Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2024) 3454
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2024/0707/NL
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20243454.ES
1. MSG 001 IND 2024 0707 NL ES 19-12-2024 NL NOTIF
2. Netherlands
3A. Ministerie van Financiën, Douane Groningen, CDIU.
3B. Wijziging van de Wet milieubeheer in verband met de invoering van een jaarverplichting circulaire polymeren, circulaire polymeereenheden en een register circulaire polymeereenheden (wetswijziging voor een Circulaireplasticnorm).
4. 2024/0707/NL - S50E - Medidas respetuosas con el medio ambiente
5. Modificación de la Ley de gestión ambiental en relación con la introducción de una obligación anual para los polímeros circulares, las unidades de polímeros circulares y un registro de unidades de polímeros circulares (modificación legal de una norma sobre plástico circular).
6. La norma sobre plástico circular se aplicará a las empresas de los Países Bajos que procesan polímeros en partes o productos finales (transformadores de polímeros).
7.
8. El Ministerio de Infraestructuras y Gestión del Agua, en colaboración con el Ministerio de Clima y Crecimiento Verde, está trabajando en una propuesta legislativa para una norma sobre plástico circular. El objetivo del proyecto de ley es obligar a todos los transformadores de polímeros establecidos en los Países Bajos, a partir del 1 de enero de 2027, a sustituir un porcentaje mínimo de polímeros fósiles por polímeros reciclados o de base biológica. Aunque la ley tiene una base amplia, a saber, los polímeros, independientemente de en qué productos se utilicen, la obligación se impondrá inicialmente a los polímeros que se utilicen en piezas de plástico y productos finales. El objetivo de la norma sobre plástico circular es doble, a saber: promover la circularidad y reducir las emisiones de CO2 para contribuir a los objetivos climáticos nacionales establecidos en la Ley del clima.
La medida en la que pueden procesarse los polímeros circulares, como el reciclado y los polímeros de base biológica, varía según la aplicación. Por lo tanto, la proporción de polímeros circulares que pueden aplicar los transformadores de polímeros individuales también difiere. Con el fin de lograr una cuota mínima anual media de plástico circular en los Países Bajos, este proyecto de ley también regula un sistema de comercio, con el que el mercado en su conjunto debe lograr una cuota mínima media de plástico circular. Para la transformación de polímeros circulares, los transformadores de polímeros reciben unidades de polímeros circulares (CPE) administrativas y comercializables. Los transformadores de polímeros pueden vender estos polímeros circulares a otros transformadores de polímeros, de modo que, por ejemplo, los transformadores de polímeros que procesen más que el mínimo legal de polímeros circulares puedan vender polímeros circulares a transformadores de polímeros que procesan menos que la cuota mínima obligatoria de polímeros circulares.
El proyecto de ley proporciona la base para establecer requisitos para los polímeros circulares con el fin de obtener polímeros circulares por medio de una práctica de mercado aceptada. Se establecen requisitos de sostenibilidad para el origen de los polímeros circulares, así como requisitos de gestión de esquemas y gestión de cadenas. Los requisitos se explican brevemente a continuación. El cumplimiento de los requisitos debe demostrarse mediante un certificado perteneciente a un régimen de certificación reconocido por nuestro Ministro. Un comité que se establecerá asesorará a nuestro Ministro sobre el reconocimiento de los regímenes de certificación. Las normas sobre el reconocimiento de los regímenes de certificación se incluirán en la orden administrativa general. La elección de un régimen de certificación se alinea con los requisitos para futuras reglamentaciones de la Unión Europea.
La norma no constituye un obstáculo directo a la libre circulación de bienes y servicios. En el caso de los polímeros, el origen no importa con arreglo a esta norma; solo los requisitos de sostenibilidad son importantes. Después de todo, esta norma no impone restricciones a la importación o exportación de polímeros o productos plásticos. Como tal, existe reconocimiento mutuo: si el reciclado, las materias primas biológicas sostenibles y las piezas de plástico o los productos acabados se han producido y comercializado legalmente en otro Estado miembro, los Países Bajos deben autorizarlos y los autorizarán en su territorio.
Los artículos 9.11.1 a 9.11.6, que se añaden a la Ley de gestión ambiental, pueden contener reglamentos técnicos. El siguiente es un breve resumen de los requisitos técnicos:
- requisitos de sostenibilidad: en el caso del reciclado, el material solo procederá de residuos plásticos (reciclado posconsumo) y no de un proceso de producción (reciclado preconsumo); en el caso de las materias primas biológicas, los requisitos se refieren a la prevención de los efectos adversos sobre el medio ambiente (refiriéndose al Marco de Sostenibilidad de las Materias Primas Biológicas).
- Requisitos de gestión de regímenes y gestión de la cadena: a fin de garantizar la fiabilidad de los certificados, se impondrán requisitos a la gestión del régimen (sobre el funcionamiento del régimen y sobre los organismos de certificación, los auditores y los operadores económicos que trabajan para el régimen o lo utilizan) y a la gestión de la cadena (sobre un conjunto de normas, procedimientos y documentos con los que se establece un vínculo entre la fuente del material y el punto de la cadena en el que se hace una alegación sobre el material; determina qué modelos de cadena de custodia están permitidos).
