Mensaje 002
Comunicación de la Comisión - SG(2011) D/51616
Directiva 98/34/CE
Traducción del mensaje 001
Notificación: 2011/0340/HU
No abre el plazo - Nezahajuje odklady - Fristerne indledes ikke - Kein Fristbeginn - Viivituste perioodi ei avata - Καμμία έναρξη προθεσμίας - Does not open the delays - N'ouvre pas de délais - Non fa decorrere la mora - Neietekmē atlikšanu - Atidėjimai nepradedami - Nem nyitja meg a késéseket - Ma’ jiftaħx il-perijodi ta’ dawmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Nao inicia o prazo - Neotvorí oneskorenia - Ne uvaja zamud - Määräaika ei ala tästä - Inleder ingen frist - Не се предвижда период на прекъсване - Nu deschide perioadele de stagnare - Nu deschide perioadele de stagnare.
(MSG: 201101616.ES)
1. MSG 002 IND 2011 0340 HU ES 08-07-2011 HU NOTIF
2. HU
3A. Nemzetgazdasági Minisztérium
Notifikációs Központ
Budapest
Honvéd u. 13-15.
H-1880
Tel: (361) 374-2873
Fax: (361) 473-1622
E-mail: notification@nfgm.gov.hu
3B. Nemzetgazdasági Minisztérium
Jövedelem és Forgalmi Adók Főosztály
Budapest
József nádor tér 2-4.
H-1051
Tel: (36 1) 79-51-673
Fax: (36-1) 79-50-297
E-mail cím: lorant.kanyo@ngm.gov.hu
4. 2011/0340/HU - C50A
5. Ley nº … de 2011 relativa al impuesto sobre los productos para fines de salud pública
6. En el caso de los productos alimenticios con contenido alto de azúcar, sal, y/o cafeína, se impone una obligación tributaria al vendedor para la primera venta en Hungría. Los bienes gravados incluyen refrescos con un contenido mayor de 8g/100 ml de azúcar añadido, bebidas energéticas con contenido de azúcares añadidos mayor de 8/100 ml y con un contenido de cafeína de 10 mg/100 ml, productos edulcorados con un contenido de azúcares añadidos mayor del 25 %, aperitivos salados y condimentos con alto contenido en sal, preparados de sopas, mezclas para salsas y bases.
7. -
8. El proyecto de ley define un impuesto sobre el valor añadido único bruto para reducir el consumo nacional de productos que impliquen un riesgo para la salud, en particular aquellos que llevan un contenido excesivo de azúcar, sal y cafeína, y para financiar los servicios de salud, especialmente los programas de salud pública. La persona o la empresa que vende el producto por primera vez a nivel nacional está sujeta
al pago de los impuestos. Dado que se trata de un impuesto único, las ventas repetidas del producto no deben resultar en obligaciones tributarias para los futuros distribuidores. La base para la evaluación del impuesto es la cantidad de producto gravado comercializada en kilogramos o litros, de acuerdo con las características del producto. Un contribuyente que venda menos de 50 litros o 50 kg de producto gravado en un año natural estará exento de la obligación tributaria, además, la venta del producto gravado en el extranjero también estará exenta de la obligación tributaria, considerando el hecho de que en este caso el producto será consumido en el extranjero y, por lo tanto, el consumo no presenta un riesgo para la salud pública en Hungría.
La cláusula, de acuerdo con el artículo 12 de la Directiva 98/34/CE, relativa a la notificación, no está incluida en el proyecto. Sin embargo, será incluida en la versión publicada (con base en una propuesta parlamentaria de modificación) conjuntamente con las disposiciones finales.
9. El proyecto de ley tiene dos objetivos.
El primero es, indirectamente, ayudar a mejorar la salud de la población húngara, y de este modo, ampliar el efecto del impuesto de la salud pública a los productos de la industria alimentaria, en la que se ha demostrado que su consumo es incompatible con un estilo de vida saludable. Es de conocimiento común que el contenido excesivo de azúcar y/o sal, además de la presencia de aditivos que incrementan artificialmente la actuación de los consumidores en un corto espacio de tiempo (por ejemplo, cafeína) presentan un factor de riesgo a este respeto.
Un nuevo objetivo es crear un nuevo recurso presupuestario para el financiamiento de los servicios de salud pública, en particular, los programas de salud pública,.
10. No están disponibles los textos de base.
11. No.
12. -
13. No.
14. Sí.
15. -
16. Aspectos OTC.
No. El proyecto no tiene impacto significativo para el comercio internacional.
Aspectos MSF.
NO - El proyecto no es una medida sanitaria ni fitosanitaria.
Catherine Day
Főtitkár
Európai Bizottság
Kapcsolat: 98/34 irányelv
Fax: (32-2) 296 76 60
E-mail: dir83-189-central@ec.europa.eu