Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2024) 0328
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2024/0061/EE
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20240328.ES
1. MSG 001 IND 2024 0061 EE ES 07-02-2024 EE NOTIF
2. Estonia
3A. Majandus- ja Kommunikatsiooniministeerium, aadress Suur-Ameerika 1, 10122 Tallinn
Ettevõtluse osakond,
el.teavitamine@mkm.ee
3B. Rahandusministeerium
4. 2024/0061/EE - T40T - Transporte urbano y por carretera
5. Tasa de matriculación de los vehículos de motor estonios
6. Vehículos de motor de las categorías M y N.
7.
8. Tipos impositivos de la categoría M
La tasa de matriculación de los vehículos de la categoría M consta de tres partes:
1) el importe de base de 300 EUR, al que se añadirán los importes siguientes:
2) un componente basado en CO2, en el que se grava cada gramo de CO2: 1-117 g/km = 5 EUR/g; 118-150 = 40 EUR/g; 151-200 = 60 EUR/g; 201+ = 80 EUR/g más;
3) el componente de masa máxima, a partir de 2 000 kg para automóviles convencionales, de 2 200 kg para híbridos enchufables y de 2 400 kg para automóviles eléctricos (4 EUR/kg). El límite del componente de masa máxima es de 4 000 EUR y 4 400 EUR para los automóviles eléctricos.
El CO2 se calculará sobre la base del método WLTP. En el caso de un vehículo NEDC, se multiplicará por 1,21.
En ausencia de un indicador de CO2, se obtendrá una lectura cercana al WLTP a partir de parámetros alternativos (potencia, masa en vacío, edad, tipo de combustible).
La carga para un vehículo totalmente eléctrico está formada por la cantidad de base y el componente de masa. La tasa de matriculación de un vehículo de motor de la categoría M1 con la denominación de carrocería «residencial» según el registro de tráfico y una longitud superior a 5 100 mm, se calculará sobre la base del tipo de la tasa de matriculación de los vehículos de motor de la categoría N1, sin aplicar un multiplicador de la tasa de matriculación en función de la antigüedad del vehículo de motor.
Tipos impositivos de la categoría N
La tasa de matriculación para la categoría N consta de dos partes: el importe de base de 500 EUR más el componente específico de emisión de CO2, que se encuentra multiplicando cada gramo de CO2 entre 1 y 204 gramos por kilómetro por 2, cada gramo entre 205 y 250 gramos por kilómetro por 30 EUR, cada gramo entre 251 y 300 gramos por kilómetro por 35 EUR, y cada gramo entre 301 y más gramos por kilómetro por 40 EUR.
El CO2 se calcula sobre la base del WLTP; si solo está disponible el NEDC, la lectura se multiplica por el coeficiente de 1,3.
9. La tasa de matriculación está dirigida al objetivo de Estonia de reducir el uso de energía fósil y las emisiones en el sector del transporte tan pronto como en los próximos años, contribuyendo así a reducir el impacto negativo en la salud pública y el medio ambiente. En términos de emisiones de CO2, el parque automovilístico estonio es casi el más antiguo de Europa y el más contaminante en términos de automóviles nuevos. Sin embargo, el objetivo no es dejar a la flota de automóviles más antigua fuera de uso, ya que es más beneficioso para el medio ambiente y para la economía en su conjunto si cada vehículo producido se utiliza hasta el final de su vida útil. Además de lo anterior, el objetivo es dirigir las opciones de compra de automóviles de las personas hacia vehículos que tengan menos impacto en el medio ambiente, y apoyar la decisión de dejar de usar automóviles.
La tasa se concibió como una medida que contribuye a una serie de objetivos importantes relacionados con el clima. Cabe señalar que los objetivos de la política climática se alcanzan a través de una amplia gama de actividades en las que la reducción de las emisiones de CO2 y el aumento de la protección del medio ambiente en el sector del transporte son solo uno de los componentes.
La tasa de matriculación se paga antes de la primera matriculación de automóviles y furgonetas en el registro de tráfico estonio. La tasa es pagada por la persona que matricula el vehículo. Los vehículos que ya figuran en el registro no están sujetos a una tasa; estos vehículos solo están sujetos al impuesto sobre los vehículos de motor, respecto del cual se ha efectuado una notificación paralela de un reglamento técnico. Esto significa que, a partir del 1 de enero de 2025, la tasa de matriculación se abonará siempre a la entrada de un vehículo nuevo en el registro de tráfico y a la entrada en el registro de un vehículo de segunda mano utilizado en Estonia (entregado desde otro país). La tasa de matriculación solo se abonará una vez por vehículo.
La tasa de matriculación sustituye a la tasa estatal por las operaciones relativas a las categorías de vehículos en cuestión. La imposición de una tasa estatal por una inscripción en el registro se revocará cuando entre en vigor la tasa de matriculación.
La tasa se basa en los datos de registro existentes, con algunas excepciones aplicadas. Quedarán exentos de la tasa:
1) los vehículos de motor registrados como vehículos de emergencia en el registro de tráfico;
2) los vehículos de motor pertenecientes a misiones diplomáticas y oficinas consulares de Estados extranjeros, misiones especiales, representaciones o sedes de organizaciones internacionales reconocidas por el Ministerio de Asuntos Exteriores, instituciones de la Unión Europea o agencias o autoridades establecidas sobre la base del Derecho de la Unión Europea, representantes diplomáticos y funcionarios consulares de Estados extranjeros acreditados ante Estonia, con excepción de los cónsules honorarios, representantes de misiones especiales y organizaciones internacionales, así como vehículos de motor pertenecientes al personal administrativo de misiones diplomáticas, puestos consulares o misiones especiales;
3) los vehículos de motor que han sido específicamente reconstruidos para el transporte de personas con discapacidad o para su uso por personas con discapacidad.
10. Referencias a la legislación complementaria: No existe legislación relacionada.
11. No.
12.
13. No.
14. Sí
15. Sí
16.
Aspecto TBT: No
Aspecto SPS: No
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
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