Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2023) 3128
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2023/0632/FR
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20233128.ES
1. MSG 001 IND 2023 0632 FR ES 08-11-2023 FR NOTIF
2. France
3A. Ministère de l'économie, des finances et de la souveraineté industrielle et numérique
Direction générale des entreprises
SCIDE/SQUALPI/PNRP
Bât. Sieyès -Teledoc 143
61, Bd Vincent Auriol
75703 PARIS Cedex 13
d9834.france@finances.gouv.fr
3B. Ministère de l'économie, des finances et de la souveraineté industrielle et numérique
Direction générale des entreprises
SEN - Pôle Régulation des Plateformes Numériques
Bât. Necker -Teledoc 767
120 Rue de Bercy
75012 PARIS
4. 2023/0632/FR - SERV - Servicios de la sociedad de la información
5. Proyecto de Ley destinado a asegurar y regular el espacio digital adoptado en primera lectura por la Asamblea Nacional
6. Servicios de la sociedad de la información.
7.
8. Las autoridades francesas toman nota de la carta final C(2023) 7417, de 25 de octubre de 2023, en la que se emite un dictamen circunstanciado con arreglo al artículo 6, apartado 2, de la Directiva (UE) 2015/1535 y reiteran su pleno compromiso con la armonización del mercado único digital, en particular en el contexto de la aplicación de la Ley de Servicios Digitales. Así pues, las autoridades francesas informan a la Comisión de su deseo de responder diligentemente al citado dictamen. Este dictamen, si bien deja margen de maniobra a los Estados miembros para legislar sobre ámbitos no cubiertos por la Ley de Servicios Digitales, sirve sin embargo como un recordatorio útil del marco europeo actual que Francia desea cumplir plenamente.
Las autoridades francesas notifican a los servicios de la Comisión, de conformidad con la Directiva mencionada, la nueva versión del proyecto de Ley destinada a asegurar y regular el espacio digital (en lo sucesivo, «PJL SREN»), adoptada por la Asamblea Nacional el 17 de octubre de 2023. Esta notificación sigue a las dos notificaciones anteriores a la Comisión de las versiones de la SREN PJL adoptadas por el Consejo de Ministros el 7 de junio de 2023 y a la segunda versión notificada el 24 de julio de 2023 a raíz de las modificaciones introducidas durante el examen por el Senado.
Algunos artículos de la versión de la SREN PJL fueron objeto de enmiendas durante su paso por la Asamblea Nacional, con la aprobación en el Comité especial el 21 de septiembre y posteriormente en la sesión pública el 17 de octubre.
Las autoridades francesas desean notificar a la Comisión Europea las principales modificaciones introducidas durante estas lecturas, que son las siguientes:
Se ha añadido un artículo 2 ter mediante una enmienda parlamentaria. Este prevé la prohibición a las personas que ejercen la actividad de influencia comercial de publicar contenidos pornográficos en plataformas en línea que no ofrezcan la posibilidad técnica de excluir a todos los usuarios menores de dieciocho años de la visualización de dichos contenidos.
Se ha añadido un artículo 3 bis A, mediante una enmienda parlamentaria. Este artículo crea la obligación de que los prestadores de servicios de alojamiento de datos eliminen imágenes o representaciones de carácter pornográfico que incluyen a adultos y difundidas sin su consentimiento, bajo requerimiento de la autoridad administrativa, en un plazo de veinticuatro horas. El incumplimiento de esta obligación de retirada es punible por ley.
Se ha añadido un artículo 5 bis B, mediante una enmienda parlamentaria. Este introduce, con carácter experimental hasta diciembre de 2026, un dispositivo gratuito de mediación de litigios de comunicación en línea entre usuarios voluntarios. Esta mediación será proporcionada por asociaciones aprobadas con experiencia jurídica y reconocidas en la lucha contra la ciberviolencia, tras la celebración de un acuerdo con los mayores servicios de redes sociales en línea, que deberán implementar este experimento de buena fe.
Se ha añadido un artículo 5 quinquies mediante una enmienda parlamentaria. Este estipula que los proveedores de redes sociales deben enviar un mensaje de advertencia al titular de la patria potestad tan pronto como reciban un informe de un informante de confianza sobre actos susceptibles de entrar en el ámbito del ciberacoso y que involucren a un menor.
El artículo 15 ha sido modificado para especificar que los juegos digitales con objetos monetizables (JONUM, por su versión en francés) están autorizados solo para adultos, por lo que se exige a las empresas que ofrecen juegos digitales con objetos monetizables que prohíban todos los juegos para menores. También prohíbe la transferencia de objetos digitales monetizables (ONUM, por su versión en francés) a cualquier persona que actúe en concierto con la compañía de juegos que los emitió.
Se ha añadido el artículo 15 bis con el fin de crear un marco jurídico para el experimento de los JONUM, otorgando a la Autoridad Nacional del Juego (ANJ, por su versión en francés) competencias adicionales para garantizar la aplicación de las obligaciones legales impuestas a los JONUM, incluido un sistema de declaración y sanción. El marco prevé explícitamente la prohibición de los JONUM para los menores.
El artículo 16 fue modificado mediante enmienda parlamentaria para incluir a los desarrolladores de sistemas de IA generativa en la lista de jugadores a los que el Centro de experiencia para la regulación digital (PEReN, por su versión en francés) puede solicitar datos con arreglo a sus competencias experimentales. Las modificaciones también aclaran el marco para la recopilación de datos dentro de las aplicaciones, en particular las aplicaciones móviles, por el PEReN.
El artículo 36 se ha modificado para adaptar la entrada en vigor de las diferentes disposiciones del Derecho nacional a la entrada en vigor de disposiciones europeas equivalentes.
Por consiguiente, las autoridades francesas solicitan a la Comisión Europea (DG CNECT) que tome nota de esta notificación y permanecen a su disposición para cualquier información adicional.
9. La adopción en Europa de la Ley de Servicios Digitales (DSA, por su versión en inglés), la Ley de Mercados Digitales (DMA, por su versión en inglés) y la Ley de Gobernanza de Datos (DGA, por su versión en inglés) es un primer paso fundamental hacia un mercado único digital europeo basado en nuestros valores. Las autoridades francesas persiguieron activamente las elevadas ambiciones de estas reglamentaciones durante la Presidencia francesa de la Unión; ahora están plenamente comprometidas a garantizar las condiciones necesarias para la aplicación efectiva y exitosa de estas reglamentaciones en Europa y Francia. El proyecto de Ley refleja la determinación del Gobierno francés de dar pleno efecto a las reglamentaciones en Francia sin demora. El proyecto de Ley conlleva importantes prioridades políticas del Gobierno francés y medidas de estructuración para abordar varias cuestiones digitales sensibles.
10. Referencias a los textos de base: No hay textos de base.
11. No.
12.
13. No.
14. No
15. No
16.
Aspecto TBT: No
Aspecto SPS: No
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
email: grow-dir2015-1535-central@ec.europa.eu