Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2025) 3579
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2025/0743/BE
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20253579.ES
1. MSG 001 IND 2025 0743 BE ES 11-12-2025 BE NOTIF
2. Belgium
3A. SPF Economie, PME, Classes moyennes et Energie
Direction générale Qualité et Sécurité - Service Bureau de Liaison - BELNotif
NG III – 2ème étage
Boulevard du Roi Albert II, 16
B - 1000 Bruxelles
Tel: 02/277.53.36
be.belnotif@economie.fgov.be
3B. Ministère de la Communauté française de Belgique (Fédération Wallonie-Bruxelles)
Service général de l'Audiovisuel et des Médias
4. 2025/0743/BE - SERV30 - Medios
5. Proyecto de Orden del Gobierno de la Comunidad Francesa relativa a la protección de los menores frente a los programas televisivos que puedan perjudicar su desarrollo físico, mental o moral.
6. Servicios de televisión no lineales (servicios de comunicación audiovisual a la carta en el sentido de la Directiva 2010/13/UE sobre servicios de comunicación audiovisual), en la medida en que constituyan servicios de la sociedad de la información.
7.
8. El proyecto tiene por objeto introducir normas para proteger a los menores de los programas televisivos que puedan perjudicar su desarrollo físico, mental o moral de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.5-1, apartado 1, del Decreto, de 4 de febrero de 2021, sobre los servicios de comunicación audiovisual y los servicios de intercambio de vídeos (Decreto sobre los servicios de comunicación audiovisual). El artículo 2.5-1, apartado 1, del Decreto de servicios de comunicación audiovisual transpone el artículo 6 bis de la Directiva de servicios de comunicación audiovisual 2010/13/UE.
En el caso de los servicios de televisión no lineales, esto implica exigir lo siguiente para dichos servicios:
- la aplicación de un sistema de protección basado en la introducción de un código de acceso parental;
- la inserción de símbolos visuales (que indiquen una categoría de edad y la naturaleza del contenido) en la guía electrónica del programa para alertar al espectador del posible daño que el programa puede causar a los menores.
9. La Directiva de servicios de comunicación audiovisual 2010/13/UE, modificada en 2018, exige ahora a todos los Estados miembros que apliquen un sistema de descriptores de contenido (véase el artículo 6 bis de la Directiva) destinado a informar a los espectadores sobre el tipo de contenido perjudicial para los menores. Este sistema se ha transpuesto al artículo 2.5-1, apartado 1, del Decreto, de 4 de febrero de 2021, sobre los servicios de comunicación audiovisual y los servicios de intercambio de vídeos (Decreto sobre los servicios de comunicación audiovisual) y, por lo tanto, especifica que el símbolo visual destinado a advertir de la naturaleza potencialmente perjudicial de un programa debe proporcionar información sobre la naturaleza potencialmente perjudicial del contenido de dicho programa.
Por lo tanto, es necesario revisar el Decreto del Gobierno de la Comunidad Francesa de 21 de febrero de 2013 sobre la protección de los menores contra los programas televisivos que puedan perjudicar su desarrollo físico, mental o moral, que establece un símbolo para los programas que actualmente no ofrece ninguna indicación sobre el tipo de contenido perjudicial.
La Comunidad Francesa de Bélgica, al elaborar los símbolos para los programas de televisión, había optado por adoptar un sistema basado únicamente en pictogramas de recomendación por categoría de edad (todos los públicos, 10, 12, 16, 18). Por lo tanto, para cumplir con la nueva Directiva de servicios de comunicación audiovisual y el artículo 2.5-1, apartado 1, del Decreto de servicios de comunicación audiovisual por el que se transpone, es necesario imponer indicadores/descriptores de contenido (violencia, sexo, angustia, etc.).
10. Referencias a los textos de base: 2012/0411/B
Los textos de base se comunicaron en el marco de dos notificaciones anteriores:
2012/0411/B
11. No.
12.
13. No.
14. No
15. No
16.
Aspecto TBT: No
Aspecto SPS: No
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
email: grow-dir2015-1535-central@ec.europa.eu