de tráfico es la parte base.
El tipo del impuesto sobre los vehículos de motor para un vehículo de motor totalmente eléctrico es de 30 EUR por vehículo de motor.
Los vehículos de motor de la categoría N1 cuya potencia específica supere los 0,20 kilovatios de capacidad de carga por kilogramo según el registro de tráfico tributarán al tipo del impuesto sobre vehículos de motor de los vehículos de motor de la categoría M1, aplicando además, en el caso de las personas físicas, un coeficiente multiplicador en función de la antigüedad del vehículo de motor.
Coeficiente en función de la antigüedad del vehículo de motor
El tipo impositivo para un vehículo de motor de una persona física de la categoría M1 se multiplicará por el coeficiente en función de la antigüedad del vehículo de motor. Esto significa que a partir de los cinco años, a medida que aumente la antigüedad del vehículo, el tipo impositivo disminuirá hasta incluir únicamente el tipo base del vehículo que tenga veinte años o más.
9. El proyecto de Ley del impuesto sobre vehículos de motor introduce un nuevo impuesto en Estonia: el impuesto sobre vehículos de motor, que se paga anualmente por los vehículos matriculados en el registro de tráfico. Estonia tiene casi el parque automovilístico más antiguo y contaminante de la Unión Europea en uso cotidiano. También tenemos un número de vehículos por persona superior a la media. La legislación europea establece para Estonia el objetivo obligatorio de reducir las emisiones totales de gases de efecto invernadero en un 24 % de aquí a 2030 con respecto a los niveles de 2005 (antes, un 13 %). Estas circunstancias nos han llevado a una situación en la que hay que prestar más atención a la contaminación, es decir, a las emisiones excesivas de dióxido de carbono. La aplicación del impuesto es una medida muy eficaz que afecta al comportamiento de los consumidores, y el impuesto estonio sobre los vehículos de motor previsto en este proyecto de Ley se modelará en consecuencia.
A partir del 1 de enero de cada año, el impuesto deberá ser pagado por todas las personas que, según el registro de tráfico, sean propietarios de las siguientes categorías de vehículos de motor o los usuarios responsables en virtud del contrato de arrendamiento:
1) los vehículos de motor de las categorías L3e, L4e, L5e, L6e, L7e, MS2 y T1b, T3 y T5 solo están sujetos al impuesto sobre los vehículos de motor en función del volumen de sus motores;
2) el impuesto sobre los vehículos de motor de las categorías M1 y M1G se establecerá como la suma de los tres componentes, a saber, la parte base, la cuota de las emisiones de CO2 y la fracción de masa. El cálculo del componente de emisiones se basará en la lectura calculada mediante el método WLTP, pero el multiplicador correspondiente se utilizará únicamente para los vehículos con lecturas NEDC. Para los coches eléctricos M1 y M1G, el tipo impositivo se calcula sumando la parte base y para los coches eléctricos más pesados sumando también la proporción de peso;
3) el impuesto sobre los vehículos de motor de las categorías N1 y N1G se establecerá como la suma de los dos componentes, que son la parte base y la cuota de las emisiones de CO2. Se tendrá en cuenta la lectura calculada según el método WLTP y el multiplicador de la lectura NEDC. Para los vehículos eléctricos, solo se aplica la parte base.
El impuesto sobre los vehículos de motor no se aplicará a:
1) los vehículos de motor matriculados como vehículos de emergencia en el registro de tráfico;
2) una misión diplomática y una oficina consular de un Estado extranjero, una misión especial, una representación o sede de una organización internacional reconocida por el Ministerio de Asuntos Exteriores, una institución de la Unión Europea o una agencia o un organismo establecido sobre la base del Derecho de la Unión, un representante diplomático y un funcionario consular de un Estado extranjero acreditado en Estonia, con excepción de un cónsul honorario, un representante de una misión especial y una organización internacional, así como los vehículos de motor pertenecientes al personal administrativo de la misión diplomática, la oficina consular y la misión especial;
3) un vehículo de motor que haya sido especialmente readaptado para el transporte de personas con discapacidad o para ser utilizado por personas discapacitadas.
A la hora de crear el impuesto sobre vehículos de motor, se ha considerado que deben cumplirse los siguientes principios:
basado en la solvencia: un principio importante de la fiscalidad es la solvencia, es decir, la distribución de la carga fiscal debe ser justa; el impuesto sobre los vehículos de motor tampoco debe ser demasiado regresivo, de modo que los propietarios de vehículos más baratos (más antiguos) paguen muchos más impuestos en relación con sus ingresos que los propietarios de un vehículo más caro;
automatizado: el cálculo del impuesto se basa en los datos del registro de tráfico y en la plataforma de recaudación de impuestos TCB y TRAM;
no manipulado: no depende del estatus o lugar de residencia del propietario;
simple: obligación tributaria con el menor número posible de distinciones y calculada a partir de una fórmula comprensible;
con una base amplia: se gravan todos los vehículos, incluidos los motores eléctricos;
con una carga administrativa baja: el impuesto se paga en el transcurso del cumplimiento de otras obligaciones;
difícil de evitar: por ejemplo, comprobando que se ha pagado en la fecha prevista durante las inspecciones normales de vehículos;
público: el importe del impuesto sobre vehículos de motor de los vehículos sujetos al impuesto puede verse en el registro de tráfico con los datos del vehículo de motor;
reductor de la contaminación: el diseño del impuesto sobre vehículos de motor influye en la propiedad de menos vehículos;
reductor del parque automovilístico: el impuesto sobre vehículos de motor afecta al número de vehículos en uso en Estonia y frena la tendencia de crecimiento del número total de vehículos;
organizador del registro: evita la matriculación de un vehículo en una categoría errónea con fines de reducción fiscal, motiva a que el vehículo no se deje tirado como residuo, es decir, la obligación fiscal del vehículo se suspende solo cuando el vehículo se da finalmente de baja en el registro de tráfico, esto es, cuando el vehículo se da de baja.
10. Referencias a la legislación complementaria: No existe legislación relacionada.
11. No.
12.
13. No.
14. Sí
15. Sí
16.
Aspecto TBT: No
Aspecto SPS: No
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
email: grow-dir2015-1535-central@ec.europa.eu