Mensaje 002
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2018) 02176
Directiva (UE) 2015/1535
Traducción del mensaje 001
Notificación: 2018/0400/F
No abre el plazo - Nezahajuje odklady - Fristerne indledes ikke - Kein Fristbeginn - Viivituste perioodi ei avata - Καμμία έναρξη προθεσμίας - Does not open the delays - N'ouvre pas de délais - Non fa decorrere la mora - Neietekmē atlikšanu - Atidėjimai nepradedami - Nem nyitja meg a késéseket - Ma’ jiftaħx il-perijodi ta’ dawmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Neotvorí oneskorenia - Ne uvaja zamud - Määräaika ei ala tästä - Inleder ingen frist - Не се предвижда период на прекъсване - Nu deschide perioadele de stagnare - Nu deschide perioadele de stagnare.
(MSG: 201802176.ES)
1. MSG 002 IND 2018 0400 F ES 03-08-2018 F NOTIF
2. F
3A. Direction générale des entreprises – SQUALPI – Bât. Sieyès -Teledoc 151 – 61, Bd Vincent Auriol - 75703 PARIS Cedex 13
d9834.france@finances.gouv.fr
tél : 01 44 97 24 55
3B. Ministère de la transition écologique
Direction générale de la prévention des risques
Bureau des produits chimiques
92055 La Défense Cedex
Téléphone : 01.40.81.87.87
Courriel : florian.veyssilier@developpement-durable.gouv.fr
cecile-b.lemaitre@developpement-durable.gouv.fr
pierre.defranclieu@developpement-durable.gouv.fr
4. 2018/0400/F - C00A
5. Proyecto de Decreto por el que se enumeran las sustancias activas contenidas en los productos fitosanitarios y que presentan un modo de acción idéntico a los de la familia de los neonicotinoides
6. Productos fitosanitarios que contienen sulfoxaflor o flupiradifurona y semillas tratadas con estos productos.
7. -
8. El presente proyecto de texto permite la aplicación del proyecto de Ley para el equilibro de las relaciones comerciales en el sector agrícola y alimentario y una alimentación saludable, duradera y accesible a todos, que modifica el artículo L. 253-8 del Código Rural y ofrece una orientación de prohibición de la utilización de productos fitosanitarios que contienen una o varias sustancias activas que presentan modos de acción idénticos a los de la familia de los neonicotinoides y semillas tratadas con estos productos.
El proyecto de Ley se refiere a un decreto de aplicación para definir las modalidades de aplicación y hacer que esta prohibición sea ejecutable. El presente proyecto de Decreto precisa explícitamente la lista de sustancias contempladas.
9. Numerosas publicaciones científicas y organismos reconocidos (AESA, EASAC, INRA, CNRS, ANSES, etc.) coinciden en señalar las graves repercusiones de los neonicotinoides en muchos componentes del medioambiente y en organismos no objetivo como las abejas, los macroinvertebrados o incluso las aves. Por otro lado, un estudio reciente de la AESA ha identificado riesgos para la salud humana (incidencia sobre el desarrollo del sistema nervioso).
Además, estas sustancias forman parte de una familia homogénea de sustancias que presentan las mismas características: son potentes insecticidas que actúan sobre el sistema nervioso de los insectos y que son sistémicos. De ahí se deduce que estas sustancias se pueden encontrar en todos los órganos de la planta una vez esta ha sido tratada.
En este contexto y en relación con los desafíos que esto plantea tanto sobre el medioambiente como sobre la salud pública, Francia expresó su deseo en 2016 de dotarse de una política de gestión de riesgos que restrinja el uso de productos fitosanitarios a base de neonicotinoides o de semillas tratadas con estos productos. Así, la Ley 2016-1087 (denominada «Ley de biodiversidad») prevé un calendario de puesta en marcha para la prohibición de estos productos, así como una evaluación del proceso para permitir a los agentes del mercado prepararse para este calendario.
Diversos estudios han revelado que las sustancias sulfoxaflor y flupiradifurona presentan un riesgo importante para los polinizadores. Los industriales que producen estas dos sustancias reconocen que presentan un modo de acción idéntico a las sustancias de la familia de los neonicotinoides, es decir, que actúan sobre el receptor nicotínico de acetilcolina (nAChR) como competidor de la acetilcolina.
10. Referencias a los textos de base: a) el apartado 5 del artículo 114 del TFUE estipula que «si tras la adopción de una medida de armonización por el Parlamento Europeo y el Consejo, por el Consejo o por la Comisión, un Estado miembro estimara necesario establecer nuevas disposiciones nacionales basadas en novedades científicas relativas a la protección del medio de trabajo o del medio ambiente y justificadas por un problema específico de dicho Estado miembro surgido con posterioridad a la adopción de la medida de armonización, notificará a la Comisión las disposiciones previstas así como los motivos de su adopción.».
Las medidas notificadas aquí se basan en dicho artículo.
Según el apartado 2 del artículo 191 del TFUE, «La política de la Unión en el ámbito del medio ambiente tendrá como objetivo alcanzar un nivel de protección elevado, teniendo presente la diversidad de situaciones existentes en las distintas regiones de la Unión. Se basará en los principios de cautela y de acción preventiva, en el principio de corrección de los atentados al medio ambiente, preferentemente en la fuente misma, y en el principio de quien contamina paga.
En este contexto, las medidas de armonización necesarias para responder a exigencias de la protección del medio ambiente incluirán, en los casos apropiados, una cláusula de salvaguardia que autorice a los Estados miembros a adoptar, por motivos medioambientales no económicos, medidas provisionales sometidas a un procedimiento de control de la Unión.».
b) Documentos de referencia, estudios
Schmitzer 2011a: revelación de los efectos subletales del producto Closer (sulfoxaflor) en el 56 % de las larvas
Schmitzer 2011b: revelación de los efectos subletales del producto Closer (sulfoxaflor) en el 65 % de las larvas, en la dosis más baja utilizada (24 gramos por hectárea), que es inferior a la autorizada en las autorizaciones de comercialización expedidas para los productos a base de sulfoxaflor
Bergfield 2009: revelación de una mortalidad de un 19 % de las larvas a causa de los efectos de los residuos del producto Transform (sulfoxaflor)
c) Proyecto de Ley para el equilibro de las relaciones comerciales en el sector agrícola y alimentario y una alimentación saludable, duradera y accesible a todos, en proceso de examen por parte del Parlamento (disposición por la que se modifica el artículo L.253-8 del Código Rural y de la Pesca)
11. No
12. -
13. No
14. No
15. -
16. Aspecto OTC
No. El proyecto no es una reglamentación técnica ni una evaluación de la conformidad.
Aspecto MSF
No. El proyecto no es una medida sanitaria ni fitosanitaria.
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