Mensaje 002
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2022) 01695
Directiva (UE) 2015/1535
Traducción del mensaje 001
Notificación: 2022/0338/A
No abre el plazo - Nezahajuje odklady - Fristerne indledes ikke - Kein Fristbeginn - Viivituste perioodi ei avata - Καμμία έναρξη προθεσμίας - Does not open the delays - N'ouvre pas de délais - Non fa decorrere la mora - Neietekmē atlikšanu - Atidėjimai nepradedami - Nem nyitja meg a késéseket - Ma’ jiftaħx il-perijodi ta’ dawmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Neotvorí oneskorenia - Ne uvaja zamud - Määräaika ei ala tästä - Inleder ingen frist - Не се предвижда период на прекъсване - Nu deschide perioadele de stagnare - Nu deschide perioadele de stagnare.
(MSG: 202201695.ES)
1. MSG 002 IND 2022 0338 A ES 10-05-2022 A NOTIF
2. A
3A. Bundesministerium für Digitalisierung und Wirtschaftsstandort
Abteilung III/8
A-1010 Wien, Stubenring 1
Telefon +43-1/71100-805436
Telefax +43-1/71100-8045436
E-Mail: not9834@bmdw.gv.at
3B. Bundesministerium für Soziales, Gesundheit, Pflege und Konsumentenschutz
Referat III/A/2a
A-1030 Wien, Radetzkystraße 2
Telefon +43-1/71100-644877
E-Mail: ingrid.neuner@sozialministerium.at
4. 2022/0338/A - C00A
5. Ordenanza del Ministro Federal de Asuntos Sociales, Sanidad, Atención y Protección del Consumidor sobre la obligación de indicar el origen de la carne, la leche y los huevos como ingrediente primario de los alimentos envasados
6. De conformidad con el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/775, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, en lo que se refiere a las normas para indicar el país de origen o el lugar de procedencia del ingrediente primario de un alimento, DO L 131 de 29.5.2018, p. 8, que establece la indicación obligatoria del origen del ingrediente primario en caso de presentación voluntaria de la procedencia del alimento, establece la obligación general de indicar el origen de la carne de vacuno, porcino, ovino, caprino y de aves de corral, leche y huevo como ingrediente primario en los alimentos envasados.
7. - Directiva 94/55/CE, artículo 5, apartado 4, relativa a la adaptación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de transporte de mercancías peligrosas por carretera
-
Ninguno.
8. El objetivo principal del presente Reglamento es informar a los consumidores sobre el origen de la carne de vacuno, porcino, ovino, caprino y de aves de corral, la leche y el huevo como ingrediente primario de los alimentos envasados. De conformidad con el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/775, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, en lo que se refiere a las normas para indicar el país de origen o el lugar de procedencia del ingrediente primario de un alimento, DO L 131 de 29.5.2018, p. 8, que establece la indicación obligatoria del origen del ingrediente primario en caso de presentación voluntaria de la procedencia del alimento, ahora debe hacerse la obligación general de indicar el origen de la carne de vacuno, porcino, ovino, caprino y de aves de corral, leche y huevo como ingrediente primario de los alimentos envasados.
El tipo de intercambio de información para la carne de vacuno utilizado como ingrediente primario en los alimentos envasados se rige por el artículo 13 del Reglamento (CE) n.º 1760/2000, que establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina y relativo al etiquetado de la carne de vacuno y de los productos a base de carne de vacuno (DO L 204 de 11.8.2000, p. 1), modificado por última vez por el Reglamento (UE) n.º 216/429, DO L 84 de 31.3.2016, p. 1. El artículo 13 establece que se indicará el país de nacimiento, engorde y sacrificio. El nacimiento, la cría y el sacrificio de los animales de los que procede la carne en el mismo país pueden indicar un país de origen.
La naturaleza de la divulgación de información relativa a la carne de ovinos, caprinos, porcinos y aves de corral utilizadas como ingrediente primario en los alimentos envasados se rige por el artículo 5 del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 1337/2013, en lo que respecta a la indicación del país de origen o del lugar de procedencia de la carne fresca, refrigerada o congelada de porcino, ovino, caprino y aves de corral (DO L 335 de 14.12.2013, p. 19), corregido en el DO L 95 de 29.3.2014, p. 70.
El artículo 5 establece que se indicará el país de cría y de sacrificio. Si el animal ha nacido, se ha criado y se ha sacrificado en el mismo país, se puede indicar el país de origen.
Se eligió la indicación del lugar de ordeño del animal como indicación de origen de la leche, ya que es la más adecuada para la comprensión de los consumidores, sus expectativas y su interés por la indicación de origen.
La indicación del lugar donde se puso un huevo es el criterio decisivo para la percepción de los consumidores por lo que respecta a la información sobre el origen.
Todas las zonas geográficas podrán utilizarse de conformidad con el artículo 2 del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/775, por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 26, apartado 3, del Reglamento (UE) n.° 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, en lo que se refiere a las normas para indicar el país de origen o el lugar de procedencia del ingrediente primario de un alimento (DO L 131 de 29.5.2018, p. 8). Por ejemplo, es posible indicar un país, varios países, regiones, estados federales, pero también «UE», «no UE» o «UE y no UE».
El presente Reglamento contiene una cláusula de reconocimiento mutuo.
9. El origen de un alimento o sus ingredientes es el factor más importante en la compra de alimentos para la mayoría de los consumidores.
Sin embargo, en gran medida falta esta información, ya que la obligación de indicar el origen de los ingredientes de un alimento solo se aplica en casos específicos.
Dado que no es previsible que se presente a la Comisión un acto jurídico para ampliar el marcado de origen, Austria tiene la intención de establecer una obligación nacional temporal.
10. No hay textos de base disponibles.
11. No.
12. -
13. No.
14. No.
15. Sí.
16. Acuerdo OTC
No. El proyecto no tiene ningún impacto significativo sobre el comercio internacional.
Acuerdo MSF
No. El proyecto no constituye una medida sanitaria ni fitosanitaria
**********
Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
Fax: +32 229 98043
email: grow-dir2015-1535-central@ec.europa.eu