Mensaje 002
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2018) 02580
Directiva (UE) 2015/1535
Traducción del mensaje 001
Notificación: 2018/0477/FIN
No abre el plazo - Nezahajuje odklady - Fristerne indledes ikke - Kein Fristbeginn - Viivituste perioodi ei avata - Καμμία έναρξη προθεσμίας - Does not open the delays - N'ouvre pas de délais - Non fa decorrere la mora - Neietekmē atlikšanu - Atidėjimai nepradedami - Nem nyitja meg a késéseket - Ma’ jiftaħx il-perijodi ta’ dawmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Neotvorí oneskorenia - Ne uvaja zamud - Määräaika ei ala tästä - Inleder ingen frist - Не се предвижда период на прекъсване - Nu deschide perioadele de stagnare - Nu deschide perioadele de stagnare.
(MSG: 201802580.ES)
1. MSG 002 IND 2018 0477 FIN ES 24-09-2018 FIN NOTIF
2. FIN
3A. Työ- ja elinkeinoministeriö
Työllisyys ja toimivat markkinat -osasto
PL 32
FI-00023 VALTIONEUVOSTO
Puhelin +358 29 504 7015
maaraykset.tekniset@tem.fi
3B. Liikenne- ja viestintäministeriö
PL 31
FI-00023 VALTIONEUVOSTO
Puhelin + 358 295 16001
Yhteyshenkilöt: erik.asplund@lvm.fi, aino.still@lvm.fi
4. 2018/0477/FIN - T40T
5. Decreto del Gobierno por el que se modifica el Decreto relativo al uso de vehículos en carretera
6. Uso de vehículos de categoría M, N y O, así como conjuntos de estos, en carretera.
7. -
8. Por el presente se propone la modificación de las longitudes máximas autorizadas para los vehículos y los conjuntos de vehículos registrados o puestos en circulación en un Estado del EEE. Asimismo, se propone que se permita el uso en carretera de nuevos tipos de conjuntos de vehículos distintos de los conjuntos de vehículos existentes.
La propuesta establece dimensiones máximas autorizadas, masas y requisitos de maniobrabilidad para conjuntos de vehículos más largos y nuevos tipos de conjuntos de vehículos, así como los requisitos de conexión y equipamiento relativos al uso seguro de los vehículos y conjuntos de vehículos.
Las longitudes máximas autorizadas de un vehículo en la carretera se modificarán de forma que, en el caso de un vehículo distinto a un vehículo de la categoría M2 o M3, la longitud máxima autorizada en la carretera quedará modificada de 12 a 13 metros, la nueva longitud de tracción de un semirremolque será de 18 metros, y la de un remolque propiamente dicho, de 16,00 metros. La longitud máxima autorizada del conjunto de un camión y un semirremolque se cambiará de 16,50 a 23 metros. En el futuro, la longitud máxima autorizada del conjunto formado por un vehículo y un remolque de eje central será de 20,75 metros en vez de la longitud actual de 18,75 metros. La longitud máxima autorizada del conjunto formado por un camión y uno o varios remolques pasará de la longitud actual de 25,25 a 34,50 metros; y la suma de las longitudes de carga interiores detrás de la cabina del vehículo tractor pasará de la longitud actual de 21,42 a 29,24 metros. Las longitudes de carga interiores máximas autorizadas se basan en la Directiva 96/53/CE del Consejo por la que se establecen, para determinados vehículos de carretera que circulan en la Comunidad, las dimensiones máximas autorizadas en el tráfico nacional e internacional y los pesos máximos autorizados en el tráfico internacional (en adelante, «Directiva de dimensiones y pesos»), con una dimensión del módulo de 7,82 y 13,6 metros de acuerdo con los principios del enfoque modular. La masa máxima autorizada de un vehículo y un remolque de eje central se modificará de las 44 toneladas actuales a 50 toneladas. Las masas autorizadas de los conjuntos nuevos y más largos, con un número mayor de ejes, será de 74 toneladas para diez ejes y 76 toneladas para al menos once ejes.
9. El objetivo consiste en aumentar las actuales longitudes máximas autorizadas para que los camiones, remolques y semirremolques que cumplan los requisitos dispuestos en la Directiva de dimensiones y pesos puedan utilizarse en conjuntos que permitan alcanzar la longitud máxima de carga autorizada en Finlandia, de forma que el operador del Estado miembro que haya adoptado las dimensiones de acuerdo con dicha Directiva pueda beneficiarse de las mismas condiciones de competencia (enfoque modular). El propósito de esta propuesta es mejorar la eficiencia del transporte por carretera y reducir las emisiones relativas al transporte. La finalidad prevista es determinar requisitos rentables para conjuntos de vehículos más largos que los habituales, que fomentarían el uso de conjuntos de vehículos de transporte de gran capacidad a una escala más amplia y proporcionar los mayores beneficios posibles de transporte. El objetivo de la propuesta consiste en eliminar todas las restricciones injustificadas en relación con la seguridad vial, el entorno vial o el medioambiente. La notificación anterior relativa a la propuesta, Notificación n.º 2018/285/FIN, presentada en virtud de la Directiva (UE) 2015/1535, queda derogada y, por tanto, esta constituye la nueva modificación relativa a la propuesta.
10. Referencias a los textos de base: Decreto (1257/1992) relativo al uso de vehículos en carretera: https://www.finlex.fi/fi/laki/ajantasa/1992/19921257?search%5Btype%5D=pika&search%5Bpika%5D=ajoneuvojen%20k%C3%A4yt%C3%B6st%C3%A4%20tiell%C3%A4
11. No
12. -
13. No
14. No
15. Sí
16. Aspecto OTC
No. El proyecto no tiene un impacto significativo sobre el comercio internacional.
Aspecto MSF
No. El proyecto no es una medida sanitaria ni fitosanitaria.
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Comisión Europea
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