9. La norma sobre plástico circular es una legislación nacional para cumplir con los objetivos de la política circular y los objetivos climáticos que están legalmente establecidos. Esto constituye una razón imperiosa de interés público de primer orden: la protección del medio ambiente. En promedio, se pueden reducir 2,5 kg de emisiones de CO2 por kg de plástico producido mediante la sustitución de polímeros hechos de materias primas fósiles vírgenes por polímeros hechos de reciclado o materias primas biológicas. Se emite menos CO2 durante la extracción de materias primas y la producción. Además, se incinera menos plástico.
En general, cuanto más alta la exigencia de la norma, mayor será el beneficio ambiental. Ca. 2,3 Mt de polímeros se procesan en los Países Bajos en piezas de plástico o productos finales. También se sabe que más de 0,7 Mton de plástico se incineran anualmente en plantas de incineración de residuos (WIP) en los Países Bajos. Dependiendo del nivel de la norma, la sustitución de los fósiles por polímeros circulares y la reducción de la incineración de residuos lograrán, por tanto, beneficios ambientales. Esto apunta a una reducción media de 0,7 Mton de CO2 para 2030.
El requisito técnico de procesar un porcentaje mínimo de polímeros reciclados o de base biológica es adecuado para proteger este interés público. Esto asegura la transición a una cadena de plástico circular con una certeza relativamente alta. El requisito tampoco va más allá de lo necesario para proteger este interés, ya que no hay ningún incentivo adicional para una mayor sostenibilidad una vez que se haya alcanzado el nivel establecido. Por último, el requisito es el medio menos restrictivo para lograr este objetivo, ya que el propio mercado, a través del sistema de negociación, determina dónde se produce la sostenibilidad, y este también es el más rentable.
Los requisitos técnicos antes mencionados (véase el punto 8) son necesarios, no discriminatorios y proporcionados: necesarios debido a la alta presión de los plásticos fósiles sobre el clima, el medio ambiente y la escasez de materias primas, y debido a la seguridad que exige el sector del reciclado a medio plazo; no discriminatorios, ya que todos los transformadores de los Países Bajos están incluidos y se imponen los mismos requisitos a todos los transformadores, pero esto no impone barreras comerciales a los transformadores de la UE, ya que las importaciones y exportaciones no están reguladas; y proporcionados, ya que la norma, aunque lidera el camino en cuanto a los requisitos de los productos para el reciclado procedentes de la UE (más sobre esto a continuación), no estará muy lejos en términos de porcentajes, ya que las empresas también pueden utilizar el sistema de comercio para cumplir con la norma.
No existe una legislación europea comparable a la norma sobre plásticos circulares. Después de todo, no existe una regulación europea genérica para el procesamiento obligatorio de materias primas circulares (polímeros) en la producción de plástico. A nivel europeo se han anunciado requisitos específicos de reciclado para productos. Los envases estarán sujetos a requisitos de reciclado a partir de 2030. Los requisitos europeos de reciclado mejorarán finalmente el mercado del reciclado al estimular la demanda de productos hechos de reciclado, pero aparte del envasado, aún no está claro qué productos estarán sujetos a los requisitos de reciclado en el futuro. Debido a que la norma sobre plástico circular se aplica al procesador de polímeros, la norma contribuirá tanto a la demanda de reciclado como al suministro de productos que contienen reciclado. Además, la norma sobre plásticos circulares regula no solo la transformación del reciclado, sino también de los polímeros de origen biológico; aún no se han anunciado requisitos a escala europea.
Tampoco constituye, como ya se ha explicado en el punto 8, un obstáculo directo a la libre circulación de bienes y servicios. La norma impone requisitos adicionales a los transformadores de polímeros establecidos en los Países Bajos. Esto les permite distinguirse de los transformadores de otros países sobre la base de los requisitos adicionales en materia de sostenibilidad. Anticipándose a las obligaciones de reciclaje anunciadas en las normativas europeas de productos, la norma también puede tener el efecto de hacer que los clientes europeos elijan más rápidamente a los procesadores holandeses.
En los Países Bajos, la demanda de polímeros fósiles disminuirá en términos relativos como resultado de la norma. Al mismo tiempo, aumentará la demanda de polímeros circulares en los Países Bajos. Esto puede dar lugar a una ventaja competitiva para ciertas empresas de los Países Bajos. Los transformadores con el menor aumento de costes al cambiar de polímeros fósiles a polímeros circulares podrán obtener ganancias del sistema de comercio, ya que los polímeros circulares son los más baratos para ellos y, por lo tanto, se pueden vender por más dinero.
También es posible que los clientes de piezas de plástico o productos finales tengan menos demanda de piezas o productos finales de los Países Bajos porque también pueden importar estos productos de países donde no existe una regulación para la transformación de una proporción mínima de reciclado. Con un aumento del coste medio previsto del 2-13 % para los transformadores holandeses, las piezas o los productos finales que producen también serán más caros. La probabilidad de que los clientes de los Países Bajos puedan cambiar a piezas y productos finales de otros países de la UE está disminuyendo, ya que se espera que se introduzcan más requisitos europeos de sostenibilidad a nivel de producto en los próximos años. Como resultado, se espera que la demanda de piezas o productos finales con una mayor proporción de polímeros circulares también aumente en los Países Bajos.
En caso de que surjan los obstáculos indirectos a la libre circulación antes mencionados, pueden estar justificados por la razón imperiosa de interés general antes mencionada: la protección del medio ambiente.
10. Números o títulos de los textos de base: No existen textos de base.
11. No.
12.
13. No.
14. No
15. Sí
16.
Aspecto TBT: No
Aspecto SPS: No
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