Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2026) 3016
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2026/0571/FR
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20263016.ES
1. Mensaje de notificación: MSG 001 IND 2026 0571 FR ES 22-10-2026 FR NOTIF
2. País: France
3A. Departamento responsable: Ministères économiques et financiers
Direction générale des entreprises
SCIDE/ Pôle Normalisation et réglementation des produits
Bât. Sieyès -Teledoc 143
61, Bd Vincent Auriol
75703 PARIS Cedex 13
3B. Departamento de origen: Ministère de la Transition écologique, de la Biodiversité et des Négociations internationales sur le climat et la nature
Direction générale de l'énergie et du climat
4. Productos/Servicios 2026/0571/FR - T40T - Transporte urbano y por carretera
5. Título: Orden por la que se modifica la Orden, de 7 de octubre de 2023, sobre la metodología de cálculo de la puntuación medioambiental y el valor mínimo de puntuación que debe alcanzarse para poder optar a la bonificación medioambiental para turismos eléctricos nuevos
6. Detalles del producto/servicio: Turismos eléctricos nuevos.
7. Notificación con arreglo a otra ley de la UE:
8. Resumen ejecutivo: La orden de modificación revisa, con efecto a partir del 24 de octubre de 2026, la metodología para calcular la puntuación medioambiental de los turismos eléctricos nuevos, mediante la introducción de una tercera categoría de vehículos.
9. Exposición sumaria de motivos: La Orden, de 7 de octubre de 2023, sobre a la metodología de cálculo de la puntuación ambiental y el valor mínimo de puntuación que se debe alcanzar, distingue, en su artículo 3, entre dos categorías de turismos eléctricos nuevos, con un método de cálculo diferente para cada una de ellas. El umbral que separa estas dos categorías se basa en tres criterios técnicos (autonomía eléctrica, capacidad del maletero y número de plazas), que se han seleccionado para reflejar la variedad de formas en que se utilizan los vehículos. El método utilizado para convertir la huella de carbono en una puntuación final varía en función de la categoría de vehículo, lo que permite tener en cuenta esta variedad de casos de uso, evaluar vehículos en segmentos comparables y con usos comparables y, por lo tanto, reconocer el rendimiento ambiental de un vehículo dentro de su categoría.
El proyecto de Orden de modificación amplía esta distinción al crear, basándose en los criterios antes mencionados (autonomía, capacidad del maletero y número de plazas), una tercera categoría de vehículos eléctricos. Esta propuesta aborda dos observaciones clave: en primer lugar, una proporción muy elevada de los vehículos eléctricos que cumplen la puntuación mínima se encuadra actualmente en la segunda categoría; en segundo lugar, la división actual en dos categorías no refleja adecuadamente la variedad de casos de uso, que van desde pequeños coches urbanos para uso personal hasta vehículos más grandes destinados principalmente al uso familiar o comercial. Por lo tanto, para mantener la distinción entre las nuevas categorías 2 y 3, sin relajar los requisitos medioambientales para la puntuación, es necesario modificar el método utilizado para calcular la puntuación de los vehículos de la categoría 2.
Se ha incluido una cláusula transitoria relativa a las nuevas disposiciones de subvencionabilidad para la puntuación medioambiental, en particular para garantizar la seguridad jurídica de los compromisos comerciales ya contraídos.
9 bis. Adecuación de la medida adoptada para alcanzar el objetivo perseguido: Esta medida política tiene por objeto garantizar que las ayudas a la adquisición de turismos eléctricos nuevos y determinadas disposiciones fiscales se concedan prioritariamente a los vehículos eléctricos que alcancen la puntuación medioambiental mínima, es decir, los más respetuosos con el medio ambiente, de conformidad con los objetivos nacionales y europeos de descarbonización y reducción de la huella medioambiental del parque automovilístico. La actualización periódica de la lista de tipos, variantes y versiones (TVV) que cumplen la puntuación medioambiental mínima garantiza la eficacia del sistema teniendo en cuenta la evolución continua de las ofertas de los fabricantes. El sistema se basa en una metodología objetiva y transparente, aplicada de forma coherente a todos los vehículos afectados.
9 ter. Necesidad: La medida no prohíbe la comercialización de nuevos turismos eléctricos ni restringe su circulación, sino que únicamente establece condiciones para poder optar a determinadas ayudas públicas y modifica la aplicación de ciertas disposiciones fiscales. La actualización de la lista de TVV que cumplen la puntuación medioambiental mínima, establecida por la Orden, de 14 de diciembre de 2023, mediante una orden de modificación, constituye la medida menos restrictiva para garantizar una aplicación uniforme, transparente y objetiva de este sistema.
9 quater. Carga excesiva en relación con el objetivo perseguido: Los efectos de la puntuación medioambiental en el mercado interior siguen siendo limitados y proporcionados, ya que este sistema no restringe la comercialización ni la importación de los vehículos en cuestión, sino que únicamente regula el acceso a determinadas ayudas para la compra de coches eléctricos nuevos y la aplicación de ciertas disposiciones fiscales. Los requisitos aplicados se basan en criterios objetivos y no discriminatorios, idénticos para todos los fabricantes. A la luz de los objetivos nacionales y europeos de reducción de la huella de carbono, los beneficios medioambientales previstos compensan con creces las limitadas cargas administrativas que impone el sistema.
10. Referencias de los textos de base: 2023/0566/FR, 2025/0033/FR
Los textos de base fueron remitidos en del marco de una notificación anterior:
2023/0566/FR
2025/0033/FR
11. Invocación de un procedimiento de emergencia: No
12. Por favor, proporcione los motivos para la urgencia:
13. Solicitud de confidencialidad: No
14. ¿Es una medida fiscal? Sí
15. ¿Tiene una evaluación de impacto? No
16.
Aspecto TBT: No
Aspecto SPS: No
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
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