Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2023) 1740
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2023/0355/BG
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20231740.ES
1. MSG 001 IND 2023 0355 BG ES 08-06-2023 BG NOTIF
2. Bulgaria
3A. МИНИСТЕРСТВО НА ИКОНОМИКАТА И ИНДУСТРИЯТА
ДИРЕКЦИЯ "ТЕХНИЧЕСКА ХАРМОНИЗАЦИЯ"
ул. "Славянска" 8,
гр. София 1052
тел.: +359 2 940 7336, +359 2 940 7522
факс: +359 2 987 8952
e-mail: infopointBG@mi.government.bg
3B. НАРОДНО СЪБРАНИЕ НА РЕПУБЛИКА БЪЛГАРИЯ
София 1169, пл. "Народно събрание" №2
Телефонна централа: 02 / 939 39
e-mail: 49_kzhg@parliament.bg
4. 2023/0355/BG - C00A - Agriculture, fishing and foodstuffs
5. Proyecto de ley por el que se modifica y complementa la Ley sobre el control de sustancias y precursores estupefacientes
6. Cultivo y transformación de plantas del género cáñamo (cannabis) destinadas a la producción de productos no psicoactivos.
7.
8. El proyecto de ley regula el tipo, el procedimiento y las normas para el cultivo y transformación de plantas del género cáñamo (cannabis) destinadas a la producción de productos no psicoactivos.
El artículo 29 se modifica y complementa como sigue:
1. El párrafo 1 se modifica como sigue:
«1. El cultivo de plantas del género cáñamo (cannabis) destinadas a la producción de productos no psicoactivos que contengan menos del 1 (uno) por ciento en peso de tetrahidrocannabinol estará sujeto a la autorización del Ministro de Agricultura. Las condiciones para la concesión y retirada de la autorización y para la comercialización y el control se establecerán mediante ordenanza del Ministro de Agricultura.»
2. Se insertan los nuevos párrafos 2 y 3:
«2. La transformación de plantas del género cáñamo (cannabis) destinadas a la producción de productos no psicoactivos que contengan menos del 1 (uno) por ciento en peso de tetrahidrocannabinol, incluidos el retamiento, la trituración, la molienda, el tratamiento térmico, el secado, la extracción, el prensado y otros procesos o una combinación de estos procesos, estará sujeta a la autorización del Ministro de Agricultura. Las condiciones para la concesión y retirada de la autorización y para la comercialización y el control se establecerán en la ordenanza a que se refiere el párrafo 1.
(3) A efectos de la presente Ley, el contenido de tetrahidrocannabinol de las plantas del género cáñamo (cannabis) se determinará en el follaje, las flores y las puntas de los frutos de las plantas.»
La introducción de un valor límite del 1 % en peso estará dentro de los límites permitidos y eliminará el riesgo de determinación errónea del contenido de tetrahidrocannabinol (THC) en las muestras a que se refiere el artículo 15, apartado 1, del Reglamento n.º 1/2018 del Ministro de Agricultura, Alimentación y Bosques y, por lo tanto, las sanciones severas resultantes. El nuevo método de medición establecido en el Reglamento Delegado (UE) 2022/126 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2021, es más exacto que el actual Reglamento n.º 1/2018. Al mismo tiempo, el porcentaje así introducido garantiza que los valores vuelvan a estar significativamente por debajo del contenido de THC que se ha observado que manifiesta propiedades psicotrópicas y que se utiliza en la producción de drogas.
Es importante distinguir entre cáñamo industrial (Cannabis Sativa L.) y la marihuana (Cannabis Indica, en búlgaro: “индийски канабис”), ya que el cáñamo regulado por este proyecto de ley no es una planta estupefaciente y tiene una composición y una concentración de sustancias completamente diferentes en comparación con la marihuana.
A más tardar el 31 de diciembre de 2023, el Ministro de Agricultura adaptará la ordenanza a que se refiere el artículo 29, apartado 1, a la presente Ley y al procedimiento de determinación del contenido de tetrahidrocannabinol de conformidad con el Reglamento Delegado (UE) 2022/126 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2021, por el que se completa el Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos adicionales para determinados tipos de intervención especificados por los Estados miembros en sus planes estratégicos de la PAC para el período 2023-2027 en virtud de dicho Reglamento, y a las normas sobre la proporción relativa a la norma 1 de las buenas condiciones agrarias y medioambientales (BCAM) (DO L 020 de 31.1.2022, p. 52).
9. Esta iniciativa legislativa pretende fomentar la transición a la economía verde en nuestro país. Está sincronizada con el marco jurídico europeo en virtud del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1307/2013, mediante la revisión de las condiciones de ayuda a los productores de cáñamo industrial y sus productos derivados.
El cáñamo industrial es un cultivo fundamental para el desarrollo de prácticas agrícolas sostenibles y la producción de diversos productos innovadores. La introducción de incentivos financieros permitirá a los productores ser competitivos en los mercados europeos y mundiales y no ser colocados en una posición vulnerable frente a los productores de otros Estados miembros de la Unión Europea.
La introducción de un valor límite del 1 % en peso estará dentro de los límites permitidos y eliminará el riesgo de determinación errónea del contenido de tetrahidrocannabinol (THC) en las muestras a que se refiere el artículo 15, apartado 1, del Reglamento n.º 1/2018 del Ministro de Agricultura, Alimentación y Bosques y, por lo tanto, las sanciones severas resultantes. El nuevo método de medición establecido en el Reglamento Delegado (UE) 2022/126 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2021, es más exacto que el actual Reglamento n.º 1/2018. Al mismo tiempo, el porcentaje así introducido garantiza que los valores vuelvan a estar significativamente por debajo del contenido de THC que se ha observado que manifiesta propiedades psicotrópicas y que se utiliza en la producción de drogas.
El análisis comparativo muestra que la demanda y el uso de cáñamo industrial han aumentado significativamente, por lo que la introducción de un marco legislativo más favorable representaría un incentivo importante para la economía búlgara. Anteriormente ya se había cultivado esta planta en el territorio de Bulgaria debido al clima favorable, pero a mediados del siglo pasado el cultivo fue prohibido. Además, el cáñamo industrial es un cultivo que requiere muy poca agua y completamente libre de pesticidas, a la vez que absorbe una gran cantidad de dióxido de carbono. Todas las partes de la planta se pueden utilizar para la producción de varios productos, dejando cero residuos.
Es importante distinguir entre cáñamo industrial (Cannabis Sativa L.) y la marihuana (Cannabis Indica, en búlgaro: “индийски канабис”), ya que el cáñamo regulado por este proyecto de ley no es una planta estupefaciente y tiene una composición y una concentración de sustancias completamente diferentes en comparación con la marihuana. El cáñamo tiene una alta concentración de cannabidiol, que no es una sustancia psicoactiva, mientras que la marihuana contiene de 20 % a 40 % de THC, dependiendo de la variedad vegetal, y en consecuencia tiene propiedades estupefacientes y psicoactivas.
10. Referencias a los textos de base:
B-2023-0355-BG-01
11. No.
12.
13. No.
14. No
15. Yes
16.
Aspecto TBT: No
Aspecto SPS: No
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