Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2026) 3103
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2026/0589/SE
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20263103.ES
1. Mensaje de notificación: MSG 001 IND 2026 0589 SE ES 02-11-2026 SE NOTIF
2. País: Sweden
3A. Departamento responsable: Kommerskollegium
3B. Departamento de origen: Transportstyrelsen
4. Productos/Servicios 2026/0589/SE - T00T - Transporte
5. Nombre: Decisión por la que se modifican las Directrices generales de la Agencia de Transporte de Suecia (TSFS 2024:17) sobre exenciones para viajes con vehículos largos, conjuntos de vehículos o cargas largas indivisibles.
6. Detalles del producto/servicio: señales de advertencia para vehículos largos, conjuntos de vehículos o cargas largas indivisibles.
7. Notificación con arreglo a otro acto de la UE:
8. Resumen ejecutivo: Que la altura de las letras de las señales de advertencia se aclare en las Directrices generales TSFS 2024:17. Para ello, se introduce una altura mínima de las letras, así como una disposición de exención que permite que las letras sean más grandes. No obstante, con sujeción a una restricción relativa a la distancia mínima especificada desde el borde.
La propuesta también tiene por objeto permitir que se utilice una gama más amplia de materiales para el borde de las señales de advertencia y limitar la anchura del borde a un máximo de 5,5 cm, incluso si la señal se produce en un tamaño mayor que las dimensiones mínimas prescritas.
9. Breve descripción de los principios básicos: El objetivo de la propuesta es contrarrestar la incertidumbre que se ha generado en este ámbito. La incertidumbre se deriva del hecho de que las disposiciones relativas a las señales de advertencia en cuestión admiten interpretaciones diferentes. Esto ha generado incertidumbre sobre si las señales de advertencia fabricadas cumplen realmente los requisitos de la reglamentación.
El objetivo es también aprovechar los avances en el ámbito de los materiales que se están produciendo en el sector.
9 bis. Adecuación de la medida adoptada para alcanzar el objetivo perseguido: Es evidente que, en la actualidad, las Directrices generales en cuestión se interpretan de diferentes maneras. El riesgo de que se produzca incertidumbre entre los fabricantes, las empresas de transporte y en los controles en carretera es, en la actualidad, una realidad. Esto genera inseguridad jurídica y una falta de uniformidad en la aplicación de la ley.
La propuesta actual supone que el margen de interpretación de las Directrices generales, que se consideraban poco claras, pasa a ser prácticamente inexistente, lo que facilita su aplicación.
9 ter. Necesidad: Se prevé que la propuesta afecte, ante todo, a las autoridades encargadas de evaluar las solicitudes de exención de las disposiciones vigentes sobre la longitud de los vehículos en el transporte de cargas indivisibles. En segundo lugar, se ven afectados los fabricantes, importadores y vendedores de señales de advertencia, así como aquellas personas (empresas o particulares) que realizan el tipo de viajes en cuestión al amparo de una exención concedida.
La Agencia de Transporte de Suecia considera que, para las personas mencionadas, los efectos positivos superarán a los negativos, en comparación con la situación actual.
Además, se considera que la modificación es la única forma de abordar el problema, ya que las Directrices generales, tal y como están redactadas actualmente, pueden interpretarse de diferentes maneras.
9 quater. Carga excesiva en relación con el objetivo perseguido: No se considera que las Directrices generales supongan una carga excesiva.
10. Referencias a los textos de base: No se dispone de textos de base
11. Invocación de un procedimiento de emergencia: No
12. Proporcione los motivos para la urgencia:
13. Solicitud de confidencialidad: No
14. ¿Es una medida fiscal? No
15. ¿Tiene una evaluación de impacto? Sí
16.
Aspecto TBT: No
Aspecto SPS: No
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
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