Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2018) 02762
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación - Oznámení - Notifikation - Notifizierung - Teavitamine - Γνωστοποίηση - Notification - Notification - Notifica - Pieteikums - Pranešimas - Bejelentés - Notifika - Kennisgeving - Zawiadomienie - Notificação - Hlásenie-Obvestilo - Ilmoitus - Anmälan - Нотификация : 2018/0512/E - Notificare.
No abre el plazo - Nezahajuje odklady - Fristerne indledes ikke - Kein Fristbeginn - Viivituste perioodi ei avata - Καμμία έναρξη προθεσμίας - Does not open the delays - N'ouvre pas de délais - Non fa decorrere la mora - Neietekmē atlikšanu - Atidėjimai nepradedami - Nem nyitja meg a késéseket - Ma’ jiftaħx il-perijodi ta’ dawmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Neotvorí oneskorenia - Ne uvaja zamud - Määräaika ei ala tästä - Inleder ingen frist - Не се предвижда период на прекъсване - Nu deschide perioadele de stagnare - Nu deschide perioadele de stagnare.
(MSG: 201802762.ES)
1. MSG 001 IND 2018 0512 E ES 05-10-2018 E NOTIF
2. E
3A. Subdirección General de Asuntos Industriales, Energéticos, de Transportes, Comunicaciones y de Medio Ambiente.
Dirección General de Coordinación del Mercado Interior y otras Políticas Comunitarias.
Secretaría de Estado para la Unión Europea
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
C/ Serrano Galvache, 26, 4ª planta, Torre Sur (28071 Madrid)
Teléfono: 91 379 84 64
Fax: 91 379 84 01
Dirección correo electrónico: d83-189@maec.es
3B. Servicio de Juego de la Dirección General de Comercio y Empresa.
Consejería de Trabajo, Comercio e Industria.
Gobierno de las Illes Balears
4. 2018/0512/E - H10
5. Proyecto de decreto por el que se aprueba el Reglamento de máquinas de juego, empresas, establecimientos dedicados a su explotación y otras normas en materia de juego de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
6. En concreto, el Reglamento que se pretende aprobar mediante este decreto, regula las máquinas de juego, empresas,establecimientos dedicados a su explotación y otras normas en materia de juego en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
7. -
8. El reglamento que se pretende aprobar mediante este decreto tiene por objeto regular, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, el Registro General de Juego, los laboratorios o entidades acreditadas para la homologación del material de juegoy apuestas, los juegos desarrollados mediante el empleo de las máquinas de juego y la ordenación de estas, los sujetos y actividades económicas relacionadas con las mismas, así como los establecimientos autorizados para su instalación, garantizando tanto la seguridad jurídica de los titulares de los establecimientos y operadores de juego, como los derechos de aquellos grupos especialmente sensibles de personas usuarias que requieren una especial tutela o protección.
9. En desarrollo de las competencias estatutarias, se aprobó la Ley 8/2014, de 1 de agosto, del juego y las apuestas de las Illes Balears. En el artículo 5 de esta Ley se establece que se incluirán en el Catálogo de Juegos y Apuestas, como instrumento básico de ordenación de los juegos, los que se desarrollen mediante el uso de máquinas recreativas con premio y máquinas de azar. En el artículo 6 se crea el Registro General de Juego de las Illes Balears, en el artículo 13 se definen y clasifican las máquinas de juego, en el 21 se establecen los requisitos de las empresas operadoras de máquinas, y se deja para un despliegue reglamentario posterior lo que se refiere a su concreta regulación y demás requisitos que deben cumplirse. Respecto a las homologaciones y certificados emitidos por laboratorios autorizados en relación a las máquinas de juego y apuestas y material de juego y apuestas, la Ley 8/2014 nada dice al respecto, por lo que debemos recurrir a la normativa estatal, por ello es imprescindible su regulación.
10. Referencias de los textos de base: -Artículo 30.29 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, según la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto.
- Real Decreto 123/1995, de 27 de enero,por el cual se traspasaron las funciones y los servicios en materia de casinos, juegos y apuestas de la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
-Ley 8/2014, de 1 de agosto, del juego y las apuestas de las Illes Balears.
11. No
12. -
13. No
14. No
15. -
16. Aspecto TBT
NO - El proyecto no tendrá un efecto perceptible sobre el comercio internacional.
Aspecto SPS
No - El proyecto no es una medida sanitaria ni fitosanitaria
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
Fax: +32 229 98043
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