Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2024) 1558
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2024/0321/FI
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20241558.ES
1. MSG 001 IND 2024 0321 FI ES 14-06-2024 FI NOTIF
2. Finland
3A. Työ- ja elinkeinoministeriö
Työllisyys ja toimivat markkinat -osasto
PL 32
FI-00023 VALTIONEUVOSTO
Puhelin +358 29 504 7022
maaraykset.tekniset.tem@gov.fi
3B. Sosiaali- ja terveysministeriö
Turvallisuus ja terveys -osasto
PL 33
FI-00023 VALTIONEUVOSTO
Puhelin +358 295 16001
kirjaamo.stm@gov.fi
4. 2024/0321/FI - X00M - Mercancías y productos diversos
5. Decreto del Ministerio de Asuntos Sociales y Sanidad por el que se modifica el Decreto del Ministerio de Asuntos Sociales y Sanidad sobre normas y notificaciones relativas al tabaco y productos relacionados
6. Productos del tabaco, cigarrillos electrónicos, envases de recarga, líquidos que contienen nicotina, líquidos distintos de los que contienen nicotina destinados a ser utilizados en cigarrillos electrónicos.
7.
8. La Ley del Tabaco (549/2016) ha sido modificada por la Ley xx/2024, que entra en vigor el [día] [mes] 202x. Se ha añadido a la Ley una definición de productos de nicotina sin combustión que abarca las bolsas de nicotina y los productos muy parecidos a estas. Las bolsas de nicotina también se ajustan a la definición de sucedáneos del tabaco.
Con arreglo al artículo 29 bis de la Ley del tabaco, el fabricante o importador de un producto de nicotina sin combustión debe informar previamente a la Autoridad Nacional de Control del Bienestar y la Salud (Valvira) de los productos que pretende empezar a vender o poner de otro modo a disposición de los consumidores. Del mismo modo, cualquier cambio significativo en los productos también debe notificarse antes de que el producto se ponga a la venta o se ponga de otro modo a disposición de los consumidores. La notificación incluirá:
1) el nombre y los datos de contacto del fabricante, de la persona física o jurídica responsable del producto en la UE y del importador del producto en la UE;
2) una lista de todos los ingredientes contenidos en el producto, clasificados por marca y tipo, así como las cantidades de ingredientes;
3) datos toxicológicos sobre los ingredientes y las emisiones del producto, teniendo en cuenta, en particular, su efecto adictivo;
4) información sobre la dosificación y absorción de nicotina cuando el producto se utiliza en condiciones normales o razonablemente previsibles;
5) información que indique que el fabricante o importador es plenamente responsable de la calidad y seguridad del producto cuando se introduce en el mercado y cuando se utiliza en condiciones normales o razonablemente previsibles.
De conformidad con el artículo 29 ter de la Ley del tabaco, los fabricantes o importadores de productos de nicotina sin combustión deben facilitar anualmente a la Autoridad Nacional de Supervisión del Bienestar y la Salud (Valvira) información sobre los volúmenes de ventas de productos de nicotina sin combustión por marca y tipo de producto.
De conformidad con el artículo 30, apartado 3, de la Ley del tabaco, podrán establecerse disposiciones adicionales mediante decreto del Ministerio de Asuntos Sociales y Sanidad sobre la forma y el formato de presentación de la información a que se refieren los artículos 26, 27, 29 bis y 29 ter y sobre la fecha de presentación de la información a que se refiere el artículo 27; artículo 28, apartado 1; y el artículo 29 ter.
Se propone modificar el Decreto del Ministerio de Asuntos Sociales y Sanidad sobre normas y notificaciones relativas al tabaco y los productos relacionados (592/2016) para que el artículo 4 sobre la fecha de notificación de los estudios y volúmenes de ventas incluya las notificaciones de volúmenes de ventas de productos de nicotina sin combustión. También se propone añadir un nuevo artículo 6 ter que establezca el formato para la notificación de los productos a base de nicotina sin combustión.
9. Se propone añadir un nuevo artículo 6 ter que establezca el formato para la notificación de los productos a base de nicotina.
Los productos de nicotina sin combustión corresponden en gran medida a los productos del tabaco sin combustión por sus características, pero no contienen plantas de tabaco. Los productos del tabaco sin combustión no pueden venderse, suministrarse ni negociarse de otro modo en Finlandia. Sin embargo, los productos del tabaco sin combustión entran en el ámbito de aplicación de la Directiva sobre los productos del tabaco y el formato para la notificación de sus ingredientes y volúmenes de ventas se establece en la Decisión de Ejecución (UE) 2015/2186 de la Comisión, por la que se establece un formato para la presentación y la puesta a disposición de información sobre los productos del tabaco.
En la práctica, las notificaciones establecidas en la Directiva sobre los productos del tabaco se realizan a través del portal de notificación de la UE, el portal común de entrada de la UE (EU-CEG). El portal de notificación también se utiliza para notificar productos no cubiertos por la Directiva sobre los productos del tabaco. El portal EU-CEG no tiene una categoría de productos de nicotina sin combustión, pero la categoría de productos del tabaco sin combustión nunca se utiliza en Finlandia debido a la prohibición nacional de ventas. Dada la gran similitud entre los productos de nicotina sin combustión y los productos del tabaco sin combustión, es lógico que los productos de nicotina sin combustión se notifiquen como productos del tabaco sin combustión a través del portal EU-CEG. Los productos son fáciles de identificar en el portal de notificación, ya que no se realizarán más notificaciones para Finlandia en esta categoría debido a la prohibición de venta. La República Checa también ha establecido que las notificaciones relativas a las bolsas de nicotina deben realizarse en el portal EU-CEG como productos del tabaco sin combustión en la subcategoría «Productos del tabaco de uso oral».
Por las razones anteriores, se propone utilizar el formato para la notificación de los productos a base de nicotina sin combustión, previsto en la Decisión de Ejecución (UE) 2015/2186 de la Comisión, por la que se establece un formato para la presentación y la puesta a disposición de información sobre los productos del tabaco, para la notificación de los productos de nicotina sin combustión. Sobre la base del artículo 6 de la Ley del tabaco, la Autoridad Nacional de Supervisión del Bienestar y la Salud (Valvira) puede publicar orientaciones adicionales sobre la notificación de productos de nicotina sin combustión.
10. Referencias a los textos de base: Los textos de base se comunicaron en el marco de una notificación anterior:
2024/0210/FI
11. No
12.
13. No
14. No
15. Sí
16.
Aspecto TBT:
El proyecto es un reglamento técnico o una evaluación de la conformidad
Aspecto SPS: No
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
email: grow-dir2015-1535-central@ec.europa.eu