Nos referimos al documento sometido al procedimiento del SISTEMA DE INFORMACIÓN SOBRE REGLAMENTACIONES TÉCNICAS (TRIS) --previsto en la Directiva (UE) 2015/1535--, por la Comisión Europea sobre el Anteproyecto de Ley por la que se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco (Notificación: 2025/0602/ES).
La UNIÓN DE ASOCIACIONES DE ESTANQUEROS DE ESPAÑA (en adelante, la UNIÓN DE ESTANQUEROS) ya participó activamente en el trámite de Audiencia e Información Pública nacional sobre este mismo Anteproyecto, formulando una serie de observaciones y propuestas de mejora que ahora se reiteran y adaptan en el presente marco del TRIS, en la medida en que siguen siendo plenamente coherentes con la versión del texto notificada a la Comisión.
Las aportaciones que se formulan a continuación pretenden:
- Reforzar la protección de la salud pública, especialmente de las personas menores de edad, mediante un canal de venta especializado y controlado, como son las Expendedurías de Tabaco y Timbre del Estado español.
- Garantizar la seguridad jurídica y la proporcionalidad de las nuevas restricciones, de acuerdo con los principios del artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia).
- Evitar restricciones innecesariamente gravosas o indeterminadas que, además de generar inseguridad jurídica, puedan suponer obstáculos injustificados a la libre circulación de mercancías en el sentido de los artículos 34 y 36 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), más allá de lo requerido por el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco y la Directiva 2014/40/UE, de 3 de abril, sobre fabricación, presentación y venta de productos del tabaco y productos relacionados.
En todo caso, la UNIÓN DE ESTANQUEROS comparte plenamente los objetivos generales de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, orientados a reducir la prevalencia del tabaquismo y proteger de la exposición al humo del tabaco, así como la necesidad de actualizar su contenido en lo relativo a los productos relacionados (cigarrillos electrónicos, productos a base de hierbas y bolsas de nicotina, entre otros).
A tal efecto, mediante el ESCRITO QUE SE ADJUNTA, esta Organizaciónformula sus aportaciones con la finalidad de plantear la modificación del referido “Anteproyecto de Ley por la que se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco”.
En conclusión, desde la UNIÓN DE ASOCIACIONES DE ESTANQUEROS DE ESPAÑA rogamos a esta Comisión Europea, a la que tenemos el honor de dirigirnos, que tenga en consideración las aportaciones realizadas, estimando que las mismas podrían contribuir a mejorar la elaboración del Proyecto de Reglamento Técnico en el marco de la Directiva EU/2015/1535 sobre el Anteproyecto de Ley por la que se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco (Notificación: 2025/0602/ES), y conello contribuir de una manera notable en la lucha contra el tabaquismo.